CSIF exige seguridad jurídica en las reclamaciones de regularización de los periodos trabajados y no cotizados

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24 de febrero de 2021

Se trata de una problema que se empezó a detectar hace unos años y que, gracias a la presión sindical, se incluyó en el acuerdo de 18 de diciembre de 2015 firmado por CSIF y el resto de organizaciones sindicales.

 

Además, a este asunto se refiere la Disposición Adicional 158ª de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021.

 

Como ya ha quedado claro por parte del Gobierno en sede parlamentaria y aun cuando se siguen haciendo simulaciones donde no aparecen esos periodos cotizados a personal titular, este problema afecta a quienes trabajaron esos años como interinos y han mantenido esa condición hasta la edad de jubilación.

 

Para CSIF está claro que existe una obligación de la Administración de abordar este problema que afecta no sólo a funcionarios/as en activo sino a cientos de ellos que ya se han jubilado y que han visto mermada su pensión, alguno de los cuales tiene pendiente reclamaciones por este motivo.

 

Para CSIF el Ministerio tiene la obligación de solucionar este problema de oficio y, dar cauce a las reclamaciones que se presenten publicando una nota informativa sobre el procedimiento a seguir.

 

Sin procedimiento alguno ni autorización de hacienda ni de la Seguridad Social el contenido de la citada disposición no es suficiente para garantizar que se vaya a solucionar pronto este problema, que es el objetivo que todos perseguimos desde hace años.

 

Además, el origen de estas faltas de cotización es distinto según los casos y su tratamiento jurídico puede diferir.

 

El caso más llamativo ha sido y es la falta de cotización correspondiente a periodos trabajados y no cotizados antes del año 1990 cuando la presión sindical obligó al Ministerio a reconocer el derecho a cotización del personal interino de Justicia.

 

No obstante, CSIF también ha detectado otros casos de falta de cotización posterior.

 

En todo caso, CSIF se pone a disposición de los interesados para resolver cuantas dudas se le puedan plantear sobre este particular y, en su caso, a tramitar las reclamaciones correspondientes.

 

 

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