CSIF ERA Informa: CESES OEP TCAE

  • CSIF Informa

2 de abril de 2024

Ante el gran número de consultas recibidas sobre qué vacantes se ofertan en la OEP y cómo van a ser los criterios de ceses, CSIF se ha puesto en contacto tanto con Función Pública como con el ERA.

Lo que se nos ha trasladado es lo siguiente:

Función Pública ha decidido que va a aplicar la sentencia del concurso de traslados también a los ceses de la OEP, lo que supone, que, para poder ofertar un puesto a la OEP, éste ha tenido que ser ofrecido previamente, al menos, una vez, en un procedimiento de concurso. Nos dicen que por tanto ha tenido que quedar desierto en el último concurso de traslados.

Una vez ofertados los puestos que se puedan de un centro, el orden de cese será:  el que tengan el contrato más reciente. Si hubiera varios contratos encadenados, aunque sean de distinta modalidad, se consideraran como uno solo.

¿Cuál es el cambio entonces respecto a los ceses de la OEP anterior?

Antes, si una vacante no había pasado por concurso de traslados no se ofrecía a la OEP, pero sí la persona que la ocupaba podía cesar. Ahora con este criterio de Función Pública de aplicar la sentencia del concurso a la OEP, la vacante no la ofrecen ni la persona puede cesar. No entrando al orden de ceses con el resto.

En base a este criterio que ha decidido aplicar Función Pública, os aclaramos las dudas que nos planteáis:

¿Ofrecen vacantes a la OEP que en el momento del concurso de traslados estaban ocupadas por PERSONAL FIJO?

, si como resultado del concurso de traslados quedaron desiertas.

Ejemplo: una persona fija se trasladó en el concurso a otro centro y dejó libre su vacante, por tanto, por resultas en el concurso de traslados la podían haber ocupado, con lo cual, ha quedado desierta en el concurso y la ofrecen a la OEP y la persona que en estos momentos la ocupa entra en los ceses.

Este caso se da en CPR Castrillón

En el concurso de traslados ofrecían:   

  • 42 Auxiliar Enfermería
  • 2 Auxiliar Enfermería F.S.
  • 9 Auxiliar Enfermería F.P.D

En la OEP ofrecen:

  • 43 Auxiliar Enfermería
  • 2 Auxiliar Enfermería F.S
  • 9 Auxiliar Enfermería F.P.D

Ofrecen 43 puestos a OEP, ya que una persona fija se trasladó a otro centro y dejó libre su vacante en el movimiento del concurso de traslados.

En el caso de Castrillón, por tanto, se ofrecen todas las vacantes ocupadas por personal laboral temporal y el orden de cese es del contrato más reciente al más antiguo.

¿Si una PERSONA FIJA SE JUBILÓ después del concurso de traslados, esa vacante la ofrecen a la OEP y puede cesar la persona que la ocupa?

En este caso no ofrecen su vacante ni puede cesar la persona que ocupa esa vacante ya que en el momento del concurso de traslados estaba ocupada por personal fijo.

Este caso se da, por ejemplo, en el CPR CANAPÉS:

En el concurso de traslados ofrecieron:

  • Auxiliar de Enfermería 14
  • Auxiliar Enfermería F.P.D 7

En la OEP ofrecen:

  • Auxiliar de Enfermería 13
  • Auxiliar Enfermería F.P.D 7

En el concurso de traslados se cubrió 1 y por tanto quedan 13 para ofertar.

En estos momentos en Canapés, hay 15 vacantes ocupadas por personal laboral temporal.

Este año se han jubilado 2 personas fijas en Canapés.  Pues bien, estas 2 nuevas vacantes ocupadas por personal laboral temporal, generadas de las jubilaciones, no las ofertan a la OEP ya que en el momento del concurso de traslados estaban ocupadas por personal fijo y por tanto las personas que las ocupan en estos momentos, no entran en el juego de ceses.

¿Si una PERSONA FIJA, deja su vacante en excedencia por incompatibilidad después del concurso de traslados, esa vacante la ofrecen a la OEP, puede cesar la persona que la ocupa?

Este caso es como el anterior, esta nueva vacante ocupada por personal laboral temporal, NO la ofertan a la OEP porque en el momento del concurso de traslados estaba ocupada por personal fijo y no quedó desierta en el concurso y por tanto la persona que la ocupa en estos momentos no entra en el juego de los ceses. Este caso por ejemplo se da, en Cudillero y Tineo.

¿Si un laboral temporal que ocupaba una vacante que se ofertó en el concurso de traslados, se jubiló después del concurso de traslados o dejó la vacante que ocupaba y otro temporal ocupa su vacante en estos momentos, ese puesto lo han ofertado a la OEP y puede cesar?

Sí, porque el puesto al estar ocupado por personal temporal, fue ofertado en el concurso de traslados y por tanto su puesto se oferta a la OEP y el temporal que lo ocupa entra en los ceses.

¿Se ocupan primero las vacantes libres antes que cesar a nadie?

Este es el criterio que se ha venido aplicando siempre, tanto en el concurso de traslados como en OEP anteriores y no tenemos ninguna información de que vaya a ser de otra forma.

Os informamos, de cómo está la situación en estos momentos, con el criterio que desde Función Pública nos han trasladado que van a aplicar.

Si hay alguna novedad os lo haremos saber.

 

CONTACTA CON NOSOTR@S:

  • BERNAR 658 716 428
  • BELÉN    678 952 540
  • GUMER   688 918 279
  • MARINA  687 490 250

Ficheiros adxuntos

COMPARTIR