CSIF insta a Labora a acatar la resolución de Inspección y sustituir la climatización de la oficina de empleo de Llíria

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13 de septiembre de 2023

El sindicato hace hincapié en el requerimiento de solucionar de inmediato, con equipos portátiles, el problema de las altas temperaturas por la falta de refrigeración

CSIF insta a la Generalitat y, en concreto, a Labora, a que, como titular de las dependencias en las que se ubica la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal de Llíria, acate la resolución de Inspección de Trabajo y solucione la falta de climatización. La central sindical recalca que el problema no puede alargarse más.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) explica que, tal como recoge el informe realizado por Inspección Provincial de Trabajo tras denuncia de los propios empleados y visitar las instalaciones, “se alcanzan temperaturas, según registro del termómetro ambiental digital situado en la zona administrativa, en torno a 33 grados”. El día de la visita, que fue el 24 de agosto, ese termómetro marcaba 32,9 ºC.

El sindicato recuerda a este respecto que estos registros suponen un incumplimiento del Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, que establece las disposiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo y fija un máximo de 27 grados. A esta circunstancia se suma, en Llíria, la elevada humedad, que provoca que la sensación térmica de calor sea mayor que la indicada por la propia temperatura.

CSIF continúa señalando que el informe de Inspección de Trabajo incluye un requerimiento en materia de prevención de riesgos laborales instando a cumplir medidas correctoras. En este sentido, y ante la imposibilidad de reparación del tren de ventilación del equipo de climatización por sus daños y antigüedad, da un plazo de cuatro meses para que “se proceda a la sustitución del conjunto del equipo de climatización”.

El sindicato apunta que, además, insta a soluciones provisionales inmediatas. En esa línea recalca que “mientras la sustitución del equipo de climatización tiene lugar, se deberá dotar al centro visitado de equipos de aire acondicionado portátil en número suficiente con el objeto de garantizar que las condiciones ambientales de trabajo nos constituyan un riesgo para la salud del personal”.

Por ese motivo establece un plazo “con carácter inmediato y, en todo caso, antes de cinco días”, para llevar a cabo esa dotación portátil y que la temperatura “se sitúe dentro de los parámetros marcados por el Real Decreto 486/1997 de 14 de abril por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo”. CSIF insta a la Generalitat a adoptar esas medidas de inmediato.

 

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