ANDALUCÍA. Se cierra el grupo de trabajo de productividad con una propuesta respaldada por CSIF, STAJ Y CCOO que irá a mesa sectorial y al consejo de gobierno para su ratificación
13 de abril de 2026
Celebrada la 4ª y última reunión del Grupo de Trabajo que desarrollaba el Acuerdo Marco de Productividad de la Mesa General de Función Pública que fijaba el importe global presupuestario destinado a dicho concepto y que era el siguiente:
Resumen económico Productividad Admón. de Justicia
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2026 |
2027 |
2028 |
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INCREMENTO ANUAL |
7.142.279,42€ |
7.142.279,42€ |
7.142.279,42€ |
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INCREMENTO CONSOLIDADO |
7.142.279,42€ |
14.284.558,83€ |
21.426.838,25€ |
Tras las reuniones celebradas, se ha cerrado una propuesta definitiva con el apoyo de CSIF, STAJ y CCOO, con carácter previo a su remisión a la Mesa Sectorial de Negociación de Justicia, donde deberá ser ratificado por las partes que han dado su apoyo al documento, así como para la posible adhesión al mismo por las organizaciones sindicales que no han dado su apoyo inicial. El documento definitivo difiere mucho del inicial presentado por la Administración, recogiéndose gran parte de las reivindicaciones más importantes realizadas por los sindicatos.
El documento adecua la productividad a los factores de valoración de la productividad previstos en el artículo 516 LOPJ, que regula con carácter general el complemento de productividad, y en el Decreto 156/2006, que regula la productividad en Justicia en Andalucía, ajustándose así a las recomendaciones de legalidad que Dirección de Presupuestos había emitido junto al informe favorable al Acuerdo de Mesa. Esta propuesta definitiva, antes de ir a Mesa Sectorial, cumplirá con el trámite necesario para recibir los informes preceptivos, precisamente, de la Dirección General de Presupuestos y Gabinete Jurídico.
De acuerdo con ello, el documento consensuado plasma una productividad que a partir de ahora tendrá dos partes, una fija periódica, sujeta a un programa de “flexibilidad organizativa”, y otra parte variable sujeta a un programa de “mejora de resultados” basado en unos indicadores y objetivos que se negociarán inmediatamente después en la Mesa Sectorial de Negociación, habiendo adquirido las partes un compromiso de tenerlos aprobados para el mes de julio.
Devengo de la parte fija periódica: El devengo del complemento de productividad en su parte fija será trimestral, y con efectos retroactivos a enero del 2026.
Dado que en este año 2026 no se dispone aún de los indicadores y objetivos para evaluar la parte variable, por la Administración se ha accedido a la petición de CSIF y STAJ de modificar la distribución presupuestaria inicial para que el incremento de las cantidades fijas y periódicas que debían de devengarse de forma homogénea durante los tres años del periodo fijado en el acuerdo, se abonen íntegros en el primer año, y con efectos de 1 de enero de 2026, cumpliendo así con el incremento de gasto. En la siguiente tabla se recogen los pagos previstos en 2026, con un primer abono del 50% del total tras la aprobación por el Consejo de Gobierno, y luego ya de forma trimestral:
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AÑO 2026 Parte fija |
Primer pago tras aprobación Consejo de Gobierno |
Segundo pago en Septiembre |
Tercer pago en Diciembre |
Total parte fija 2026 |
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Gestión P.A. |
642,71 euros* |
321,36 euros* |
321,36 euros* |
1.285,43 euros* |
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Tramitación P.A |
617,38 euros* |
308,70 euros* |
308,70 euros* |
1.234,76 euros* |
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Auxilio Judicial |
592,05 euros* |
296,02 euros* |
296,03 euros* |
1.184,10 euros* |
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Médicos Forenses |
642,71 euros* |
321,36 euros* |
321,36 euros* |
1.285,43 euros* |
* Incluye la parte que actualmente se percibía por productividad de 38,85 € mensuales que se consolidan.
