Informativo Mesa Técnica PAS
26 de enero de 2023

Buenos días, ayer por la tarde tuvimos Mesa Técnica del PAS donde se trataron los siguientes temas:
- Reglamento e instrucciones sobre teletrabajo. (Documentos en archivos adjuntos)
- Normativa reguladora del periodo de prueba del personal temporal de administración y servicios.
- Modificación RPT 1/2023
Respecto al TELETRABAJO, tras varios meses de trabajo, negociación y exposición pública para el estudio de propuestas, se ha elaborado un reglamento y unas instrucciones a seguir para regular la modalidad de TELETRABAJO del PAS en la Universidad de Murcia. El Reglamento y las instrucciones las puedes ver en archivo adjunto. A grandes rasgos los aspectos más importantes del mismo los resumimos a continuación.
Con carácter general, será susceptible de ser desempeñado en régimen de teletrabajo cualquier puesto de trabajo que, por su naturaleza, no resulte incompatible con esta modalidad de prestación de servicios, a cuyo efecto se estima que existe tal imposibilidad en el caso de los puestos comprendidos entre las exclusiones enunciadas en el siguiente apartado:
- Puestos de trabajo excluidos.
Se estima incompatible con las necesidades del servicio la prestación de servicios a través de la modalidad de teletrabajo en los siguientes casos:
a) Puestos de trabajo que requieran un contacto presencial, directo y frecuente con el público o con otras personas que no resulte compatible con la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo.
b) Puestos de trabajo que, funcionalmente, constituyan por sí una subunidad administrativa, de modo que no sea factible asegurar la cobertura presencial mínima requerida con arreglo al artículo 9.
c) Puestos de trabajo respecto de los que no sea posible establecer la identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento, en términos de calidad de los resultados y, en su caso, de volumen de trabajo a desarrollar.
d) Puestos de trabajo directamente vinculados a la atención o al mantenimiento de edificios, instalaciones o infraestructuras.
e) Puestos de trabajo que requieran un acceso frecuente a datos no informatizados.
f) Puestos de trabajo que precisen el empleo de información masiva no informatizada.
g) Puestos de trabajo que generen información masiva en documentos no informatizados que necesiten ser archivados, en especial si deben ser consultados posteriormente por terceros.
- En virtud de lo previsto en el presente precepto y por razón de la naturaleza y de las condiciones de sus respectivas funciones, no son susceptibles de desempeño en régimen de teletrabajo las categorías de puestos de trabajo relacionadas en el anexo I del Reglamento (de forma general los puestos aquí recogidos no podrán teletrabajar, pero se pueden estudiar de manera individualizada los puestos de aquellas personas que lo soliciten y que puedan desarrollarse por esta modalidad)
-
La Universidad de Murcia proveerá un curso formativo sobre teletrabajo a favor de las personas incluidas en el ámbito de aplicación de este reglamento que deseen ser autorizadas para realizar su actividad profesional en dicho régimen.
-
Con carácter general, la jornada de trabajo se distribuirá de manera que, al menos, dos días a la semana se presten de forma presencial y el tiempo restante mediante la fórmula de teletrabajo, de acuerdo con la jornada y horario ordinario de la persona que teletrabaje. En consecuencia, el teletrabajo podrá desarrollarse durante tres, dos o un día a la semana.
-
En todo caso y con carácter general, la autorización para teletrabajar, así como sus renovaciones ulteriores, en su caso, se concederán por períodos de tiempo determinados no superiores a un año.
-
La aplicación del teletrabajo será objeto de seguimiento y evaluación individualizados, en los términos previstos en el presente reglamento, a través de aplicaciones o herramientas informáticas que permitan apreciar, con indicadores precisos, tanto la óptima prestación de los servicios públicos encomendados como su vinculación con la estrategia general de evaluación del desempeño que, en su caso, se encuentre establecida
-
Para aquellas personas que ya estuvieran teletrabajando a fecha de hoy, si se desea continuar prestando servicios mediante teletrabajo habrá de formularse nueva solicitud, ajustada a la nueva ordenación y a la planificación de la unidad administrativa correspondiente, dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor del Reglamento
-
No se prevé que las peticiones de autorización para realizar teletrabajo solo se puedan presentar en períodos o plazos determinados, sino que se trata de un sistema dinámico que cuenta con la posibilidad permanentemente abierta de formular solicitud.
