MESA SECTORIAL JUSTICIA MADRID – RESOLUCIÓN CONVOCATORIA BOLSAS INTERINOS CUERPOS GENERALES 25 SEPTIEMBRE DE 2025

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29 de setembro de 2025

MESA SECTORIAL JUSTICIA MADRID – RESOLUCIÓN CONVOCATORIA BOLSAS INTERINOS CUERPOS GENERALES 25 SEPTIEMBRE DE 2025

 

El pasado jueves 25 de septiembre se celebró Mesa Sectorial de Justicia para tratar en su orden del día sobre el borrador de la RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA POR LA QUE SE CONVOCAN BOLSAS DE SELECCIÓN DE PERSONAL INTERINO PARA LOS CUERPOS GENERALES AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICI, propuesta desde la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia, y manifestando que se intención es llevar a cabo la convocatoria en los próximos meses.

 

 

Desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid procedimos a realizar las siguientes alegaciones al borrador de propuesta de la Dirección General:

 

 

1º) Reclamamos la inmediata convocatoria de nuevas bolsas de Médicos Forenses y, de nuevo, hemos reiterado la necesidad de regular la convocatoria de bolsas para los Cuerpos Especiales destinados en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid.

 

 

2º) Finalmente va a existir una única bolsa, sin bolsa de reserva.

 

 

3º) En lo relativo a los méritos a valorar, se confirma que la presentación de instancias se realizará de manera telemática, utilizando una aplicación informática específica que se determinará en el momento de la convocatoria.

 

Esta es la propuesta del borrador de Méritos a valorar:

 

 

a) Por cada ejercicio superado en los procesos selectivos de turno libreexcluidos los extraordinarios de estabilizaciónconvocados desde el año 201910 puntos por examen superado hasta un máximo de 40 puntos.

 

En este apartado la Dirección General defiende que NO es posible valorar los ejercicios realizados en la oposición de estabilización por concurso-oposición por impedirlo la normativa que regula dicho proceso selectivo de carácter extraordinario.

 

Su acreditación se hará de oficio por la Dirección General mediante los listados que se le remitan desde el Área de Selección del Ministerio de Justicia.

 

 

b) Por experiencia de al menos tres meses en órganos y servicios jurisdiccionales según el siguiente baremo:

 

- De 15 a 20 años de experiencia: 20 puntos

- De 10 a 14 años de experiencia: 15 puntos

- De 5 a 9 años de experiencia: 10 puntos

- De tres meses a 4 años de experiencia: 5 puntos

 

Solo se tendrán en cuenta los servicios prestados en cada uno de los cuerpos a los que se presente la solicitud de inclusión en Bolsa

 

En este apartado NO se han estimado las alegaciones de CSIF Justicia Comunidad de Madrid solicitando una valoración mayor por acreditar una antigüedad superior a los 20 años de experiencia.

 

Su acreditación se hará de oficio por la Dirección General en el caso de haber prestado la totalidad de servicios en el ámbito gestionado por la Comunidad de MadridEn otro caso, deberán acreditarse por el candidato en su solicitud mediante certificación de los responsables de personal del ámbito territorial correspondiente.

 

 

c) Por estar en posesión del título de graduado o licenciado en Derecho10 puntos.

 

d) Por haber obtenido al menos el 30% de la puntuación máxima posible en el proceso selectivo convocado por Orden PJC/64/2024 de 25 de enero: 5 puntos

 

La Dirección General ha fijado dicho proceso selectivo como el de referencia para llevar a cabo el cálculo.

 

e) Por estar en posesión del título de graduado o diplomado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos o equivalente o del título de graduado o diplomado en Criminología3 puntos

 

 

f) Por acreditar cursos de formación jurisdiccional:  En este apartado aunque inicialmente se establecía en el borrador 2 puntos por cada curso, dado el carácter genérico de dicho cómputo y la vaguedad de su contenido, se ha accedido por la Dirección General a valorar las nuevas alegaciones urgentes que se han realizado ya por CSIF y por las restantes organizaciones sindicales de cara a concretar si existe o no límite temporal de validez de dichos cursos; si existe o no tope máximo de puntuación en este apartado; y si se determinan los centros formativos que imparten la acción formativa para poder ser cuantificadas. Una vez formuladas, mantendremos una nueva reunión en los próximos días para concretar todos estos temas, y os informaremos de como queda finalmente este apartado redactado.