En la siguiente tabla se recoge lo que serían las cantidades prorrateadas mensualmente y lo que supone el incremento también mensualmente que se suma a los 38,85 euros actuales, que consolidan, aunque el pago se hará de la forma descrita en la tabla anterior:
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AÑO 2026 Parte fija |
Prorrateo mensual |
Incremento mensual respecto a 2025 |
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Gestión P.A. |
107,12 euros |
68,27 euros |
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Tramitación P.A |
102,90 euros |
64,05 euros |
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Auxilio Judicial |
98,67 euros |
59,82 euros |
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Médicos Forenses |
107,12 euros |
68,27 euros |
Devengo de la parte variable: La productividad de carácter variable tendrá devengo anual, a excepción del periodo transitorio de los años 2027 y 2028 que será semestral tras la correspondiente evaluación.
Así, a partir de enero de 2027, una vez consolidadas las cantidades de 2026 el complemento de productividad se verá incrementado con la parte variable correspondiente a 2027. El pago se prevé se haga por mitad en las nóminas de mayo (con la evaluación de los meses de octubre 2026 a marzo 2027) y noviembre (con la evaluación de los meses de abril a octubre 2027):
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AÑO 2027 Parte variable |
Variable nómina de mayo |
Variable nómina noviembre |
Total variable 2027 |
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Gestión P.A. |
447,01 euros |
447,02 euros |
894,03 euros |
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Tramitación P.A. |
379,96 euros |
379,96 euros |
759,92 euros |
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Auxilio Judicial |
312,91 euros |
312,91 euros |
625,82 euros |
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Médicos Forenses |
447,01 euros |
447,01 euros |
894,03 euros |
El abono de la parte fija se prevé se realice según se explica en la siguiente tabla, de forma trimestral:
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AÑO 2027 Parte fija |
33% en nómina abril |
25% en nómina julio |
42% en nómina octubre |
Total fijo 2027 |
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Gestión P.A. |
435,60 euros |
330,00 euros |
554,40 euros |
1.320,00 euros |
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Tramitación P.A. |
418,18 euros |
316,80 euros |
532,22 euros |
1.267,20 euros |
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Auxilio Judicial |
400,75 euros |
303,60 euros |
510,05 euros |
1.214,40 euros |
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Médicos Forenses |
435,60 euros |
330,00 euros |
554,40 euros |
1.320,00 euros |
La suma total anual de fijo y variable, es la siguiente:
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AÑO 2027 |
Total fijo |
Total variable |
Total 2027 |
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Gestión P.A. |
1.320,00 euros |
894,03 euros |
2.214,03 euros |
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Tramitación P.A. |
1.267,20 euros |
759,92 euros |
2.027,12 euros |
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Auxilio Judicial |
1.214,40 euros |
625,82 euros |
1.840,22 euros |
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Médicos Forenses |
1.320,00 euros |
894,03 euros |
2.214,03 euros |
Prorrateando mensualmente, serían las siguientes cantidades, siempre incluyendo los 38,85 euros actuales en la parte fija:
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AÑO 2027 |
Parte Fija |
Parte Variable
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Total mensual |
Incremento respecto 2025 |
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Gestión P.A. |
110,00 euros |
74,50 euros |
184,50 euros |
145,65 euros |
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Tramitación P.A. |
105,60 euros |
63,32 euros |
168,92 euros |
130,07 euros |
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Auxilio Judicial |
101,20 euros |
52,15 euros |
153,35 euros |
114,50 euros |
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Médicos Forenses |
110,00 euros |
74,50 euros |
184,50 euros |
145,65 euros |
A partir de enero de 2028, Consolidada ya la parte fija de la productividad y la mitad de las cantidades destinadas a la parte variable, el complemento de productividad volverá a incrementarse con la otra mitad presupuestada para este concepto, culminando así la totalidad de las cantidades acordadas en el Acuerdo:
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AÑO 2028 Parte fija |
33% en nómina abril |
25% en nómina julio |
42% en nómina octubre |
Total fijo 2028 |
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Gestión P.A. |
435,60 euros |
330,00 euros |
554,40 euros |
1.320,00 euros |
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Tramitación P.A. |
