El nuevo permiso retribuido de dos días de libre disposición en
periodo lectivo será una realidad
La Comisión de Seguimiento del Acuerdo firmado el 16 de julio entre la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y las organizaciones sindicales CSIF, ANPE y UGT, para la Mejora del sistema educativo andaluz y las condiciones laborales del profesorado ha abordado recientemente el análisis de las condiciones para el disfrute del nuevo permiso retribuido de dos días de libre disposición en periodo lectivo para el personal docente andaluz.
Las instrucciones definitivas se publicarán en los próximos días, lo que permitirá que este nuevo derecho pueda aplicarse de forma inminente.
El disfrute de este permiso es posible gracias a este acuerdo suscrito por CSIF, por el que se contempla que dos días de los seis de asuntos propios con retribución (permiso 27 de la circular de permisos y licencias) puedan disfrutarse también durante días lectivos, y no solo en los periodos de inicio y final de curso, como ocurría hasta ahora. Así queda reflejado, en el apartado 12.4 del mismo y beneficia a todo el personal docente de los centros públicos, con independencia de su tipo de jornada.
Para garantizar la atención educativa, el texto fija un número máximo de docentes por centro que podrán ausentarse simultáneamente en un mismo día lectivo. Esta cifra dependerá del tamaño del claustro y oscilará entre uno y cinco docentes. En caso de que haya más solicitudes que plazas disponibles para un mismo día, se aplicará un sistema de prelación basado en criterios objetivos como el número de días disfrutados en periodo lectivo del correspondiente curso escolar, y, en última instancia, el orden alfabético derivado del sorteo anual de Función Pública.
El permiso podrá solicitarse a través de la plataforma Séneca con una antelación mínima general de 15 días hábiles, salvo situaciones imprevistas debidamente acreditadas, en cuyo caso, se podría ampliar el rango establecido para el número de docentes que pueden disfrutarlo simultáneamente, siempre que quede garantizado el servicio educativo. La resolución de las solicitudes se hará en un plazo máximo de 10 días hábiles y, una vez concedido el permiso, no será posible renunciar a su disfrute ni podrá ser revocado por el centro.
Las instrucciones también detallan que se podrá denegar el permiso únicamente por causas organizativas excepcionales, atendiendo a razones objetivas, no arbitrarias y debidamente motivadas, mediante informe.
La Consejería difundirá oficialmente estas instrucciones tras su aprobación definitiva, momento en el que entrarán en vigor y serán remitidas a los centros y servicios educativos a través de las Delegaciones Territoriales.

Elena García, firmando el Acuerdo del 16 de julio
