Ayudas para alumnos de grado superior de FP beneficiarios de las becas Erasmus + para realizar formación en empresas. Curso 2025-26. Convocatoria. BOCYL 21/09/2026.

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21 de setembro de 2026

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

EXTRACTO de la Orden de 14 de septiembre de 2026, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas complementarias destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar la fase de formación en empresa u organismo equiparado, en el curso escolar 2025/2026.

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

C. SUBVENCIONES

C.2. Convocatorias

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
 
 

EXTRACTO de la Orden de 14 de septiembre de 2026, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas complementarias destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar la fase de formación en empresa u organismo equiparado, en el curso escolar 2025/2026.

BDNS (Identif.): 929616.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/929616)

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS.

Primero. Beneficiarios.

El alumnado de segundo curso de cualquier ciclo formativo de formación profesional de grado superior de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, que haya resultado beneficiario de una beca del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar la fase de formación en empresa u organismo equiparado en el curso escolar 2025/2026.

Segundo. Objeto.

Convocar ayudas complementarias, en régimen de concesión directa al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar la fase de formación en empresa u organismo equiparado en el curso escolar 2025/2026.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden EDU/481/2019, de 17 de mayo, modificada por la Orden EDU/821/2023, de 23 de junio y por la Orden EDU/420/2026, de 8 de mayo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas complementarias destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar la fase de formación en empresa u organismo equiparado.

Cuarto. Cuantía.

1. La cuantía global máxima del crédito asignado a estas ayudas será de cien mil euros (100.000 €) con cargo a la aplicación 07.07.322A02.4803X.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2026.

2. El importe mensual de las ayudas será el resultado de dividir el crédito asignado a esta convocatoria entre el número total de meses de estancia de los beneficiarios, con un máximo de tres meses para cada uno de ellos.

3. La cantidad que se conceda a cada beneficiario será la resultante de multiplicar el importe mensual de la ayuda, obtenida con arreglo a lo dispuesto en el punto 2, por el número de meses, o fracción de la estancia, con un máximo de tres meses, sin que en ningún caso la cuantía de la ayuda complementaria exceda la cuantía de la beca concedida en el marco del programa Erasmus+ y sin que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto de la orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 14 de septiembre de 2026.

La Consejera,

Fdo.: María Pardo Álvarez

 

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