Estabilización concurso de méritos cupo discapacidad: publicado el nombramiento en el BOE
- Empleo
- Oposiciones
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Cuerpos Generales de Justicia
7 de novembro de 2026
En cuanto a la publicación de la oferta de destinos, tras la paralización de su publicación en el BOE por causas sobrevenidas, el ministerio informará de la nueva fecha a la mayor brevedad posible.
Plazo para presentar la documentación 10 días hábiles
CSIF informa de la publicación en el BOE de las siguientes resoluciones:
Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
-
Orden PJC/1175/2026, de 29 de octubre, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo extraordinario para acceso por el sistema general de acceso libre, por el sistema de concurso de méritos, reservado a personas con discapacidad, al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/1357/2024, de 19 de noviembre.
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia
-
Orden PJC/1176/2026, de 29 de octubre, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo extraordinario para acceso por el sistema general de acceso libre, por el sistema de concurso de méritos, reservado a personas con discapacidad, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/1357/2024, de 19 de noviembre.
Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia
-
Orden PJC/1177/2026, de 29 de octubre, por la que se publica la relación de personas aprobadas en el proceso selectivo extraordinario para acceso por el sistema general de acceso libre, por el sistema de concurso de méritos, reservado a personas con discapacidad, al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/1357/2024, de 19 de noviembre.
En cuanto a la publicación de la oferta de destinos, tras la paralización de su publicación en el BOE por causas sobrevenidas, el ministerio informará de la nueva fecha a la mayor brevedad posible.
En el plazo de diez días hábiles, desde la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», las personas aspirantes que figuran en el anexo I presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28071 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Unidad EA0041037- Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos, la siguiente documentación:
a) Declaración de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento de ninguno de los cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo II).
b) Las personas aspirantes deberán presentar certificación de los órganos competentes que acredite tal condición de discapacidad (en caso de que ésta no se haya acreditado con anterioridad).
c) Certificado médico oficial que acredite su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo.
d) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, no hayan prestado expresamente su consentimiento para que los datos referidos a su identificación personal y a sus titulaciones o certificaciones académicas puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo, deberán aportar también:
Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas que le capacitan para la obtención del mismo, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición.
En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
e) Las demás personas aspirantes no tendrán que aportar documentación, al haber sido comprobada por la Administración de acuerdo con la información que consta en el sistema de verificación de datos de identidad y registros nacionales de titulaciones académicas de la Administración General del Estado. No obstante, si en cualquier momento anterior al nombramiento como personal funcionario de carrera se tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia de la persona interesada se procederá a su exclusión.
Quienes, dentro del plazo fijado y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.