INTERINOS: Resumen del documento presentado por la Administración y valoraciones

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27 de febrero de 2013

Hoy, 27 de febrero, se negocia, en Mesa Técnica, el nuevo acuerdo de interinos que regulará las condiciones laborales de este colectivo. Uno de los aspectos más polémicos de este documento es la "reordenación de bolsas". CSIF ha preparado un resumen para que entendáis toda la casuística y las valoraciones que hacemos del borrador que nos han remitido.


 

CSIF informa:

Ante las diferentes informaciones aparecidas en prensa sobre el contenido del borrador sobre interinos que la Conselleria de Educación han enviado a los sindicatos para negociar en la mesa técnica del 27 de febrero, CSIF ha preparado un resumen en formato pregunta-respuesta con las principales novedades que plantea el documento.

   

He leído que voy a tener que presentarme todos los años a oposición para que no me echen de la bolsa de trabajo y, que en función de mi nota, me reordenarán cada año ¿eso es así ? 

No. Lo que plantea el borrador es una reordenación de bolsa para aquellas personas que, o bien jamás se han presentado a una oposición (entraron por bolsa urgente), o bien nunca han aprobado ninguna fase de oposición. Para esos casos, el borrador propone que sean eliminados la bolsa, y que aquéllos que han aprobado una oposición a lo largo de su vida puedan adelantar esos puestos. Esta oposición también contaría para poder alegarla en futuras convocatorias como convocatoria aprobada, por lo que, según el borrador, la nota que obtengan los opositores de este año servirá para su permanencia en bolsa (sería como una especie de última oportunidad de aquellos que jamás se presentaron a oposición y como una oportunidad de trabajo para aquéllos que, por fecha de titulación, jamás han podido hacerlo). Además, si han aprobado una fase de oposición, el borrador contempla una moratoria para que puedan aprobar una oposición completa.


Ante este escenario, se plantean cinco posibilidades distintas:
  • Interino que tiene servicios prestados y que aprobó en algún momento la oposición: se mantendría en su puesto de bolsa y no se le exigiría ningún requisito más.
  •  Interino que tiene servicios prestados y que, a pesar de no haber aprobado una oposición completa, aprobó como mínimo una fase de oposición: se le daría una moratoria, en el caso de maestros, de dos convocatorias, y en el resto de cuerpos, de una convocatoria para que pudiera acreditar el nuevo requisito de haber superado un procedimiento selectivo.
  •  Interino que tiene servicios prestados y que nunca ha aprobado un procedimiento selectivo: en el caso de no aprobar en esta convocatoria, sería expulsado de la bolsa de interinos.
  • Interino sin servicios prestados que aprobó la oposición: cumple el requisito de haber superado un procedimiento selectivo, pero no cumple el requisito de haber prestado servicios, por lo que pierde su puesto en bolsa si su especialidad sale a oposiciones este año pero se le mantiene el requisito de haber superado una oposición para cuando pueda prestar servicios.
  • Interino sin servicios prestados que no ha aprobado una oposición: no cumple ninguno de los requisitos, por lo que pierde su puesto de bolsa si la especialidad por la que está en la misma sale a oposiciones.

        

 Por lo que leo se necesita haber aprobado como mínimo una vez, pero yo aprobé en Andalucía hace 3 años ¿puedo pedir un certificado y eso me serviría como justificación de haber aprobado una oposición?     

El borrador habla de haber superado un procedimiento selectivo convocado por las diferentes Administraciones educativas, por lo que cabría toda oposición aprobada en otra Comunidad Autónoma. En el caso de maestros, podría acreditarse la superación de una oposición de cualquiera de las habilitaciones por las que esté en bolsa de trabajo. En secundaria, debe de ser de la especialidad por la que esté en bolsa.

Hasta ahora si tenía servicios prestados se podía decir que tenía blindada mi posición en bolsa ¿con este nuevo documento también?

No. Antes, para poder consolidar tu posición en bolsa, era necesario tener servicios prestados. Ahora se añade un nuevo criterio: además de tener servicios prestados, necesitas haber superado una oposición para mantener tu puesto en la bolsa. Si tienes servicios prestados y en algún momento de tu vida aprobaste una oposición, no es necesario que vuelvas a presentarte, porque cumples con los dos requisitos. Si tienes servicios prestados y has aprobado sólo una fase de oposición, dispones (según el borrador) de una moratoria de dos convocatorias para poder superar una oposición completa, en cualquiera de las especialidades que tengas (en el caso de maestros). Para Secundaria y resto de cuerpos, la moratoria se reduce a una convocatoria.


¿Qué pasa con Secundaria y resto de cuerpos? 

Mientras no haya oposiciones, nada, todo continúa como hasta ahora, no se reordenará nada ni se os pedirá el requisito mientras no se convoquen procedimientos selectivos.


¿Cambian en algo las plazas de obligada aceptación y las de provisión voluntaria? 

No, las vacantes continúan siendo de obligada aceptación (con las mismas penalizaciones en caso de renuncia) y las sustituciones, RJ, TP e itinerancias continúan siendo de provisión voluntaria.


¿La desactivación de las bolsas continúa igual? 

Básicamente sí, son los mismos motivos pero dejan de penalizarse las vacantes que no son de inicio de curso.


¿Según este borrador, los interinos podremos cobrar el verano? 

No, el borrador plantea que las vacantes duran desde el 1 de septiembre al 30 de junio, por lo que no reconoce el derecho a cobrar los meses de julio y agosto.

He oído que si tienes vacante, según esta norma hay posibilidades de repetir el curso siguiente en la misma vacante ¿es verdad o es un bulo? 

El borrador recoge esta posibilidad, pero no entra en detalles.


¿Qué opina CSIF de todo esto?

CSIF pide la retirada del documento y la apertura de un proceso real de negociación. Cuestionamos la validez de la denuncia en base a la interpretación del artículo 3 del acuerdo de interinos vigente, y basamos en este punto la petición de retirada de esta denuncia.


Dicho esto, hay que diferenciar las dos partes del borrador, la reordenación de las bolsas y el resto del acuerdo de interinos.
En lo que se refiere a la reordenación de las bolsas, CSIF opina que:

  1. Actualmente, y dada la falta de oferta de empleo público y las fechas de curso en que estamos, no es el momento para llevar a cabo esta negociación tan importante para miles de docentes interinos.
  2.  No pueden modificarse las condiciones laborales de los docentes de una manera unilateral, sin negociación, tan precipitada y sin dar tiempo a los afectados a preparar los nuevos requisitos que se les exige.
  3. Ante una reordenación unilateral de bolsas creemos que existen y se pueden consensuar otros criterios o alternativas a tener en cuenta por la Administración que puedan minimizar los daños a los afectados.
  4. No se puede pretender establecer el mismo criterio para todas la especialidades y/o cuerpos, pues todos no han contado con el mismo número de convocatorias de oposiciones.
  5. Una reordenación negociada, consensuada, meditada, equilibrada y con criterios suficientes puede dar oportunidades de trabajo a todos los sectores implicados.

 En lo que se refiere al resto del acuerdo, CSIF opina que:

  1. Se debe de garantizar el pago del verano a todos los interinos que ocupen una vacante.
  2. Se debe definir el concepto de vacante y no fijar como fecha de inicio el 1 de septiembre en el caso de las vacantes de inicio de curso, ya que esta fecha debe ser posterior.
  3. En el caso de la continuidad en el puesto de trabajo (repetir vacante al curso siguiente), pensamos que deben de establecerse las condiciones y que debe de hacerse en base a criterios objetivos

 

                    


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