CSIF Región de Murcia informa sobre la suspensión cautelar del proceso para comisario de Policía Local en Molina de Segura

  • Asesoría Jurídica
  • Prensa y Comunicación
  • Notas de prensa y comunicaciones
  • Últimas noticias
  • CSIF Informa

30 de abril de 2026

El juzgado acuerda paralizar temporalmente la convocatoria al apreciar posibles irregularidades que podrían afectar a los principios de igualdad, mérito y capacidad

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Murcia ha acordado la suspensión cautelar del proceso selectivo convocado por el Ayuntamiento de Molina de Segura para la provisión, por turno libre y mediante concurso-oposición, de una plaza de Comisario de Policía Local.

 

La medida ha sido adoptada mediante auto de fecha 21 de abril de 2026, tras la solicitud presentada por el sindicato CSIF, en el marco del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra diversos acuerdos municipales relacionados con las bases de la convocatoria.

 

El auto ha sido dictado por el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Murcia, D. Lucas Osvaldo Giserman, quien ha admitido una medida cautelar de especial relevancia al apreciar que los hechos planteados presentan entidad suficiente para justificar la solicitud de suspensión temporal del proceso selectivo formulada por el delegado sindical de CSIF, Juan Roberto Riquelme. La resolución supone una decisión garantista, orientada a evitar perjuicios de difícil reparación y a preservar la seguridad jurídica del procedimiento hasta que se resuelva el fondo del asunto.

 

Desde CSIF se considera especialmente relevante esta decisión judicial, al apartarse de la tendencia habitual de permitir la continuidad de los procesos selectivos hasta sentencia, incluso cuando existen dudas fundadas sobre su regularidad. En este caso, la suspensión cautelar evita que aspirantes, empleados públicos y la propia Administración permanezcan durante años en una situación de incertidumbre personal y profesional, con el consiguiente desgaste, posibles perjuicios económicos, pérdida de capital humano, eventuales indemnizaciones, sobrecostes administrativos y dudas sobre la gestión de los recursos humanos en las Administraciones Públicas.

 

El órgano judicial ha estimado procedente la adopción de la medida cautelar al considerar, de forma preliminar y sin prejuzgar el fondo del asunto, que la continuación del proceso podría generar perjuicios de difícil reparación si finalmente el recurso fuera estimado. En particular, el auto aprecia indicios suficientes para acordar la suspensión cautelar del procedimiento, destacando, entre otras cuestiones:

La posible existencia de una modificación sustancial de las bases de la convocatoria.

La introducción de un nuevo ejercicio obligatorio.

La ausencia de reapertura del plazo de presentación de solicitudes tras dicha modificación.

La posible afectación a los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público.

 

Desde CSIF se valora positivamente esta resolución judicial, al entender que contribuye a preservar las garantías del proceso selectivo y a evitar situaciones de difícil reversión, tanto para los aspirantes como para la propia Administración.

 

La continuación de un proceso selectivo cuestionado judicialmente podría provocar, en caso de estimarse finalmente el recurso, la anulación de actuaciones, la repetición de pruebas, perjuicios personales y profesionales para los participantes, así como costes añadidos para la Administración. Por ello, esta medida cautelar supone una decisión relevante en defensa de la seguridad jurídica, la transparencia y la igualdad de oportunidades en los procesos de acceso al empleo público.

 

CSIF considera fundamental que los procesos selectivos se desarrollen con pleno respeto a los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, evitando cualquier actuación que pueda generar dudas sobre la limpieza, objetividad o regularidad del procedimiento.

 

La suspensión acordada tiene carácter temporal y se mantendrá hasta que se dicte sentencia definitiva, sin que ello suponga prejuzgar el fondo del asunto. Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el plazo de 15 días.

 

Desde CSIF seguiremos actuando allí donde existan indicios de irregularidades en los procesos selectivos, defendiendo tanto los derechos de los aspirantes como la correcta gestión de los recursos humanos en las Administraciones Públicas.

 

La transparencia, la igualdad y la seguridad jurídica son garantías esenciales del empleo público.

 

CSIF Región de Murcia
TodoXTod@s

COMPARTIR