418,18 euros |
316,80 euros |
532,22 euros |
1.267,20 euros |
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Auxilio Judicial |
400,75 euros |
303,60 euros |
510,05 euros |
1.214,40 euros |
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Médicos Forenses |
435,60 euros |
330,00 euros |
554,40 euros |
1.320,00 euros |
La parte variable se abonará en la nómina de noviembre, con la evaluación de septiembre 2027 a octubre 2028:
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AÑO 2028 Parte Variable |
Nómina de noviembre 2028 |
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Gestión P.A. |
1.750,32 euros |
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Tramitación P.A. |
1.487,77 euros |
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Auxilio Judicial |
1.225,22 euros |
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Médicos Forenses |
1.750,32 euros |
La suma total anual de fijo y variable en 2028, es la siguiente:
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AÑO 2028
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Total fijo |
Total variable |
Total 2028 |
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Gestión P.A. |
1.320,00 euros |
1.750,32 euros |
3.070,32 euros |
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Tramitación P.A. |
1.267,20 euros |
1.487,77 euros |
2.754,97 euros |
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Auxilio Judicial |
1.214,40 euros |
1.225,22 euros |
2.439,62 euros |
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Médicos Forenses |
1.320,00 euros |
1.750,32 euros |
3.070,32 euros |
Prorrateando mensualmente, serían las siguientes cantidades, siempre incluyendo los 38,85 euros actuales en la parte fija:
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AÑO 2028 |
Parte Fija |
Parte Variable |
Total 2028 |
Incremento respecto 2025 |
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Gestión P.A. |
110,00 euros |
145,86 euros |
255,86 euros |
217,01 euros |
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Tramitación P.A. |
105,60 euros |
123.98 euros |
229,58 euros |
190,73 euros |
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Auxilio Judicial |
101,20 euros |
102,10 euros |
203,30 euros |
164,45 euros |
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Médicos Forenses |
110,00 euros |
145,86 euros |
255,86 euros |
217,01 euros |
Los mismos importes de 2028 son los que se incluyen a partir de las siguientes anualidades, abonándose la parte fija a razón de un 17% en nómina febrero, un 25% en nómina mayo, otro 25% en nómina agosto, y un 33% en nómina de noviembre, y la parte variable en un solo pago en la nómina de marzo del año inmediato posterior al ejercicio evaluado, conforme a los siguientes cuadros:
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Fijo 17% nómina febrero |
Fijo 25% nómina mayo |
Fijo 25% nómina agosto |
Fijo 33% nómina noviembre |
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Gestión P.A. |
224,40 euros |
330,00 euros |
330,00 euros |
435,60 euros |
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Tramitación P.A. |
215,42 euros |
316,80 euros |
316,80 euros |
418,18 euros |
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Auxilio Judicial |
206,45 euros |
303,60 euros |
303,60 euros |
400,75 euros |
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Médicos Forenses |
224,40 euros |
330,00 euros |
330,00 euros |
435,60 euros |
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Variable anual en nómina marzo |
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Gestión P.A. |
1.750,32 euros |
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Tramitación P.A. |
1.487,77 euros |
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Auxilio Judicial |
1.225,22 euros |
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Médicos Forenses |
1.750,32 euros |
Explicación de los programas:
Programa de flexibilidad organizativa: Este programa se corresponde con los factores de especial rendimiento, interés e iniciativa en el desempeño del trabajo y la actividad extraordinaria dentro de la jornada laboral, establecidos por la LOPJ y el Decreto de Productividad, representando entorno al 45% de la cuantía establecida en el concepto general de productividad. En todo caso dicha flexibilidad no implica disponibilidad fuera de la jornada legalmente establecida.
Programa de mejora de resultados: Tras informes de legalidad emitidos por el Gabinete Jurídico, se hace preciso una primera adhesión voluntaria de participación en el programa de productividad que se renovará de forma tácita cada anualidad, salvo que el funcionario o funcionaria expresamente renuncie.
Se regulará, previa negociación con las centrales sindicales presentes en Mesa Sectorial:
- La revocación automática en el supuesto de dos resultados negativos en la evaluación individual del programa de mejora del rendimiento.
