OPOSICIONES MAESTROS 2026.-Listados provisionales de admitidos y excluidos
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- Oposiciones
16 de decembro de 2025
El plazo de presentación de reclamaciones y correcciones de errores será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución (del 17 de diciembre de 2025 al 31 de diciembre de 2025, ambos incluidos).
LISTAS PROVISIONALES DE PERSONAS ASPIRANTES ADMITIDAS Y EXCLUIDAS
- Listas provisionales de personas aspirantes ADMITIDAS accesos LIBRE y RESERVA POR DISCAPACIDAD.
- Listas provisionales de personas aspirantes EXCLUIDAS accesos LIBRE y RESERVA POR DISCAPACIDAD.
- Listas provisionales de personas aspirantes ADMITIDAS acceso NUEVAS ESPECIALIDADES.
- Listas provisionales de personas aspirantes EXCLUIDAS acceso NUEVAS ESPECIALIDADES.
Por aconéixer las condiciones particulares de cada persona aspirando, como por ejemplo, el turno de participación o los motivos de exclusión si hubiera, tiene que realizar una consulta personalizada a través de un trámite telemático en la sede electrónica de la GVA:
- Manual para la consulta personalizada de la admisión y exclusión.
- Acceso a la consulta personalizada de la admisión y exclusión.
Reclamación y corrección de errores
- El plazo de presentación de reclamaciones y correcciones de errores será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la resolución (del 17 de diciembre de 2025 al 31 de diciembre de 2025, ambos incluidos).
Podrán realizar el trámite por vía telemática las personas que se encuentran en las siguientes situaciones:
- Las persones aspirantes excluidas que aparezcan en las listas y desean enmendar el defecto que ha motivado su exclusión.
- Las personas que no figuran habiéndose inscrito y desean reclamar esta situación. En este caso se tendrá que adjuntar a la reclamación el resguardo de registro de la solicitud de inscripción.
- Las personas admitidas y excluidas que hayan detectado errores en la consignación de los datos.
Si la reclamación está relacionada con personas en situaciones de violencia de género, de reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género o de discapacidad y es necesario entregar documentación que acredito estas situaciones, se tendrá que entregar en un trámite adicional para la presentación de documentación sensible (además de registrar el trámite de reclamación). Por lo tanto, en estas situaciones se tendrán que rellenar y registrar dos trámites telemáticos: el trámite de reclamación y el trámite de presentación de documentación sensible.
Documentación a aportar en casos de exclusión:
- No acreditar la titulación requerida (2.1.1.d): copia por ambas caras del título alegado o certificación que acredite la finalización de los estudios y el abono de las tasas de expedición del título con fecha no posterior al 26 de noviembre de 2025. En caso de ser un título obtenido en el extranjero se aportará la declaración de equivalencia.
- No acreditar el requisito del idioma valenciano (2.1.1.h.1): hay que registrar el certificado de nivel C1 o C2; certificado de capacitación en valenciano; o, "Diploma de Mestre de Valenciano" en el servicio de Formación y Acreditación de la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística a través del trámite https://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=21382 y adjuntar el justificante del trámite en la reclamación.
- No se justifica exención/reducción de tasa: carnet de familia numerosa; carnet de familia monoparental; carnet con el grado de discapacidad; medios de prueba previstos en el artículo 9.1, o 9.2 de la Ley 7/2012 de la violencia sobre la mujer. En el caso de no disponer de la documentación necesaria para acreditar la exención o reducción, se tendrá que abonar el importe completo o la diferencia de la tasa que corresponda (si ya se abonó parte del importe) en el mismo trámite de reclamación.
- Tasa seleccionada incorrecta: pago a través del trámite de enmienda de la cantidad no abonada en la solicitud de inscripción.
- No acreditar el tipo de discapacidad (I, II o III): dictamen técnico facultativo.
- No acreditar tener la discapacidad: carnet con el grado de discapacidad y dictamen técnico facultativo.
- No ser funcionario/a de carrera del cuerpo: copia del nombramiento como funcionario/a de carrera del cuerpo. Si por error se inscribió por nuevas especialidades sin ser funcionario de carrera del cuerpo de Maestros tendrá que solicitar el cambio al turno libre o de reserva de discapacidad y abonar la tasa correspondiente si no lo hizo en la inscripción.
Trámite telemático
Reclamación a las listas provisionales de personas admitidas y excluidas: