PUBLICADO EL CONCURSO DE TRASLADOS AUTONÓMICO 2023/24

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  • Traslados
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Catedráticos Enseñanza Secundaria
  • Maestros
  • Profesores de Religión
  • Profesores de Secundaria FP y Enseñanzas de Régimen Especial

8 de noviembre de 2023

Plazo para cumplimentar y presentar las solicitudes de participación telemáticamente: del 8 al 27 de noviembre de 2023, ambos inclusive.

PARTICIPANTES OBLIGATORIOS:

  • Funcionarios/as de carrera sin destino definitivo y funcionarios en prácticas.
     
  • Funcionarios/as suprimidos (con resolución o por publicación en el BOC).
     
  • Funcionarios/as en excedencia o en suspensión, que quieran reingresar teniendo un destino provisional antes de la publicación de la convocatoria. Funcionarios con excedencia forzosa o suspendidas de funciones con pérdida de centro definitivo y que, cumplida la sanción, no hayan obtenido reingreso provisional.
     
  • Jubilados por “incapacidad permanente” que hayan sido rehabilitados para el servicio activo y quienes habiendo perdido su destino definitivo pasaron a prestar servicios en otros puestos de la Administración Pública manteniendo su situación activa como docente, siempre que hayan cesado.

 

PARTICIPANTES VOLUNTARIOS:

 

  • Funcionarios/as desplazados de su destino.
     
  • Funcionarios/as en situación de activo con destino definitivo y, siempre que al finalizar el presente curso hayan trascurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.
     
  • Funcionarios/as en situación de servicios especiales, siempre y cuando, al finalizar el presente curso hayan trascurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.
     
  • Funcionarios/as en situación de suspensión de funciones, que al finalizar el presente curso haya concluido el tiempo de duración de la sanción, y, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.
     
  • Funcionarios en situación de excedencia voluntaria. En los supuestos de excedencia por interés particular o por agrupación familiar, sólo podrán participar, si al finalizar el presente curso hayan trascurrido, al menos, dos años desde que pasaron a esa situación.
     
  • Funcionarios/as reingresados, en situación de excedencia o suspensión de funciones con pérdida de su centro definitivo que, cumplida la sanción, no hayan obtenido un reingreso provisional.
     
  • Funcionarios/as que, estando adscritos a plazas en el exterior, deban reincorporarse en el curso 2023/2024, o habiéndose incorporado en cursos anteriores, no hubieran obtenido destino definitivo.
     
  • Funcionarios/as que, como consecuencia de cumplimiento de sentencia, o de resolución de recurso o aquellos que hayan quedado en situación de suprimidos por haber perdido su destino.
     
  • Funcionarios/as que, con pérdida de la plaza docente que desempeñaban con carácter definitivo, pasaron a prestar servicios en otros puestos de la Administración Pública.
     
  • Funcionarios/as que, tras haber sido declarados/as jubilados/as por incapacidad permanente, hayan sido rehabilitados para el servicio activo.

 

¿QUÉ PUESTOS SE OFRECEN?

 

Cuerpo de Maestros/as: Podrán solicitar los centros y localidades los funcionarios/as que se relacionan en el Anexo VI por las especialidades que se relacionan en el Anexo I, RD 1594/2011, de 4 de noviembre y sus posteriores modificaciones.

Puestos de Primero y Segundo de la ESO para el Cuerpo de Maestros: Anexo VII. Especialidades de Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje y los funcionarios que participen voluntariamente de su destino definitivo en 1º y 2º de ESO, así como aquellos que se le haya suprimido su puesto en estos cursos.

Los participantes de otros cuerpos docentes podrán solicitar puestos a las especialidades de las que sean titulares para los centros que figuran en los Anexos II, III, IV y V, y para las especialidades que figuran en el Anexo I.

 

PUESTOS DE CARÁCTER ITINERANTE:

 

Estos puestos solo podrán ser solicitados por funcionarios/as del Cuerpo de Maestros/as y del Cuerpo de Profesores/as de Enseñanza Secundaria de las especialidades correspondientes al puesto que se solicita (EOEP, CEPAS y CER).

Los funcionarios/as docentes que obtengan destino en algunos de estos puestos asumen la itinerancia.

Estos puestos vienen señalados en los Anexos II y VI de esta Resolución (I).

Solamente se podrán solicitar como peticiones voluntarias. No se asignarán de oficio ni entran en el derecho preferente a localidad.

 

DERECHO PREFERENTE
 

 

"A CENTRO"

  • Funcionarios/as suprimidos/as. Tendrá derecho preferente para obtener otro destino en el centro siempre que sea titular o esté habilitado para impartir otra especialidad al puesto que opte.
     
  • Funcionarios/as que se les haya modificado el puesto con carácter definitivo. Igual que el anterior.
     
  • Funcionarios/as desplazados/as durante el presente curso escolar. Igual que el anterior.
     
  • Funcionarios/as que hayan adquirido nuevas especialidades dentro de los cuerpos de Catedráticos, Enseñanza Secundaria y Técnicos de F.P., al amparo de lo dispuesto en los RD 850/1993, de 4 de junio, 334/2004, de 27 de febrero, 276/2007, de 23 de febrero y quiera obtener un puesto en la especialidad adquirida en el centro donde tuviera el destino definitivo, siempre que reúna el resto de requisitos exigidos para su desempeño.