- La revocación automática en el supuesto de un resultado negativo igual o inferior al 25% en la evaluación individual del programa de mejora del rendimiento.
Programa de mejora de resultados (parte variable): Se corresponde con el factor vinculado a la consecución de objetivos, representando entorno al 55% de la cuantía establecida en el concepto general de productividad. Consistirá en una productividad de carácter variable vinculada a la medición de los resultados claves a través de indicadores previamente establecidos y que se tendrán que negociar en la Mesa Sectorial de Justicia.
El modelo se sustentará sobre un catálogo reducido de indicadores, prescindiendo de métricas complejas, controvertidas o ambiguas, y se dará favoreciendo aquellas que permitan una aplicación estándar y uniforme dentro de los servicios.
CSIF y STAJ consiguen que se elimine la supervisión obligatoria por parte del superior/responsable correspondiente, que únicamente será precisa la evaluación del cumplimiento cuando exista discordancia entre la autoevaluación realizada por el trabajador y la información proporcionada por el sistema informático de información
Se constituirá un Órgano Técnico de Revisión de carácter autonómico con presencia de las Centrales Sindicales al que le corresponderá conocer, analizar e informar sobre cuantas alegaciones se deriven del proceso de evaluación de la productividad.
Remanente económico. Tras las alegaciones realizadas por CSIF y STAJ se acuerda que cuando del resultado de la evaluación no se asignen la totalidad de la cuantía global máxima autorizada para el ejercicio y se produjesen remanentes estos se distribuirán entre aquellas personas que en dicho ejercicio hayan obtenido, como mínimo, un resultado del 65% en la valoración de la dimensión individual. Con este sistema de redistribución de los remanentes se garantiza el gasto comprometido en el Acuerdo para la productividad, por lo que las partidas presupuestarias serán satisfechas en su totalidad entre el personal de la Administración de Justicia.
Procedimiento de evaluación del modelo de productividad: Existirán tres ámbitos de evaluación.
Individual con un peso del 65%
Unidad o Servicio con un peso del 25 %
Partido Judicial con un peso del 10%
Determinación de los objetivos a alcanzar y despliegue a las distintas unidades y profesionales:
Características individuales de los objetivos
El modelo se sustentará sobre un catálogo reducido de objetivos
El objetivo debe definirse con un lenguaje claro y simple, que facilite su lectura, comprensión y asunción.
El objetivo debe definir su ámbito subjetivo, temporal y territorial al que se dirige.
El documento recoge expresamente que todo objetivo de ser viable y alcanzable, es decir, posible de realizar.
Criterios Generales para la definición de indicadores:
Existirá un catálogo reducido de indicadores para cada uno de los roles cuyas métricas habrán de ser ponderadas en función las distintas segmentaciones o agrupaciones en que se organizan los Tribunales de Instancia y de las distintas órdenes jurisdiccionales y especialidades que se desarrollan
Antes de validar cualquier indicador, se deberá verificar que se cumplen las siguientes condiciones:
Su medición objetiva con asignación clara de responsables.
La existencia de datos disponibles y comparables.
Nombramientos de Interinos. Se garantiza la necesaria cobertura de puestos vacantes o en casos de ausencias de larga duración conforme a los criterios establecidos por el órgano directivo central competente en materia de Justicia y negociados con las organizaciones sindicales más representativas.
Además, se apuesta por la estabilización de las plantillas y reducción de la temporalidad de carácter estructural, y que están en la actualidad dispersas bajo modalidades que la modificación de la normativa para el cumplimiento de la Directiva 1999/70 CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el contrato de duración determinada pretende evitar.
Por razón de materia los aspectos recogidos en relación a la temporalidad serán objeto de obligada negociación en el ámbito de la Mesa Sectorial de Justicia de Andalucía.
