Habilitación como asesor y evaluador de los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales. BOCYL 11/12/2023.

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11 de diciembre de 2023


CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ORDEN EDU/1386/2023, de 28 de noviembre, por la que se habilita con carácter nacional como personal asesor y evaluador para procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación de distintas familias y cualificaciones profesionales.


I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

D. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ORDEN EDU/1386/2023, de 28 de noviembre, por la que se habilita con carácter nacional como personal asesor y evaluador para procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación de distintas familias y cualificaciones profesionales.

El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, prevé que las tareas de asesoramiento y evaluación se desempeñen por personas habilitadas por las administraciones competentes. Para obtener la habilitación en el ejercicio de dichas funciones, según establece el artículo 187 del citado real decreto, se deben reunir una serie de requisitos de experiencia, dentro de determinados colectivos.

Por Orden EDU/1935/2022, de 22 de diciembre, se convocó el procedimiento para la habilitación de personal asesor y evaluador del procedimiento abierto con carácter permanente de evaluación y acreditación de competencias profesionales contempladas en la oferta de enseñanzas de formación profesional del sistema educativo de la Comunidad de Castilla y León, adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación.

Verificado el cumplimiento de los requisitos, vista la propuesta de habilitación de personal asesor y evaluador del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales formulada por la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial conforme a lo determinado en el apartado sexto.1, procede la habilitación de profesorado y personal dependiente de la consejería competente en materia de agricultura y ganadería como personal asesor y evaluador en las familias y cualificaciones profesionales correspondientes.

Por todo ello, en atención a lo establecido en el apartado sexto.2 de la Orden EDU/1935/2022, de 22 de diciembre

RESUELVO

Primero.– Habilitación como personal asesor y evaluador.

Habilitar como personal asesor y evaluador a las personas que se relacionan en el anexo I con indicación de la familia o familias profesionales correspondientes.

Habilitar como personal asesor y evaluador a las personas que se relacionan en el anexo II con indicación de las cualificaciones profesionales correspondientes.

Segundo.– Habilitaciones denegadas.

Denegar la habilitación como personal asesor y evaluador a las personas que se relacionan en el anexo III por las causas en él indicadas.

Tercero.– Efectos.

De conformidad con el apartado sexto.3, de la Orden EDU/1935/2022, de 22 de diciembre, la habilitación tendrá carácter nacional y las personas habilitadas formarán parte de la red de asesoramiento y evaluación de Castilla y León, en los términos del artículo 14 de la Orden HAC/1605/2011, de 29 de diciembre, por la que se desarrolla la gestión del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral en Castilla y León, así como la estructura organizativa responsable.

Cuarto.– Publicación y publicidad.

De conformidad con el apartado sexto.2 de la Orden EDU/1935/2022, de 22 de diciembre, por la que se convoca el procedimiento para la habilitación de personal asesor y evaluador del procedimiento abierto con carácter permanente de evaluación y acreditación de competencias profesionales contempladas en la oferta de enseñanzas de formación profesional del sistema educativo de la Comunidad de Castilla y León, adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación, la orden de habilitación se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León y en la misma fecha se dará publicidad en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en la web temática de Aprendizaje a lo largo de la vida del Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es/adultos).

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Educación o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 28 de noviembre de 2023.

La Consejera,

Fdo.: Rocío Lucas Navas

ANEXO I

PERSONAL HABILITADO COMO ASESOR Y EVALUADOR CON INDICACIÓN DE LA FAMILIA PROFESIONAL O FAMILIAS PROFESIONALES CORRESPONDIENTES

