🟢 CSIF advierte que las posibilidades de recuperar judicialmente las pagas extra mediante un contencioso-administrativo son prácticamente nulas y que la condena en costas es altamente probable.
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6 de marzo de 2026
Un juzgado contencioso-administrativo no puede dejar de aplicar las Leyes de Presupuestos de 2021 a 2025 y dictar una sentencia que vaya en contra de estas leyes.
CSIF INFORMA:
CSIF advierte que las posibilidades de recuperar judicialmente las pagas extra mediante un contencioso-administrativo son prácticamente nulas y que la condena en costas es altamente probable.
Costas judiciales orientativas: Entre 400 € y 1.600 € . No se trata de honorarios de abogado ni procurador, sino de la condena en costas que impone el juzgado en caso de perder.
Estructura de las pagas extraordinarias docentes:
■ Tramo estatal (sueldo base y trienios al 70%): Está blindado jurídicamente por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, que aplican el RD-ley 8/2010. La única solución para revertir este recorte en la paga extra es que se declare inconstitucional y CSIF es el único sindicato que tiene admitido a trámite un recurso por este motivo en el Tribunal Constitucional.
■ Tramo autonómico: Los conceptos que se abonan en la paga extra están regulados y blindados jurídicamente por las Leyes de Presupuestos de la Generalitat. La única solución para que estos conceptos se incluyan en la estructura de nuestra paga extra en la ley de presupuestos de la Generalitat, es conseguirlo por la vía de la negociación, que precisamente es en la lucha donde está CSIF.
Un juzgado contencioso-administrativo no puede dejar de aplicar las Leyes de Presupuestos de 2021 a 2025 y dictar una sentencia que vaya en contra de estas leyes.
Demanda colectiva: no es posible en esta materia, porque en la jurisdicción contencioso-administrativa no existe la “demanda colectiva”. Puede existir legitimación de sindicatos para defender intereses colectivos, pero eso no convierte el procedimiento en una “demanda colectiva” como en lo social: el fallo y sus efectos ordinarios se anclan en situaciones individuales.
Lo más parecido es presentar demandas individuales acumuladas (por lotes), pero siguen siendo demandas individuales, y por tanto las costas se imponen a cada demandante: 400 € a 1.600 € por persona.
Para más información, pulsa sobre la imagen para acceder al video explicativo: