Fraude de ley en el SPIF

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14 de abril de 2026

La modificación del decreto de listas en el SPIF dinamita los derechos de los trabajadores públicos temporales

Este sindicato se opone de forma rotunda y formal a un texto que, lejos de
modernizar la administración, opta por un modelo fraudulento y de recortes de derechos
históricos. Nuestro posicionamiento es claro ante lo que consideramos un atropello legislativo:

No al "hachazo" del Artículo 15: Rechazamos la eliminación de la distinción entre plazas
vacantes y no vacantes. Hasta hoy, esta diferencia garantizaba que las mejores plazas
fueran para quienes más méritos tenían; su eliminación es un ataque directo a
los principios de mérito y capacidad.

Suspensión de listas: un castigo injustificable. Es inadmisible que aceptar un puesto
suponga la suspensión automática en todas las listas. Los aspirantes han pagado sus tasas
correspondientes por cada lista y tienen el derecho legítimo a ser llamados para plazas
vacantes de mayor estabilidad.

Gestión opaca y arbitraria: La conversión a un sistema de lista única derivará en una
gestión poco transparente. La Administración pretende adjudicar puestos de mayor
duración a candidatos con menores méritos al controlar discrecionalmente el orden y la
fecha de los llamamientos de los puestos a adjudicar.

Fraude de ley en el SPIF: Denunciamos que la "Autorización marco para acumulación de
tareas" en el Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales es una
vulneración del carácter excepcional de esta modalidad de nombramientos. Las
necesidades de la campaña de incendios son estructurales y previsibles, por lo que utilizar
esta figura jurídica, reservada por ley para hechos "extraordinarios y ocasionales", es un
fraude de ley que busca evitar la creación de plazas estables y estructurales

CSIF acusa a la Xunta de Galicia de ignorar las soluciones técnicas, que a lo largo de los años,
este sindicato ha propuesto para resolver los problemas reales de cobertura, entre ellas, la
creación de ámbitos geográficos más reducidos y listas de participación voluntaria para
puestos de jornada inferior a la ordinara o de fin de semana, o la bonificación del tiempo
trabajado como incentivo de méritos para quienes cubran los puestos de más difícil cubertura.

En conclusión, este anteproyecto incumple los principios de necesidad y eficacia. Por todo
ello, CSIF exige la retirada inmediata de la modificación del artículo 15 y la supresión del
apartado 4 de la disposición adicional séptima. No permitiremos que se sacrifique la
transparencia y los derechos de los trabajadores por una supuesta "planificación eficiente"
que solo esconde precariedad.

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