SOLICITUD DE ABONO DE LAS DIFERENCIAS DE INDEMNIZACIÓN POR USO DE VEHÍCULO PARTICULAR, UNA IMPOSICIÓN INJUSTIFICABLE

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10 de enero de 2024

 

CSIF TE INFORMA

SOLICITUD DE ABONO DE LAS DIFERENCIAS DE INDEMNIZACIÓN POR USO DE VEHÍCULO PARTICULAR, UNA IMPOSICIÓN INJUSTIFICABLE.

Tal y como manifestamos en nuestro comunicado de 26 de diciembre de 2023, ese día se celebraron sendas sesiones de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias y de la Comisión de la Función Pública Canaria, en las que se trató el Proyecto de Orden de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea por la que se actualizan las cuantías de las indemnizaciones de las dietas y gastos por eso de vehículo particular en las comisiones de servicio y se determina el incremento de las dietas por gastos de alojamiento en determinadas ciudades, sobre el que el sindicato CSIF formuló diversas propuestas, de las que la Administración sólo aceptó la de que las mejoras que se produjesen con la Orden sobre la indemnización por uso de vehículo particular se retrotrajeran al menos al 18 de julio de 2023, en que, a nivel de la AGE, entraron en vigor las nuevas cuantías por kilometraje.

Tras ello, el 30 de diciembre de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de Canarias la Orden de 28 de diciembre de 2023, de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, por la que se actualizan las cuantías de las indemnizaciones de las dietas y gastos por uso de vehículo particular en las comisiones de servicio y se determina el incremento de las dietas por gastos de alojamiento en determinadas ciudades. En ella, su artículo 3 actualiza las cuantías de la indemnización por el uso de vehículo particular, mientras que el primer párrafo del apartado 2 de su disposición adicional transitoria única, atendiendo a la propuesta que formuló el sindicato CSIF, establece que las nuevas cuantías de las indemnizaciones por uso de vehículo particular se aplicarán con efectos retroactivos de 18 de julio de 2023 inclusive, y añade ex novo que, a cuyo efecto, los comisionados y comisionadas que ya tuvieran aprobada y abonada su liquidación presentarán la correspondiente solicitud de revisión conforme al modelo incluido en el anexo de la Orden.

El sindicato CSIF considera que esta última previsión, para cuya ejecución se ha otorgado a los interesados un plazo de tres meses que finalizará el lunes 1 de abril de 2024, está fuera de lugar al no tener justificación alguna en los tiempos que corren, por cuanto la Administración conoce perfectamente las comisiones de servicios con derecho a indemnización por uso de vehículo particular aprobadas y abonadas en el período comprendido entre el 18 de julio de 2023 y el 29 de diciembre de 2023, ambos inclusive, por lo que bien pudiera haber actuado de oficio en orden a abonar las diferencias entre las indemnizaciones percibidas y las que corresponde percibir por las nuevas cuantías, en lugar de hacer recaer sobre las personas interesadas una obligación que, en una Administración del siglo XXI, no precisa ser impuesta.

💚 #AlcemosLaVoz Si tú no te conformas, nosotros tampoco 💚

Descargar comunicado completo del CSIF

 
 

Más información en:

  Canarias, a 10 de enero de 2024.
CSIF, sector autonómico de Canarias

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