-
Se dispone la creación de la Comisión de Teletrabajo que elaborará con carácter anual un informe de seguimiento del teletrabajo donde se valoren los datos cualitativos, la medición, y del grado de eficiencia y de eficacia del trabajo desarrollado. En la misma se identificarán las posibles incidencias o deficiencias detectadas, para hacer las propuestas de mejora que pudieran considerarse oportunas.
- La puesta en marcha del TELETRABAJO, una vez aprobado por Consejo de Gobierno y publicado en el BORM, se iniciará para primeros de marzo.
Proyecto de Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia por el que se aprueba el Reglamento regulador del periodo de prueba del personal temporal de administración y servicios de la Universidad de Murcia.
Se va a negociar un reglamento que regule el periodo de prueba de las nuevas contrataciones como personal temporal o interinos.
- El EBEP y otras disposiciones legales establecen que, una vez superado un proceso selectivo, se ha de superar un periodo de prueba para comprobar la idoneidad y aptitud para el puesto de trabajo.
- Para ello, se va a regular un procedimiento donde la Gerencia nombrará una persona empleada pública, como tutor o tutora, que será la responsable de garantizar que el personal en periodo de prueba disponga de todos los medios necesarios para evidenciar su capacitación para el puesto, atendiendo a su formación para el adecuado desempeño de las tareas y de programar las experiencias que, por razón de la naturaleza y caracteres del puesto de trabajo, constituyan el objeto del período de prueba.
- La duración del periodo de prueba para el personal funcionario interino y para el personal laboral temporal será, de acuerdo con el grupo correspondiente, la que se indica a continuación:
a) Subgrupo A1: 3 meses.
b) Subgrupo A2: 2 meses.
c) Grupos C1 y C2: 1 mes.
- Si. durante la realización del periodo de prueba, se considera que la persona con vínculo temporal no reúne las aptitudes necesarias para el desempeño del puesto de trabajo, quien desempeñe la tutoría, mediante informe motivado, dará cuenta al jefe o jefa de la unidad administrativa de adscripción, a Gerencia, y a la parte social para adoptar las medidas adecuadas.
Modificación RPT 1/2023
1º- El puesto código 386, puesto singular de apoyo al Consejo de Dirección se cierra al subgrupo C1 quedando abierto únicamente al subgrupo A2, al estar ocupado con carácter definitivo por personal de dicho subgrupo A2, y en cumplimiento de los acuerdos vigentes.
2º- Se modifica el puesto código 1197 puesto base gestión, modificando su denominación que pasa a ser “puesto base diplomados: gestión de la calidad”, así como su adscripción al cuerpo/escala que pasa del EX11 (exclusivamente cuerpos y escalas de administración general) al EXE5 (exclusivamente cuerpos/escalas calidad e innovación)
En consonancia con lo anterior se modifica asimismo la definición del puesto a D4 (puesto base calidad e innovación) con las funciones generales correspondientes a ese tipo de puesto
Ruegos y preguntas:
- Calendario oposiciones: hemos solicitado que se haga un calendario aproximado de celebración de exámenes de las distintas plazas que se han convocado tanto para concurso de méritos, como de concurso-oposición. Nos indican que están trabajando en ello y nos lo presentarán en breve.
- Promoción interna: una vez publicadas las convocatorias de la OEP, solicitamos a la mayor brevedad el inicio de la negociación de las plazas de promoción interna para regular los PIT de auxiliares de servicios y bibliotecas. Han tomado nota para confeccionar las convocatorias e iniciar el proceso lo antes posible.
- Carrera Profesional: Negociación para la recuperación del 20% que queda pendiente de liquidar del acuerdo de carrera profesional aprobado por Consejo de Gobierno en 2018. Lo tienen en cuenta, y a lo largo del año se negociará la aplicación de ese 20%.
- Concursos específicos: Convocatoria de concursos específicos donde haya vacantes. Lo tienen en estudio para ver las vacantes existentes y proceder a convocarlas por este procedimiento.
- Vestuario: hemos solicitado que se proceda a regular el pago o dotación de la ropa de invierno de 2022. Se procederá al cobro, en su caso, en la nómina de febrero o marzo.
Indicando también los temas que están pendientes de regularización como son:
- Puesta en marcha del grupo de trabajo para la promoción interna en la misma esca de los auxiliares de servicios.
- Revisión acuerdo Jornadas y Horarios
- Regularización Jornadas Especiales
- Gestión listas de espera, mejora empleo
- Desarrollo acuerdo Promoción Interna Temporal
- Actualización normativa provisión puestos de trabajo. Baremos
- Revisión normativa conciliación vida personal y profesional
- Estudio Plantillas...