N.º

APELLIDOS

NOMBRE

NIF

FAMILIA PROFESIONAL

1

ALFONSO SANTAMARÍA

MARÍA CRISTINA

***9942**

SSC–SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD

2

ALONSO FERNÁNDEZ

JOSEFA

***4080**

IFC–INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES

3

ALONSO GONZÁLEZ

MARÍA DE LAS MERCEDES

***5463**

COM–COMERCIO Y MARKETING

4

BLÁZQUEZ JIMÉNEZ

MARÍA JULIA

***6823**

QUI – QUÍMICA SEA- SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

5

CAMPOS CONSUEGRA

DANIEL

***0663**

SAN–SANIDAD

6

CARNICERO LÓPEZ

MIGUEL ÁNGEL

***4903**

ELE–ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA

7

CASTRILLÓN CHICOTE

PATRICIA

***1489**

HOT–HOSTELERÍA Y TURISMO

8

CHIMENO BERMEJO

ANA ISABEL

***7227**

SAN–SANIDAD

9

ESPESO RODRÍGUEZ

MARÍA TERESA

***8471**

ADG–ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

10

FANDIÑO REFOJOS

NOEMÍ

***6864**

AGA–AGRARIA

11

FRADEJAS GALLEGO

ALEJANDRO FELIPE

***4401**

IMA–INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO

12

GARCÍA MAYOR

SANDRA

***3572**

IMP–IMAGEN PERSONAL

13

HERRERO GIL

DIEGO

***7211**

AFD–ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS

14

LLAMAZARES CASTRO

ELOY JAVIER

***8332**

ADG–ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

15

MARTÍNEZ MARIN

JUAN MANUEL

***4487**

ELE–ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA

16

MARTÍNEZ MORENO

JOEL

***1292**

AFD–ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS

17

ORTIZ PRADOS

ARÁNZAZU

***2139**

TMV–TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS IMA–INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO

18

PASTOR MULERO

MARÍA DOLORES

***4765**

SSC–SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD

19

PÉREZ GARCÍA

MARÍA SONIA

***3299**

ADG–ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN

20

PESCADOR MULAS

MARÍA ROSARIO

***6039**

QUI–QUÍMICA SEA- SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

21

POZO GÓMEZ

VÍCTOR MANUEL DEL

***3323**

IFC–INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES

22

RAMOS GUTIÉRREZ

MARÍA DEL CAMINO

***5713**

HOT–HOSTELERÍA Y TURISMO

23

RODRÍGUEZ BORREGO

OLGA

***6448**

SAN–SANIDAD

24

RODRÍGUEZ IRASTORZA

CLARA IRENE

***4551**

IMA–INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO

25

SIERRA PRIETO

MARÍA JOSÉ

***6034**

SSC–SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD

26

TESSIER FERNÁNDEZ

CARLOS

***3713**

IFC–INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES

27

VERA ALBURQUERQUE

JOSÉ ANTONIO

***8410**

TMV–TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS

28

VIÑUELA SERRANO

JAVIER

***8553**

AGA–AGRARIA INA–INDUSTRIAS ALIMENTARIAS

 

ANEXO II

PERSONAL HABILITADO COMO ASESOR Y EVALUADOR CON INDICACIÓN DE LAS CUALIFICACIONES PROFESIONALES CORRESPONDIENTES

N.º

APELLIDOS

NOMBRE

NIF

CUALIFICACIONES PROFESIONALES

1

MARTÍN LOBERA

CARLOS

***3160**

AGA164_1–Actividades auxiliares en viveros, jardines y centros de jardinería.

AGA168_2–Instalación y mantenimiento de jardines y zonas verdes.

AGA225_2–Agricultura ecológica.

AGA003_3–Jardinería y restauración del paisaje.

AGA346_3–Gestión de la instalación y mantenimiento de céspedes en campos deportivos.

AGA347_3–Gestión de la producción agrícola.

 

ANEXO III

PERSONAL NO HABILITADO COMO ASESOR Y EVALUADOR

N.º

APELLIDOS

NOMBRE

NIF

FAMILIA PROFESIONAL / CUALIFICACIÓN

CAUSA

1

YAGÜE ESCUDERO

JULIO

***3590**

INA773_2–Elaboración de productos cárnicos a nivel industrial

1

2

MEDINA ARRIZABALAGA

NURIA

***1029**

ADG–ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN SSC–SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD IMP–IMAGEN PERSONAL

2

 

Causas de no habilitación (apartado Tercero, ORDEN EDU/1935/2022, de 22 de diciembre):

  •  
  • 1. No Pertenecer a los Cuerpos de Catedráticos, Profesores de enseñanza secundaria o Profesores Técnicos de formación profesional.
  • 2. No tener atribución docente en la familia o familias profesionales en las que se pretenda habilitar y, al menos, cuatro años de experiencia docente impartiendo módulos profesionales asociados a cualificaciones profesionales de dichas familias.

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