INSISTIMOS: JUBILACIÓN ANTICIPADA AGENTES FORESTALES Y MEDIOAMBIENTALES | A LA ESPERA DEL MINISTERIO DE TRABAJO, M Y SS

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21 de enero de 2020

Insistimos de nuevo con otra petición con fecha 16 de enero de 2020, puedes descargártela en pdf

El pasado 1 de febrero CSIF presentó escrito en el Ministerio solicitando para los Agentes Forestales el procedimiento regulatorio abreviado para la anticipación de la jubilación, tal como dispone el artículo 12 del Real Decreto 1698/2011, de 18 de noviembre.

 

Y lo hizo con argumentos, actividades con mayor riesgo potencial con altos niveles de exigencia psicofísica, penosidad, toxicidad y peligrosidad, los cuales son asimilables también en el colectivo de Celadores Forestales y de Medio Ambiente con sus diferencias jurídicas:

 

 Condición de Agentes de La Autoridad y Policía Judicial Genérica.

 Dirección, Extinción, Investigación y Restauración de los Incendios Forestales.

 Participación en los servicios de Emergencias y Rescates.

 Servicios donde se emplean armas de fuego

 Desempeño de su trabajo en el Medio Natural y Rural con orografía y climatología adversas.

 Conducción de vehículos todoterreno y de extinción de incendios.

 Servicios de vigilancia y control y dirección de acciones de caza.

 Campañas específicas de control del furtivismo y venenos.

 Servicios y controles nocturnos.

 Servicios de vigilancia contra el expolio de la avifauna y biodiversidad, construcciones ilegales.

 Aprovechamientos Forestales, micológicos y otros derivados de los usos del monte (motos, senderismo, expolios arqueológicos, cortas ilegales, robo de madera.

 Servicios de lucha contra plagas y epizootias.

 Servicios de vigilancia o control no programados o imprevistos

 Servicios en los que concurren un elevado número de infractores- Servicios en los que los inspeccionados están bajo los efectos del alcohol y las drogas.

 

Dichos conflictos, amenazas y agresiones, deben contemplarse desde la perspectiva de la seguridad laboral derivados de la existencia de un riesgo constatable, que debe ser tenido en cuenta en la regulación para su jubilación, asimilado a la de las Policías, Locales y Guardia Civil.

 

Habiendo pasado ya 5 meses, instamos al Ministerio a la puesta en marcha del mencionado procedimiento una vez se configure el nuevo Gobierno.

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