CSIF rechaza una Orden que restringe la negociación de las Comisiones de Servicio y permite la adjudicación de plazas sin baremación.
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17 de febrero de 2026
Esta mañana se ha negociado la propuesta de Orden que servirá de marco general para establecer las futuras convocatorias (resoluciones) que regulen las Comisiones de Sevicio para el personal docente de la C. Valenciana.
La Conselleria ha defendido la necesidad de una Orden para dar más estabilidad jurídica, evitar contradicciones y ambigüedades en las diferentes resoluciones que se dicten, curso a curso, para regular las Comisiones de Servicio. Además, la Orden incorpora aspectos importantes, entre los que ha destacado la participación de los directores/as de los centros que podrán elegir de 1 a 3 plazas en comisión de servicios, según el tamaño del centro.
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), en su intervención, trasladó las siguientes reivindicaciones.
CSIF rechaza la imposición de una Orden.
La Conselleria insiste en regular este procedimiento mediante una Orden, cuando hasta ahora se venía negociando y articulando cada curso a través de una Resolución. Antes de entrar en las alegaciones concretas al borrador, CSIF manifestó su rechazo a este instrumento jurídico por considerarlo innecesario y perjudicial para la negociación de futuras convocatorias de comisiones de servicio.
A nuestro juicio, la Orden no aporta mejoras y, en cambio, introduce una rigidez normativa que limitará la capacidad de adaptar y mejorar las convocatorias según las necesidades de cada curso. CSIF defiende negociar y perfeccionar el procedimiento convocatoria a convocatoria, sin imponer un marco rígido que condicione y frene mejoras para el profesorado.
CSIF valora positivamente la adjudicación en dos fases. Primero se adjudican las plazas por baremo de causas socio-médicas y, Segundo, las plazas restantes a través de un proceso objetivo y transparente: el Concursillo logrado por CSIF.
Artículo 4 – “Las comisiones de servicio se concederán conforme a las siguientes modalidades, citadas por orden de prelación:”
Desde CSIF consideramos acertado que, en primer lugar, se adjudiquen las comisiones por causas socio-médicas y, posteriormente, el resto mediante concurso de méritos (concursillo), garantizando así la prioridad de las situaciones especialmente sensibles. De este modo, se cosolida el Concursillo en la C. Valenciana conseguido por CSIF. A través del Concursillo y, una vez adjudicadas las plazas por causas socio-médicas, se realizará un Concurso de Méritos para adjudicar las plazas restantes de manera transparente y objetiva.
CSIF exige eliminar el informe de la dirección como criterio de valoración y suprimir la reserva de plazas a adjudicar sin baremación.
Artículo 4.2.b) v – “La valoración motivada emitida por la dirección del centro solicitado, cuando sea aplicable.”
CSIF reclama la supresión de este criterio por vulnerar la objetividad y la transparencia del procedimiento y por abrir la puerta a la discrecionalidad y a posibles situaciones de arbitrariedad.
En la misma línea, CSIF exige también la eliminación de la reserva de plazas sin baremación:
Artículo 4.2.d) – “la dirección podrá proponer…” (hasta una, dos o tres personas según el tamaño del centro).
CSIF reitera su rechazo a esta reserva de plazas, que en determinados centros puede superar el 10% y aumentar el riesgo de adjudicaciones discrecionales.
Además, el sindicato ha trasladado a la Administración alternativas para atender las necesidades organizativas de los centros y preservar sus proyectos educativos y pedagógicos, pero considera que la solución planteada por la Conselleria no es adecuada. La libre designación, y la experiencia en otras comunidades autónomas, demuestra que no es la vía correcta para cubrir estas necesidades.
CSIF ha exigido la ampliación de las causas médico-sociales a familiares de segundo grado y la reducción del grado de discapacidad exigido
Artículo 4.1.c) – “Por razones de enfermedad grave de familiares de primer grado”
Desde CSIF exigimos que se amplíe el ámbito a familiares de segundo grado (hermanos, abuelos) y que se reduzca el requisito del 65 % de discapacidad al 33 %, por considerarlo más ajustado a la realidad de los cuidados familiares y a la normativa general sobre discapacidad.
CSIF valora positivamente la inclusión de enfermedades no graves del solicitante
Artículo 4.1.e) II – “Por razones de enfermedad del personal solicitante que no se encuentren comprendidas en lo establecido en el apartado 4.1.a”
Desde CSIF valoramos positivamente esta inclusión, ya que permite atender situaciones de salud que, sin ser graves, requieren un cambio provisional de destino.
CSIF exige la ampliación del cuidado de familiares por conciliación a segundo grado Artículo 4.1.e) III – “Cuidado de familiares de primer grado de afinidad por razón de enfermedad crónica o discapacidad reconocida” Desde CSIF exigimos que esta previsión se amplíe también a familiares de segundo grado, para dar coherencia con la realidad social y garantizar una conciliación efectiva.
CSIF reclama la recuperación de causas médico-sociales eliminadas
Artículo 4.1.g) – “Otras causas médico-sociales”
Desde CSIF reclamamos que se reincorporen expresamente supuestos que figuraban en convocatorias anteriores, como agresiones al personal docente, situaciones derivadas de catástrofes naturales (DANA), tratamientos de fertilidad o propuestas avaladas por la Unidad de Resolución de Conflictos (URC), evitando dejar fuera situaciones graves y reales del profesorado.
CSIF exige la oferta del máximo número de plazas vacantes
Artículo 6 – “Se ofrecerán en cada convocatoria los puestos vacantes disponibles”
Desde CSIF pedimos que se garantice la oferta del máximo número de plazas vacantes y resultas, favoreciendo la movilidad voluntaria del funcionariado y evitando restricciones injustificadas.
CSIF pide revisar el carácter “extraordinario” para docentes de otras Administraciones
Disposición adicional segunda - “podrá conceder comisiones de servicio, con carácter extraordinario,”
Desde CSIF solicitamos aclaración sobre este carácter “extraordinario”, dado que tradicionalmente el personal de otras comunidades autónomas ha podido participar en igualdad de condiciones, evitando introducir limitaciones no justificadas.
TURNO ABIERTO DE PALABRA
En el turno abierto se han tratado diferentes temas de interés.
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Bolsas de profesorado y catedráticos/as de Música y AAEE
Se ha planteado el posible solapamiento en la prueba práctica de algunas especialidades, cosa que perjudicaría a participantes que concurren en dos o más especialidades. La Conselleria ha indicado que, con carácter general, se intentará que no coincidan especialidades en los procedimientos. No obstante, no se puede garantizar al 100%, ya que existen alrededor de 30 especialidades y la Conselleria debe asegurar que el proceso finalice dentro de plazo. -
Comisiones de servicio para participantes del concurso de méritos por discapacidad
La Conselleria autorizará que las personas participantes puedan estar en comisión de servicios en sus comunidades de referencia, en los términos que se establezcan. -
Calendario del procedimiento de selección de direcciones
Este viernes está prevista la publicación de la resolución. En dicha resolución se indicará el plazo de presentación de solicitudes. -
Concurso General de Traslados: previsión de adjudicación definitiva
Según la previsión trasladada: a finales de marzo se publicaría la adjudicación definitiva, con fechas orientativas 23-24 de marzo para Secundaria y 26-27 de marzo para Maestros. -
Comisiones de servicio médico-sociales
La tramitación y/o novedades sobre estas comisiones se abordarían tras el concurso (una vez finalizado el proceso del concurso de traslados).