CSIF reclama a Hacienda que habilite crédito en el proyecto de PGE para atender la subida de 2025, entre otras mejoras laborales pendientes

4 de setembro de 2025

Madrid, 3 de septiembre de 2025. La Central Sindical Independiente y
de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las
administraciones pública, se ha dirigido formalmente a la vicepresidenta
primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, para
que habilite el crédito necesario para atender entre otras cuestiones el
incremento de las retribuciones del conjunto de empleadas y empleados
públicos, conforme al PC, con efectos retroactivos al 1 de enero.


CSIF envía esta carta formal, coincidiendo con la publicación en el Boletín
Oficial del Estado de la orden por la que se dictan las normas para elaborar
los Presupuestos Generales del Estado para 2026. A partir de ahora, los
órganos y entidades que forman parte del sector público estatal, deberán
remitir sus presupuestos antes del día 12 de septiembre de este año.


Desde CSIF aprovechamos dicho trámite para reiterar en la necesidad de
que la nueva norma presupuestaria incluya medidas para la mejora de las
condiciones económicas del conjunto de los trabajadores y trabajadoras del
sector público, lo que sin duda redundará en la mejora de nuestros servicios
públicos y en el fortalecimiento de nuestro Estado de Bienestar, la
protección del capital humano con el cuentan nuestras Administraciones y
los derechos de las personas trabajadoras, todos ellos criterios establecidos en la propia norma de presupuestación.
Estas son las medidas que reclamamos:

1. Incremento de las retribuciones del conjunto de empleadas y
empleados públicos, conforme al IPC, con efectos retroactivos
a 1 de enero de 2025.
2. Recuperación del poder adquisitivo perdido, que se sitúa a día
de la fecha en más de un 20%.
3. Recuperación del régimen retributivo previo a los recortes del
año 2010, percibiendo el 100% de las pagas extra.
4. Equiparación salarial para el conjunto de empleadas y empleados
públicos pertenecientes al mismo cuerpo y escala,
independientemente del ámbito territorial o administración donde
desarrollen sus funciones para acabar con las desigualdades
retributivas existentes en la actualidad.
5. Adecuación de los Grupos Profesionales conforme a lo
establecido en el Art. 76 del TREBEP.
6. Carrera Profesional para el conjunto de empleadas y empleados
públicos.
7. Actualización de la indemnización por razón del servicio, tanto
en lo referente a las cuantías por manutención y pernocta como por
el uso del vehículo particular.
8. Homologación retributiva del Personal Laboral en el Exterior,
actualizando sus retribuciones conforme al poder adquisitivo
de cada país.
9. Actualización de las indemnizaciones por residencia cuyas
cuantías llevan más de 25 años sin revisarse, estableciendo
cuantías homogéneas independientemente del territorio de que
se trate.
10. Regulación de que al amparo de la negociación colectiva se puedan suscribir acuerdos que impliquen incrementos retributivos superiores a los establecidos en la propia norma
presupuestaria.
11. Eliminación de la tasa de reposición en la oferta de empleo
público permitiendo que las Administraciones Pública puedan
adaptar las diferentes ofertas de empleo público a la planificación de
recursos humanos y necesidades reales de cada ámbito.
12. Flexibilización de la promoción interna, eliminando los
actuales procesos selectivos, de tal manera que la promoción
interna se vincule a la superación de un curso selectivo
13. El establecimiento de la jornada laboral de 35 horas para el
conjunto de Administraciones Públicas, para evitar una
diferencia de trato entre empleados públicos.
14. La regulación de la jubilación parcial para el personal
funcionario y estatutario, así como su aplicación para el conjunto
de empleadas y empleados públicos independientemente de la
Administración en la que prestan sus servicios.
15. Aplicación de la jubilación anticipada por razón de la actividad para aquellos colectivos cuyos trabajos sean de
naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligros o
insalubre.
16. Incremento de los haberes reguladores de las pensiones del
régimen de Clases Pasivas de tal manera que su cuantía se
homogenice a la cuantía que se percibe en las pensiones del
Régimen General de Seguridad Social.
17. La regulación de la jubilación voluntaria a los 60 años en el Régimen General de la Seguridad Social.

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