UVA. Bolsa de empleo. Personal funcionario de administración y servicios pertenecientes a la Escala de Gestión. BOCYL 11/11/2022.

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  • Ofertas y bolsas de trabajo
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Personal de Universidad

11 de noviembre de 2022


UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2022, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la formación de bolsa de empleo para nombramientos de personal funcionario de administración y servicios pertenecientes a la Escala de Gestión de la Universidad de Valladolid.


I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

B. AUTORIDADES Y PERSONAL

B.2. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

RESOLUCIÓN de 3 de noviembre de 2022, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la formación de bolsa de empleo para nombramientos de personal funcionario de administración y servicios pertenecientes a la Escala de Gestión de la Universidad de Valladolid.

La selección del personal de administración y servicios funcionario de la Universidad de Valladolid, para su nombramiento con carácter temporal, se ha de realizar a través de Bolsas de Empleo de las correspondientes escalas de personal funcionario de administración y servicios formadas por una relación de aspirantes que han participado en un proceso selectivo de concurrencia pública.

El Reglamento de Creación y Gestión de Bolsas de Empleo para el nombramiento de funcionarios interinos en las diferentes escalas y especialidades, así como para la contratación de personal laboral temporal de los diferentes grupos, categorías y especialidades de la Universidad de Valladolid (hecho público mediante Resolución del Rectorado de 27 de noviembre de 2017 en el B.O.C. y L. de 4 de diciembre –en adelante, RCGBE–, modificado por RR. de 22 de diciembre de 2020, B.O.C. y L. de 4 de enero de 2021), prevé en su artículo 13 la realización de una convocatoria específica, con el objeto de constituir una Bolsa de Empleo, por lo que no habiendo bolsa prexistente de la Escala de Gestión de la Universidad de Valladolid, procede efectuar la correspondiente convocatoria de selección.

En su virtud, este Rectorado, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, de conformidad con el artículo 13 del RCGBE y previa negociación con la Junta de Personal de Administración y Servicios Funcionario, resuelve convocar proceso selectivo con la finalidad de constituir una Bolsa de Empleo para nombramientos con carácter temporal, de personal funcionario de administración y servicios pertenecientes a la Escala de Gestión de la Universidad de Valladolid, de acuerdo con las siguientes bases de la convocatoria.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1.– Requisitos de participación.

Para ser admitidos al presente proceso selectivo, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos de participación:

1.1.– Nacionalidad:

1.1.1.– Tener la nacionalidad española.

1.1.2.– También podrán participar:

  • a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
  • b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, sus descendientes y los de su cónyuge que vivan a su cargo siempre que sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
  • c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

1.2.– Titulación: Estar en posesión del Título de Grado, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico u oficialmente equivalente o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. De conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

En su caso, para acreditar la posesión de un título universitario oficial se tendrá en consideración lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.

1.3.– Hallarse en posesión de los demás requisitos generales legalmente establecidos para acceder a la Función Pública como personal funcionario.

2.– Solicitudes.

2.1.– Las solicitudes de participación se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Valladolid, y podrán ser presentadas en el plazo de 7 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que aparezca publicada la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

La presentación de la solicitud con incumplimiento de los requisitos de tiempo y forma supondrá la exclusión del solicitante.

A estos efectos deberá tenerse en cuenta la Resolución Rectoral de la Universidad de Valladolid, que pueda declarar periodos inhábiles a efectos del cómputo de plazos para las convocatorias y resoluciones de los procesos selectivos y de provisión de puestos de trabajo del personal de administración y servicios, convocadas por esta Universidad.

De conformidad con el artículo 2 del Reglamento del sistema de registro de la UVa, hecho público mediante Resolución del Rectorado de 28 de mayo de 2020 (B.O.C. y L. de 8 de junio), las solicitudes de participación serán registradas por el Registro Electrónico General de la UVa.

Obligatoriamente, la presentación de estas solicitudes se efectuará electrónicamente a través de la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es), siguiendo los siguientes pasos:

  • 1.– Elegir la sección «Carpeta Ciudadana».
  • 2.– Desde esta sección elegir una de las cuatro formas de acceso para llegar a la solicitud:
  • – Certificado digital o DNI electrónico.
  • – Usuario y contraseña (solo miembros de la comunidad universitaria).
  • – Sistema Clave PIN / Permanente.
  • – RUS (Registro Unificado de Solicitantes).
  • 3.– Una vez se haya accedido, se continuará pulsando en «Iniciar Trámite».
  • 4.– Iniciar el procedimiento pulsando en «Procesos selectivos de Personal de Administración y Servicios funcionario y laboral».