 

 

Finalmente, hay que remarcar que los méritos señalados estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, y que el modelo de solicitud permitirá a los candidatos una auto baremación en función de las puntuaciones señaladas en el apartado anterior, acompañándose de una declaración responsable de veracidad de su contenido de los candidatos, y procediendo la Dirección General a una comprobación aleatoria de las mismas, así como en el momento de ofrecerles un nombramiento.

 

 

4º) Por lo que se refiere a la vigencia de las nuevas bolsas, se establece una duración de 3 años, pero se abre la posibilidad de llevar a cabo actualizaciones de los componentes de las mismas con la incorporación de opositores (que reúnan los requisitos necesarios) de los procesos selectivos posteriores que se realicen en dicho plazo temporal.

 

 

5º) En lo referido a la duración máxima de los nombramientos para ir al final de la bolsa en los casos de cese, finalmente se ha establecido en tres años desde la toma de posesión en el centro de destino al que se encuentre adscrito (si fuera por tiempo inferior se recupera el puesto que se tuviera en el momento del nombramiento). Hay que destacar que aunque en el vigente Acuerdo Sectorial no se contempla dicha duración (y se está todavía pendiente de un pronunciamiento del TJUE sobre la materia) la Dirección General manifiesta que tal limitación viene impuesta tanto por la normativa de contratación de personal temporal de la Comunidad de Madrid, como por imperativo de la Ley 20/21 y el resto de la normativa estatal básica en materia de temporalidad en el ámbito del empleo público (que puede sufrir importantes modificaciones en los próximos meses), y que imponen priorizar la dotación de plazas mediante concursos de traslados y por los aprobados de los procesos selectivos que se convoquen, para alcanzar los objetivos marcados por la Unión Europea en materia de empleo temporal en las Administraciones Públicas.

 

A la vista de todo la anterior, desde CSIF consideramos imprescindible agilizar la convocatoria de las nuevas bolsas y, también, una gestión más eficaz tanto de los concursos de traslados (creando nuevas Unidades Administrativas en el Ministerio de Justicia), como de las oposiciones (suprimiendo la actual limitación de la tasa de reposición) para que las Ofertas de Empleo Público sean cuantitativamente mayores y atiendan a las necesidades de personal de la Administración de Justicia en los próximos años, dada la actual situación que se está produciendo con la caótica implantación de las diferentes fases de los nuevos Tribunales de Instancia (de la que os informaremos en otra circular informativa complementaria junto a los RUEGOS Y PREGUNTAS tratados también en la Mesa Sectorial) ante la inadecuada gestión que se está llevando a cabo por los diferentes responsables orgánicos y funcionales de la gestión de personal, dado que no se respetan los protocolos y modelos de actuación establecidos, y se ve perjudicada la adecuada dotación de plazas en los partidos judiciales afectados.

 

Con el anterior plazo temporal establecido la Dirección General considera que resultará estadísticamente muy complicado que se vuelva a nombrar a un candidato en el mismo centro de destino donde se encontraba nombrado anteriormente y, por lo tanto, la penalización no operaría más que en supuestos excepcionales y, además, considera urgente llevar a cabo la convocatoria de nuevas bolsas y agilizar el trámite de baremación de méritos de los aspirantes, para conseguir solventar la actual situación de falta de cobertura de numerosas plazas por el agotamiento de las bolsas, y contando además con que durante los próximos meses se van a dotar muchas plazas tanto por los aprobados de la Oferta de Empleo Público de 2023/24 y, anteriormente, también por los aprobados del proceso de estabilización.

 

 

6º) Se mantiene la posibilidad de cese por falta de capacidad, a pesar de la oposición formulada desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid, por considerar que debe desaparecer y, en su caso, derivarse al ámbito disciplinario (que presenta mayores garantías para los afectados). 

 

 

Finalmente, los representantes de la Dirección General han manifestado que su voluntad es que se pueda llevar a cabo la convocatoria y entrada en vigor de las nuevas bolsas antes de final de año, una vez estimadas las alegaciones que se presenten a los listados provisionales que se publicarán en primer lugar.

 

 

 

 

Desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid procederemos a analizar con nuestros servicios jurídicos el contenido final de la Resolución de Convocatoria por si finalmente fuera necesario recurrir la normativa que establezca la Administración.

 

 

 

Os mantendremos informados.

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