Desempeño efectivo de las tareas asignadas: Para que pueda realizarse la evaluación será necesario el desempeño efectivo de los puestos de trabajo por el personal funcionario, de forma continua o discontinua, durante al menos el 50% de su jornada anual. Cuando este desempeño afecte al personal funcionario interino, además de lo anterior, el número de días naturales mínimo para la realización de la evaluación del desempeño será de 90 días continuados alcanzados en un mismo o distintos nombramientos sucesivos para el mismo puesto o tipo de puesto, siempre que se encuentren adscritos a la misma unidad orgánica o unidad de evaluación y bajo la dependencia del mismo personal evaluador.
A efectos del cumplimiento de los períodos mínimos de permanencia, se computará como tiempo de servicios efectivos aquel en que el personal funcionario se encuentre en alguna de las siguientes situaciones: Permisos por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, lactancia natural y cuidado de hijos o hijas afectados por cáncer u otra enfermedad grave, accidente laboral, etc.
En el supuesto de funcionarios de carrera que se incorporen a la administración de Justicia en Andalucia en una fecha que le impida acreditar el desempeño efectivo del puesto de trabajo en Andalucía, al menos el 50% de su jornada anual percibirá la media obtenida por el personal funcionario del mismo cuerpo en el período de referencia correspondiente ajustada al tiempo efectivo de permanencia.
En caso de que la persona evaluada cambie de destino con anterioridad al 31 de diciembre, el personal evaluador que la tuviera asignada remitirá un informe parcial de evaluación al personal evaluado del nuevo centro de destino
Creación de Puestos Singularizados que refuercen el trabajo remoto:
Tras la reforma organizativa de la Ley Orgánica 1/2025, se hace preciso la puesta en marcha de equipos que refuercen el trabajo remoto y la capacidad de respuesta a las nuevas exigencias que las tecnologías facilitando un primer nivel de soporte, coordinado y complementario de los procesos de soporte al puesto de trabajo.
a) Equipos que refuercen el trabajo remoto: Para la puesta en marcha de esta iniciativa se constituirán 13 equipos que refuercen el trabajo remoto compuestos por personal funcionario del cuerpo de gestión y del cuerpo de tramitación procesal y administrativa. Estos puestos 100 puestos tendrán la consideración de singularizados y su cobertura será por el procedimiento de concurso específico.
La previsión inicial, de transformación de estos puestos será la siguiente:
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Puesto |
TOTAL |
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UAR Gestión Procesal |
11 |
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UAR Tramitación Procesal |
66 |
Estos puestos verán incrementado el importe del complemento específico asignado al puesto en las siguientes cantidades
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Puesto |
Importe mes |
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Unidad de Actuación Remota Gestión Procesal y Administrativa |
165 € |
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Unidad de Actuación Remota Tramitación Procesal y Administrativa |
132 € |
Estas unidades, cuyo objeto es la puesta en marcha de equipos que refuercen el trabajo remoto, podrán incorporar, previa negociación colectiva, entre las características esenciales de dicho puesto, que la actividad de la persona trabajadora se desarrolle en la modalidad de teletrabajo por causas organizativas de duración indeterminada hasta un máximo de 4 días semanales
b) Equipos que presten un primer nivel de contacto entre usuarios y el servicio técnico para resolver incidencias básicas y consultas frecuentes: Con objeto de mejorar la capacidad de respuesta a las nuevas exigencias que las tecnologías conllevan, se transformarán 150 puestos que del cuerpo de auxilio judicial para que ofrezcan un primer nivel de contacto entre usuarios y el servicio técnico para resolver incidencias básicas y consultas frecuentes, coordinado y complementario de los procesos de soporte al puesto de trabajo ofrecidos por niveles especializados. Estos puestos tendrán la consideración de singularizados y su cobertura será por el procedimiento de concurso específico.
Estos puestos verán incrementado el importe del complemento específico asignado al puesto en las siguientes cantidades
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Primer nivel de soporte TIC Cuerpo Auxilio |
Importe 90 euros mes |
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.
Se constituirá una Comisión de Seguimiento que será paritaria y estará compuesta por igual número de representantes de la Administración y de las organizaciones sindicales firmantes.
Serán funciones de esta comisión el seguimiento, interpretación y evaluación de este Acuerdo se realizará por la Comisión paritaria de Seguimiento.