El Supremo ratifica la sentencia que señalaba que el permiso de cinco días para cuidar familiares puede cogerse después de la hospitalización o el accidente

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25 de febreiro de 2026

El Supremo avala que el permiso de 5 días por cuidados se inicie cuando el trabajador lo necesite -mientras dure el hecho causante-

El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia pionera que marca un antes y un después en la conciliación laboral en España. En un fallo fechado el pasado 4 de febrero, el alto tribunal establece que el permiso retribuido de cinco días para el cuidado de familiares puede iniciarse días después de producirse el hecho causante (enfermedad o accidente), priorizando la necesidad real de cuidado frente a la imposición de las empresas.

Esta sentencia ratifica la labor jurídica de CSIF, ya que el Tribunal rechaza el recurso interpuesto por el Grupo Empresarial Race contra la sentencia de la Audiencia Nacional que nuestro sindicato ya ganó el 12 de septiembre de 2024.

Flexibilidad para una protección real

Hasta ahora, muchas empresas aplicaban este permiso de forma restrictiva, obligando a los trabajadores a consumirlo desde el primer día del ingreso o accidente, independientemente de si el apoyo era más necesario en fases posteriores.

El Supremo aclara que ni el Estatuto de los Trabajadores ni la Directiva Europea imponen una fecha de inicio rígida. Según la Sala de lo Social:

"Una vinculación de su inicio al evento que lo propicia implicaría una devaluación de su potencial protector, al impedir una adecuada planificación de la asistencia a la persona necesitada".

Claves de la sentencia que benefician al trabajador:

  • Inicio a elección del empleado: Se puede empezar a disfrutar el permiso cuando realmente se necesite para organizar los cuidados, siempre y cuando se mantenga el hecho causante (hospitalización o reposo pautado por el especialista)

  • Distribución racional: Permite coordinarse con otros familiares para que el paciente nunca esté desatendido.

  • Días hábiles, no naturales: El permiso debe computarse en días de trabajo, evitando que los descansos semanales o festivos "consuman" el derecho.

  • Modelo de bienestar: El tribunal recuerda que España se basa en un modelo donde la familia es el eje de la cohesión y la protección asistencial.


CSIF logra frenar los abusos de las empresas

Desde la entrada en vigor de este permiso en junio de 2023, CSIF ha detectado múltiples intentos por parte de las compañías para limitar este derecho. Con este fallo, el Supremo confirma que los convenios colectivos solo pueden intervenir para mejorar el régimen de descansos y permisos, nunca para restringirlos.

Desde CSIF celebramos esta decisión que reconoce una interpretación sociológica de la norma: si todos los familiares tuvieran que cogerse el permiso el mismo día, se producirían situaciones ilógicas y se dejaría desasistido al paciente en los días posteriores.

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