CSIF Cantabria te informa de la publicación en el BOE de la nueva regulación de la jubilación parcial del personal laboral de la AGE
10 de xuño de 2026
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia creciente en el sector privado, te informa de la publicación en el BOE de la Resolución de 5 de junio de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se dictan instrucciones de gestión relativas a la jubilación parcial del personal laboral acogido al IV Convenio Único de la Administración General del Estado.
El «Boletín Oficial del Estado» del 9 de junio de 2026 ha publicado la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se aprueban las nuevas instrucciones de gestión relativas a la jubilación parcial del personal laboral fijo sujeto al IV Convenio Único de la Administración General del Estado. Esta resolución adapta el procedimiento a los cambios introducidos en la normativa de Seguridad Social y sustituye a las instrucciones vigentes desde 2022.
La nueva regulación entra en vigor el 10 de junio de 2026. Como consecuencia de esta publicación, desde el día 10 de junio estará operativa en el Portal FUNCIONA, a través de SIGP, la nueva solicitud electrónica de jubilación parcial para el personal laboral que reúna los requisitos establecidos en la normativa.
IMPORTANTE: Las personas trabajadoras que hubieran presentado con anterioridad una solicitud de acceso a la jubilación parcial deberán tramitar una nueva solicitud a través del procedimiento habilitado en FUNCIONA-SIGP si mantienen su intención de acogerse a esta modalidad de jubilación. En esta nueva solicitud será imprescindible indicar, en el apartado habilitado al efecto, la fecha en la que se presentó la primera solicitud, dato que resultará relevante para la gestión de las peticiones y para la aplicación de los criterios establecidos en la resolución publicada.
Principales novedades
- La obligatoriedad de presentar la solicitud exclusivamente por medios electrónicos a través del Portal FUNCIONA.
- La necesidad de adjuntar un informe de vida laboral actualizado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
- La regulación de nuevos criterios para la contratación de personal relevista, adaptados a las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 11/2024.
- La definición de los porcentajes de reducción de jornada y de las modalidades de acumulación del tiempo de trabajo.
- La creación de un sistema centralizado para la vinculación entre las solicitudes de jubilación parcial anticipada y las personas relevistas.
La resolución mantiene el compromiso adquirido en el IV Convenio Único para facilitar el acceso a la jubilación parcial del personal laboral de la Administración General del Estado, adaptándolo al nuevo marco normativo y garantizando su aplicación efectiva en el conjunto de la AGE.
Se recomienda a las personas interesadas revisar detenidamente los requisitos establecidos y presentar la nueva solicitud a través de FUNCIONA-SIGP a partir del 10 de junio de 2026.