Una vez iniciado un expediente de solicitud por cualesquiera de los medios indicados anteriormente sin haber finalizado su tramitación, podrá continuar en él accediendo a la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid – Carpeta ciudadana (oficina virtual) – Trámites pendientes.

Este procedimiento conlleva el registro electrónico de la solicitud, y además le permite:

  • • Cumplimentar en línea el modelo oficial de solicitud.
  • • Anexar la documentación requerida a la solicitud.
  • • El pago electrónico de la tarifa para la participación en el proceso selectivo, mediante tarjeta de crédito.

2.2.– Deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones generales para la cumplimentación de la solicitud:

1.– CONVOCATORIA

  • • Indique el tipo de convocatoria: marcar recuadro «Oposición».
  • • Denominación de la plaza/Cuerpo/Escala. Señale «BE ESCALA GESTIÓN UVa».
  • • Especialidad: «BE ESCALA GESTIÓN UVa».
  • • Turno de acceso. «Sin turno de acceso».
  • • Provincia de examen. Señale «Valladolid».
  • • Discapacidad (casilla de verificación): Marcar por aquellos participantes que tengan la condición de personas con discapacidad.
  • • Discapacidad (En caso afirmativo, adaptación que se solicita y motivo de la misma). Indicar según el caso y reseñar, asimismo la Comunidad Autónoma responsable del reconocimiento de la discapacidad.
  • • Título académico del aspirante. Señale la titulación que posee.
  • • Datos a consignar según la convocatoria.
    • – Recuadro A: Indique la administración competente responsable de la expedición del título acreditativo de familia numerosa, la categoría de la misma (general o especial) y el número de identificación del título.
    • – Recuadro B: Si tiene reconocida la condición de «víctima del terrorismo», indicar «VT».
    • – Recuadro C: Si posee la condición de discapacitado por causa de ser pensionista de la Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionista de clases pasivas con reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, indicar, según el caso, «DIS SS» o «DIS CP», respectivamente.
  • • Indicar los campus territoriales correspondientes a las posibles ofertas de trabajo, con carácter temporal, que se compromete a aceptar según se relacionan a continuación. En el caso de no cumplimentar este campo, se entenderá que el aspirante opta a las ofertas de cualquiera de los campus.
  • «VALLADOLID» / «PALENCIA» / «SEGOVIA» / «SORIA»

2.3.– El Servicio de Gestión de Personal de Administración y Servicios solicitará la verificación de la condición de discapacidad de los aspirantes presentados al proceso selectivo y, en caso positivo, solicitará informe técnico a la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León o a los órganos competentes en materia de Servicios Sociales sobre la necesidad o no de la adaptación solicitada por los aspirantes admitidos para la realización de la prueba selectiva.

2.4.– Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 2.1 para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

2.5.– De conformidad con lo establecido en el Presupuesto de la Universidad de Valladolid (Resolución Rectoral de 8 de marzo de 2022, por la que se acuerda la publicación de su Presupuesto para el ejercicio económico 2022, B.O.C. y L. núm. 51, del 15 de marzo de 2022), la tarifa para la participación en el proceso selectivo será de 10 euros.

En ningún caso el abono de los derechos para participar en el proceso selectivo supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud según lo expresado en la presente base. La omisión del pago de las cantidades para participar en el proceso selectivo dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión del aspirante. No obstante, podrá subsanarse el pago incompleto de dicha tasa o la falta de acreditación de su exención total o parcial.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, no procederá devolución alguna de la tasa por derechos de participación en el proceso selectivo en los supuestos de exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento estarán exentos de las correspondientes tasas de participación al proceso selectivo.

Las víctimas del terrorismo, que tengan reconocida tal condición de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo en Castilla y León, estarán exentos de las correspondientes tasas de participación al proceso selectivo. La condición de víctima del terrorismo se alegará en el campo «recuadro B».

Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se alegará en el campo “recuadro A” de la solicitud de participación, indicándose la administración competente responsable de la expedición del título acreditativo, la categoría de la misma (general o especial) y el número de identificación del título.

