CSIF considera el nuevo modelo de ingreso a la función docente otro fracaso del Ministerio de Educación: generará más inseguridad jurídica

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20 de abril de 2022

- BOE 13/4/22: publicado el RD 270/2022 por el que se modifica el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006.
- Se incluye esquema explicativo CSIF.

 

Real Decreto 270/2022, de 12 de abril, por el que se modifica el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.


La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas, critica el fracaso del Ministerio de Educación y Formación Profesional y su falta de liderazgo para ejercer su responsabilidad de reducir la tasa de interinidad por debajo del 8%.

El Real Decreto que hoy se ha aprobado amplía a tres los modelos de acceso a la función pública docente. Al concurso de méritos para acceder a las plazas estructurales de larga duración, se suman ahora dos tipos de concurso-oposición: el sistema transitorio para las plazas de reducción de interinidad y el sistema ordinario para las plazas de tasa de reposición. Esto muestra un fracaso evidente del Ministerio que en su proyecto de Real Decreto exponía que “Parece adecuado y equitativo que todos los procedimientos selectivos de ingreso en los cuerpos docentes, que tengan lugar en el mismo período temporal, se sometan a las mismas normas y criterios. Se trata de evitar una dualidad de modalidades de procedimientos selectivos, que dificultaría su gestión y tramitación y podría generar confusión tanto en los aspirantes como en los órganos de selección, creando situaciones de desigualdad no justificadas (...)”

 

Este Real Decreto implica mayor inseguridad jurídica, si cabe. No se entiende que en el anterior proceso de reducción de temporalidad de 2017 y 2018 se adaptara el Real Decreto de acceso y fuera válido para todas las plazas ofertadas y ahora se diferencien las plazas que se cubrirán mediante dos procedimientos de concurso-oposición distintos. Para CSIF esto es una muestra más de la mala gestión por parte del Ministerio en la tramitación de dicho proyecto de Real Decreto. Además, la norma aprobada hoy contradice las propias orientaciones que el Gobierno, a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, ha publicado y que amparaba la posibilidad de conjuntar todas las plazas en el mismo proceso de concurso-oposición.

 

La falta de liderazgo del Gobierno y el Ministerio de Educación, en algo que es de su competencia exclusiva, fomentará el caos en las diferentes administraciones educativas, teniendo que establecer tres procedimientos, con tribunales diferentes y procesos selectivos dispares. Por otro lado, se tienen que volver a estudiar todas las ofertas de empleo público, pues hasta ahora, solo se habían contabilizado las plazas necesarias para reducir la interinidad. Posteriormente las Consejerías de Educación deben determinar cuáles de ellas cumplen los criterios para ser ofertadas por concurso de méritos, tal y como mandata la Ley 20/2021 de reducción de interinidad.

Ahora también hay que diferenciar qué plazas son de reposición y a qué cuerpo y especialidad se dedican, lo que implicará una división de la oferta perjudicial para todos los aspirantes a la función pública docente. 

 

Todo esto generará mayor inquietud a todos los opositores, con experiencia docente o no. Tendrán que elegir a qué procedimiento presentarse, con la incertidumbre de que su decisión será vital para su futuro laboral. Si las consejerías decidieran que estos procesos se ejecutaran en fechas diferentes, conllevaría también que todos los aspirantes se pudieran presentar a ambos procesos, disminuyendo más sus oportunidades. Recordamos que la libre concurrencia es una condición inexcusable que establece la Constitución y, por ende, la ley de reducción de interinidad. A todo esto, se añade que, si el Ministerio no lidera la coordinación entre Comunidades Autónomas, el perjuicio creado a todos los interinos e interinas y nuevos aspirantes será muy grave.

 

CSIF sigue reclamando la eliminación de la tasa de reposición, de manera que se cubran todas y cada una de las plazas que requiera el sistema educativo. Además, exigimos coordinación entre todas las administraciones para no perjudicar más a los aspirantes y velaremos por la seguridad jurídica de estos procesos en todos los ámbitos que nos corresponde, vigilando el estricto cumplimiento de la norma para que se reduzca la temporalidad en el sector público docente a 31 de diciembre de 2024, tal y como indica las directrices y exigencias de Europa. El sistema educativo no puede seguir sufriendo tasas de temporalidad por encima del 20% por la negligencia de las administraciones educativas y la falta de capacidad del Ministerio de Educación en hacer cumplir la ley.


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