BOJA. Publicada Resolución por la que se dictan instrucciones en relación con la presentación y tramitación de ayudas por defunción del personal empleado público.

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19 de maiatza de 2026

Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se determinan las modalidades de ayudas de acción social para el ejercicio 2026, se fijan sus cuantías, se distribuye el presupuesto y se dictan instrucciones en relación con su presentación y tramitación.

En la reunión de Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral, celebrada el día 5 de mayo, se ha acordado la recuperación para el ejercicio 2026 de las modalidades de ayudas por defunción del personal empleado público.

Durante el ejercicio 2026 podrán concederse las siguientes modalidades de ayudas de acción social:

a) Ayuda para la atención a personas con discapacidad.

b) Ayuda por defunción del personal empleado público.

c) Ayuda para alquileres.

Instrucciones sobre la presentación y tramitación de las solicitudes de ayuda de acción social por defunción, del personal empleado público.

El plazo de presentación de la solicitud será de un año a contar desde el día siguiente al del fallecimiento, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de ayudas de acción social. No obstante, se admitirán las solicitudes referidas a los fallecimientos ocurridos desde el 1 de enero de 2025.

Las solicitudes se presentarán preferentemente por medios electrónicos, a través del Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de los registros y lugares previstos en el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015.

 La solicitud, irá dirigida a la Secretaría General para la Administración Pública, y deberá formalizarse en el modelo normalizado que se publica con la Resolución.

 

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