2.6.– A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

Los aspirantes que en la instancia de participación no autoricen a la Universidad de Valladolid a consultar datos con otras administraciones, a fin de verificar sus datos de identidad y, en su caso, la condición de discapacidad, víctima del terrorismo y familia numerosa, tendrán que presentar junto a la solicitud, copia del D.N.I. o equivalente documento acreditativo de identidad y copia de la correspondiente documentación acreditativa del reconocimiento de estas condiciones anteriormente señaladas, sin perjuicio de que al final del proceso selectivo pudiera serle requerido para su definitiva verificación esta documentación original o autenticada.

3.– Publicidad y comunicaciones.

Una vez publicada la presente convocatoria en el B.O.C. y L., ésta se hará pública en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid (https://sede.uva.es, en los apartados «Tablón de Anuncios»/«PAS»). En este mismo lugar se publicarán todos aquellos acuerdos y resoluciones referentes a esta convocatoria.

Asimismo, con el objeto de ampliar la difusión del presente proceso selectivo, la convocatoria, listas de admitidos y excluidos, acuerdos públicos de los Tribunales y las resoluciones de los distintos órganos de la Universidad en relación con el proceso selectivo, se incluirán a efectos informativos dentro de la página Web de la Universidad de Valladolid: www.uva.es, en las secciones «LA UVA», «EMPLEO».

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universidad (Casa del Estudiante, C/ Real de Burgos s/n, 47011, Valladolid. Tlf.983 184708 – correo electrónico: seccion.plantillas.pas@uva.es).

4.– Aspirantes admitidos.

En el plazo máximo de dos meses, una vez finalizado el plazo de presentación de instancias, se harán públicas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, publicación en la que figurará además el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio. Los aspirantes excluidos u omitidos dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, a contar a partir del siguiente a la citada publicación, para subsanar el motivo que hubiera originado su exclusión u omisión de las listas de admitidos. Los aspirantes que subsanen en el plazo establecido serán incluidos en las relaciones de aspirantes admitidos, haciéndose públicas antes de tres días a la realización del ejercicio, las incorporaciones efectuadas y las solicitudes de subsanación no estimadas. No obstante, en el caso de aquellos aspirantes que hubiesen solicitado la subsanación en plazo y esta no hubiera sido resuelta antes de la realización de la prueba, serán admitidos a la realización de la misma, quedando la calificación de sus ejercicios condicionada a la admisión definitiva al proceso selectivo.

La presentación de estas solicitudes de subsanación se efectuará por vía electrónica, cumplimentando el modelo de «Solicitud General» disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid en la dirección (https://sede.uva.es, en la que habrá de seleccionarse consecutivamente, «Registro electrónico», «Solicitud General», iniciando el acceso mediante una de las cuatro formas indicadas en la base 2).

5.– Procedimiento de selección.

El proceso de selección constará de 2 ejercicios, ambos eliminatorios.

5.1.– Primer ejercicio: Se celebrará en una única sesión de manera simultánea para todos los aspirantes admitidos a la prueba en la que se deberá contestar por escrito un cuestionario integrado por preguntas de carácter teórico-práctico. Esta prueba consistirá en contestar un cuestionario con un máximo de 90 preguntas de tipo test (con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta). Las preguntas contestadas incorrectamente serán objeto de penalización a razón de 1/3 del valor de cada pregunta por cada respuesta errónea. Las preguntas no contestadas no penalizarán. Todo el contenido del cuestionario estará relacionado con el temario establecido en el Anexo I de la presente Resolución y dirigido a apreciar la idoneidad de los aspirantes para el desempeño de las funciones propias de la escala de Gestión de la Universidad de Valladolid (identificables, de forma análoga, con el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, prevista en el artículo 31 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, y conforme al artículo 2.3 de dicha norma legal).

El cuestionario incluirá un 10% de preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir correlativamente, según el orden en que se presenten las preguntas anuladas en el ejercicio.

El ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 30 puntos. El tiempo que podrá otorgar el Tribunal a los aspirantes para la realización de la prueba será como máximo de 90 minutos.

Corresponderá al Tribunal la fijación del nivel mínimo de aptitud necesario para ser calificado con 30 puntos, todo ello a la vista de la dificultad del ejercicio propuesto, número de aspirantes presentados y grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente exigible para el desempeño de las funciones correspondientes a la escala de referencia.

Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días, desde el siguiente a la realización del ejercicio o del siguiente a la publicación de las soluciones, para plantear reclamaciones contra las preguntas formuladas o, en su caso, sobre las respuestas a éstas declaradas como correctas que hayan sido publicadas por el Tribunal. Dichas reclamaciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, al Presidente del Tribunal. Examinadas las posibles reclamaciones, el Tribunal procederá a corregir el correspondiente ejercicio del proceso selectivo. El Tribunal indicará, en su caso, en la relación de aspirantes aprobados, las modificaciones efectuadas en base a las alegaciones planteadas.

La presentación de estas solicitudes de reclamación se efectuará del modo indicado en la base II, teniéndose en cuenta que para su presentación por vía electrónica deberá cumplimentarse bajo el modelo de “Solicitud General” disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid, en la dirección indicada en la base IV de la convocatoria.

5.2.– Segundo ejercicio:

Consistirá en desarrollar por escrito un máximo de 3 temas elegidos por sorteo, no pudiendo corresponder dos al mismo bloque, correspondientes a los que figuran en el Anexo I de la presente resolución.

Se valorará de manera conjunta los conocimientos, la capacidad de análisis y la capacidad de expresión escrita de los aspirantes.

El tiempo máximo para la realización de este segundo ejercicio será de 180 minutos.

El ejercicio se calificará de 0 a 60 puntos siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 30 puntos.

6.– Tribunal.

6.1.– Estará formado, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE de 31), por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Julio Ignacio García Olea Secretario: David Bedoya Bravo Vocal: Ana Isabel Domínguez Pérez Vocal: María Blanca Aranzana Ruiz Vocal: Isabel de la Calle Burguillo Vocal: María Rosa Rebolleda Vallejo

Suplentes:

Presidente: Manuel Pérez Belver Secretario: José Ángel Merchán Antunez Vocal: Agustín González Retuerto Vocal: Sara María Garrido Bombín Vocal: Antonio Calvo Vicario Vocal: María del Mar García Paíno

 

6.2.– El Sr. Rector Magnífico, a propuesta del Tribunal efectuada por su Presidente, podrá designar, en su caso, asesores especialistas. Dichos asesores se limitarán a informar respecto de las pruebas y méritos relativos a su especialidad.

Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser nombrado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal Calificador.

El Tribunal podrá contar en la confección de las pruebas con la colaboración de empresas especializadas o técnicos cualificados, cuando el número de aspirantes presentados a las pruebas u otras circunstancias así lo aconsejen.

6.3.– Los miembros del Tribunal y, en su caso, el personal colaborador o los asesores especialistas, tendrán derecho a la percepción de las indemnizaciones que correspondan por asistencia, de acuerdo con el capítulo V del Decreto 252/1993, de 21 de octubre, de la Junta de Castilla y León, sobre indemnizaciones por razón del servicio. A estos efectos, el Tribunal tendrá la categoría primera.

7.– Calendario y resolución del proceso.

7.1.– El Tribunal hará público en el lugar indicado en la base 3, el acuerdo por el que se hace pública la relación de aspirantes que han superado el primer ejercicio. En este acuerdo figurará la convocatoria para el segundo ejercicio. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales.

7.2.– Finalizado el segundo ejercicio, el Tribunal hará público en el lugar indicado en la base 3, el acuerdo por el que se hace pública la relación de aspirantes que han superado el segundo ejercicio y, por ende, el proceso selectivo, indicándose las puntuaciones obtenidas en cada prueba y la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de ellas. El resto de aspirantes que no figuren en esta relación se considerará que no han superado el proceso selectivo y por tanto quedarán excluidos de la Bolsa de Empleo.

Asimismo, el Tribunal elevará al Sr. Rector Magnífico la propuesta para la constitución de la correspondiente Bolsa de Empleo a favor de los aspirantes aprobados.

7.3.– El Sr. Rector Magnífico a la vista de la propuesta del Tribunal, dictará resolución final en la que se hará constar el orden de prelación obtenido, una vez dirimidos los empates en la puntuación que se hubieran producido de la manera indicada en el siguiente apartado Esta Resolución pondrá fin al procedimiento de selección.

7.4.– En el caso de igualdad en la puntuación total obtenida se resolverá por el menor número de errores cometidos en el primer ejercicio. De persistir los empates, éstos se resolverán por sorteo.

8.– Norma final.

8.1.– La motivación de los actos del Tribunal Calificador se ajustará a las bases de la convocatoria y al cumplimiento de las mismas. Los actos administrativos que se deriven de la presente resolución y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8.2.– Los aspirantes por el hecho de participar en el presente proceso selectivo, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo lo no previsto en las bases.

8.3.– En coherencia con el valor de la igualdad de género asumido por la Universidad, todas las denominaciones que en esta resolución se efectúan en género masculino, cuando no hayan sido sustituidos por términos genéricos, se entenderán hechas indistintamente en género femenino.

8.4.– Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contando desde el día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso—administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Valladolid, 3 de noviembre de 2022.

El Rector,

Fdo.: Antonio Largo Cabrerizo

ANEXO I

PROGRAMA

Bloque I: Derecho Administrativo

Tema 1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): Título Preliminar. Disposiciones generales: Objeto y ámbito subjetivo de aplicación. Título I: De los interesados en el procedimiento: La capacidad de obrar y el concepto de interesado; Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo. Título II: De la actividad de las Administraciones Públicas: Normas generales de actuación; Términos y plazos. Título III: De los actos administrativos: Requisitos de los actos administrativos; Eficacia de los actos; Nulidad y anulabilidad.

Tema 2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): Título IV: De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común: Garantías del procedimiento; Las fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y finalización; De la tramitación simplificada del procedimiento administrativo común; Ejecución.

Tema 3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (III): Título V: De la Revisión de los actos en vía administrativa: Revisión de oficio; Recursos administrativos.

Tema 4. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (I): Título Preliminar, Capítulo I: Disposiciones generales. Título Preliminar, Capítulo II: De los órganos de las Administraciones Públicas.

Tema 5. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (II): Capítulo V: Funcionamiento electrónico del Sector Público. Capítulo VI: De los Convenios.

Tema 6. La administración electrónica y el funcionamiento electrónico del sector público: régimen legal y normativa reglamentaria de desarrollo. Normativa de la Universidad de Valladolid.

Tema 7. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León. Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 29 de octubre de 2015, por el que se desarrolla en el ámbito de la Universidad de Valladolid, a efectos organizativos, la normativa estatal y autonómica en materia de derecho de acceso a la información pública y reutilización de la misma.

Tema 8. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres: Título I: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Título II: Políticas públicas para la igualdad. Título V: El principio de igualdad en el empleo público.

Tema 9. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: Disposiciones generales, Principios de protección de datos y Derechos de las personas.

Bloque II: Gestión de Recursos Humanos

Tema 10. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (I): Título I: Objeto y ámbito de aplicación. Título II: Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Título III: Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Título IV: Adquisición y pérdida de la relación de servicio.

Tema 11. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (II): Título V: Ordenación de la actividad profesional. Título VI: Situaciones administrativas. Título VII: Régimen disciplinario.

Tema 12. Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas: Principios generales. Ámbito de aplicación. Actividades públicas y privadas. Disposiciones comunes. Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de incompatibilidades del Personal al servicio de la Administración de Castilla y León.

Tema 13. El Estatuto de los Trabajadores. El contrato de trabajo: Concepto y naturaleza. Forma. Contenido y régimen jurídico. Modalidades. Duración. Modificación, suspensión y extinción.

Tema 14. Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León.

Tema 15. Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador de las Universidades Públicas de Castilla y León.

Tema 16. Real Decreto 1086/1989, de 28 de agosto, sobre retribuciones del profesorado universitario.

Tema 17. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales: Capítulo I: Objeto, ámbito de aplicación y definiciones. Capítulo II: Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo. Capítulo III: Derechos y Obligaciones. Capítulo V: Consulta y participación de los trabajadores.

Tema 18. Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Título II: Régimen General de la Seguridad Social. Campo de aplicación. Inscripción de empresas y afiliación de trabajadores. Cotización. Incapacidad temporal. Nacimiento y cuidado de menor. Corresponsabilidad en el cuidado del lactante. Riesgo durante el embarazo. Riesgo durante la lactancia natural.

Bloque III: Gestión Universitaria

Tema 19. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (I): Título Preliminar: De las funciones y autonomía de las Universidades. Título I: De la naturaleza, creación, reconocimiento y régimen jurídico de las Universidades. Título II: De la estructura de las Universidades. Título III: Del Gobierno y representación de las Universidades Públicas. Título IV: Coordinación, cooperación y colaboración universitaria. Título V: De la evaluación y acreditación.