    ¡¡¡RECUERDA!!! cumplimentar el apartado correspondiente si ejerces este derecho, indicando el código de centro y marcando con una “X” el supuesto por el que lo ejerces.

 

"A LOCALIDAD"

 

Los participantes que se encuentran en algunas de estas situaciones gozarán del derecho preferente para obtener un puesto en otro centro de la misma localidad donde se encuentre ubicado su último centro de destino definitivo hasta obtener un nuevo destino definitivo:

  • Suprimidos o con modificación de la plaza o puesto.
     
  • Desplazados por insuficiencia horaria 2023/2024.
     
  • Desempeño de otro puesto en la administración pública con pérdida destino, siempre que haya cesado en su último puesto.
     
  • Haber perdido el puesto por encontrarse en situación de excedencia voluntaria por cuidado de familiares e hijos.
     
  • Por cese en centros públicos en el extranjero.
     
  • Por tener reconocido ese derecho en virtud de ejecución de sentencia o resolución recurso administrativo, según los términos de la sentencia.
     
  • Por rehabilitación para el servicio activo después de haber sido declarado en situación de jubilación por incapacidad permanente.

    ¡¡¡RECUERDA!!! consignar el código de la localidad y marcar con una “X” el epígrafe “derecho preferente a localidad”.

 

DERECHO DE CONCURRENCIA

 

La finalidad es que todas las personas que participen en un mismo grupo obtengan a la vez destino en uno o varios centro sede una misma provincia, en el caso de que alguna de ellas no pudiera obtener una plaza se considerarán desestimadas por esta vía todas las solicitudes del grupo.

¡¡¡REQUISITOS!!! 1) Todos/as deben tener destino definitivo. 2) El número de funcionarios/as será cuatro como máximo del mismo cuerpo. 3) Presentación de instancias por separado.

 

PRIORIDAD EN LA ADJUDICACIÓN DE DESTINOS

 

  1. Participantes derecho preferente centro, según el orden de los mismos establecidos en la convocatoria.
     
  2. Participantes derecho preferente a localidad, según lo anterior.
     
  3. Resto de participantes por orden de puntuación.
     
  4. Funcionarios en prácticas por año de convocatoria y puntuación obtenida.

En caso de empate se atenderá sucesivamente a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los apartados en su orden, subapartados, y en última instancia año de oposición y puntuación obtenida.

 

FUNCIONARIOS/AS EN COMISIÓN DE SERVICIOS

 

ORDEN de 16 de marzo de 2012, en su art. 12, apdo. 3, dice: Para la prórroga de los destinos ocupados en comisión de servicios se exigirá la participación del funcionariado interesado en los Concursos de Traslados que se convoquen hasta la finalización de los mismos y la petición en estos procedimientos del centro en el que se disfrute de la comisión de servicios.

Funcionarios/as en comisión de servicios en el presente curso, que deseen prorrogar su destino en mismo centro el próximo curso por la misma comisión (excepto comisión de salud y los que hayan obtenido destino definitivo en el último concurso de traslados).

 

MAESTROS/AS DE 1º Y 2º DE E.S.O.

 

Podrán acceder los funcionarios del Cuerpo de Maestros que participan voluntariamente desde su destino definitivo en plazas de algunos de estos cursos, así como aquellos a los que se les ha suprimido su puesto en 1º y 2º de ESO, siempre que tengan la habilitación de la especialidad correspondiente de acuerdo con la normativa anterior a la entrada en vigor del RD. 1364/2010, de 29 de octubre.

¡¡¡RECUERDA!!!: Los participantes del Cuerpo de Maestros podrán incluir, en sus peticiones hechas en el ejercicio del derecho preferente a localidad, puestos de los cursos primero y segundo de ESO correspondientes a las especialidades de Pedagogía Terapéutica y/o Audición y Lenguaje RD. 1594/2011.

 

VACANTES DEL CONCURSO GENERAL DE TRASLADOS 2023

 

Además de los que determine la Consejería, entre las que se incluirán, al menos, las que se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2023, así como aquellas que resulten del propio concurso.

 

CUMPLIMIENTO DE LA INSTANCIA

 

La instancia se cumplimentará telemáticamente por los participantes y se aportará también exclusivamente por vía telemática, así como toda la documentación justificativa y de requisitos y de méritos que se debe alegar, siguiendo las indicaciones e instrucciones que se contienen en la página web de la Consejería.

¡¡¡RECUERDA!!! Se cumplimentará una única instancia por cuerpo, aunque se participe dentro de este a varias especialidades.

No se admitirá ninguna instancia que no sea cumplimentada a través de la aplicación telemática.

 

CALENDARIO

 

*Presentación de la Instancia: Del 08 de noviembre al 27 de noviembre de 2023, ambos inclusive.

*Publicación de las vacantes:

Vacantes provisionales: Antes de la resolución de la adjudicación provisional.

Vacantes definitivas: Antes de la resolución de la adjudicación definitiva.

*Publicación del Concurso:

Adjudicación provisional: Prevista para finales del mes de marzo de 2024.

Reclamaciones: Plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación

Renuncias: Los participantes voluntarios podrán presentar su renuncia en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación.

 

INFOMACIÓN Y SOLICITUD:

 

https://www.gobiernodecanarias.org/educacion/web/personal/docente/procedimientos/concursos_traslados/2023-2024/convocatoria/

 

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