Tema 20. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (II): Título VI: De las enseñanzas y títulos. Título VII: De la investigación en la universidad y la transferencia del conocimiento. Título VIII: De los estudiantes. Título IX: Del profesorado.

Tema 21. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (III): Título X: Del personal de administración y servicios de las Universidades públicas. Título XI: Del régimen económico y financiero de las Universidades públicas. Título XIII: Espacio europeo de enseñanza superior.

Tema 22. Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León.

Tema 23. Estatutos de la Universidad de Valladolid (I): Título Preliminar: Disposiciones generales. Título I: Estructura de la Universidad. Título II: Órganos de gobierno, representación y administración.

Tema 24. Estatutos de la Universidad de Valladolid (II): Título III: La actividad Universitaria. Título IV: La Comunidad Universitaria. Título V: La defensoría de la Comunidad Universitaria.

Tema 25. Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Tema 26. Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Tema 27. Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario.

Tema 28. Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.

Tema 29. Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.

Tema 30. Reglamento de Ordenación Académica de la Universidad de Valladolid, aprobado por el Consejo de Gobierno de 16 de febrero de 2012 (B.O.C. y L. 9/03/2022).

Tema 31. Normativa de Matrícula y de devolución de Precios Públicos de la Universidad de Valladolid, aprobado por la Comisión Permanente en sesión de 28 de junio de 2016 (B.O.C. y L. 01/07/2016).

Tema 32. Normas de Progreso y Permanencia de los Estudiantes de la Universidad de Valladolid, aprobadas por el Consejo Social en sesión de 25 de mayo de 2022 (B.O.C. y L. 2/06/2022).

Bloque IV: Gestión Económico-Financiera

Tema 33. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades: Título XI. Del régimen económico y financiero de las Universidades Públicas. Estatutos de la Universidad de Valladolid: Título VII. Régimen económico de la Universidad. Ley 3/2001, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León: Título V. De la financiación de las Universidades públicas.

Tema 34. El presupuesto: concepto y clases. Principios presupuestarios. El ejercicio presupuestario. Estructura del presupuesto: clasificación orgánica, funcional y económica. El ciclo presupuestario.

Tema 35. El presupuesto de la Universidad de Valladolid: elaboración, aprobación y estructura. Normas de ejecución presupuestaria. Ejecución del presupuesto y rendición de cuentas. Sistema contable y control interno. Régimen patrimonial.

Tema 36. La Universidad de Valladolid: Créditos presupuestarios. Modificaciones de los créditos iniciales. Gastos plurianuales. Anulación de remanentes. Incorporación de créditos. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Anticipos de tesorería. Créditos ampliables. Transferencias de crédito. Ingresos que generan crédito. Remanentes de crédito.

Tema 37. La Universidad de Valladolid: Ordenación del gasto y ordenación del pago: órganos competentes, fases del procedimiento y documentos contables que intervienen. Liquidación y cierre del ejercicio.

Tema 38. La Universidad de Valladolid: Los pagos: concepto y clasificación. Pagos por obligaciones presupuestarias. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de caja fija. Pagos «a justificar». Justificación de libramientos. Sistemas de pago.

Tema 39. El control presupuestario: concepto, clases y ámbito de aplicación. Control del gasto público. Clases. Especial referencia del control de legalidad. El control externo: el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas.

Tema 40. Gestión de subvenciones y transferencias. Conceptos generales. Nociones básicas sobre la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

Tema 41. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (I): Objeto, ámbito de aplicación; tipología contractual y regulación armonizada.

Tema 42. La Ley de Contratos del Sector Público (II). Configuración general de la contratación del Sector Público y elementos estructurales de los contratos: Disposiciones generales sobre la contratación; las partes del contrato; Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión; garantías.

Tema 43. La Ley de Contratos del Sector Público (III): De los contratos de las Administraciones Públicas: preparación de los contratos; adjudicación; efectos, cumplimientos y extinción de los contratos. Acuerdo marco.

Tema 44. La Ley de Contratos del Sector Público (IV): Tipos de contratos de las Administraciones Públicas: Del Contrato de obras; Del contrato de suministros; Del contrato de servicio. La contratación administrativa en la Universidad de Valladolid.

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