Acuerdo sobre quinquenios del profesorado a tiempo parcial (asociado y sustituto)

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12 de enero de 2026

Acuerdo sobre quinquenios del profesorado a tiempo parcial (asociado y sustituto)

CSIF Universidad de Murcia informa que, en el marco del procedimiento de mediación tramitado ante la Oficina de Mediación y Arbitraje Laboral de la Región de Murcia, se ha alcanzado un acuerdo con la Universidad de Murcia sobre el reconocimiento y la retribución de los quinquenios del personal docente a tiempo parcial, en particular del profesorado asociado y sustituto

Este acuerdo supone un avance significativo en la aplicación de la doctrina del Tribunal Supremo en materia de igualdad retributiva entre el profesorado a tiempo completo y a tiempo parcial, corrigiendo el doble cómputo de la parcialidad que venía penalizando al colectivo.

CSIF ha participado activamente en todo el proceso de mediación, defendiendo la igualdad retributiva entre el profesorado a tiempo parcial y el profesorado a tiempo completo; la aplicación efectiva de la sentencia del Tribunal Supremo que reconoce el derecho del PDI laboral a tiempo parcial a ser evaluado cada cinco años en las mismas condiciones que el PDI a tiempo completo, con retribución proporcional a la jornada; el reconocimiento específico de los derechos del profesorado asociado y sustituto, figuras especialmente afectadas por la precariedad y por las anteriores interpretaciones restrictivas.

El texto finalmente suscrito incorpora expresamente la prohibición del doble cómputo de la parcialidad y fija un marco más justo para el reconocimiento de los quinquenios de este colectivo. 

Contenido esencial del acuerdo:

De forma resumida, el acuerdo recoge, entre otros, los siguientes puntos:

  1. Cómputo del tiempo para los quinquenios: El tiempo de servicios docentes se computará, a efectos de quinquenios, en los mismos términos que para el profesorado a tiempo completo, es decir, por años naturales, sin coeficientes reductores por parcialidad.
  2. Revisión de los quinquenios reconocidos en la convocatoria de 2025: Para las personas comprendidas en el ámbito del acuerdo que concurrieron a la convocatoria de 24 de enero de 2025 y obtuvieron el reconocimiento de uno o más quinquenios, la Universidad revisará de oficio los tramos concedidos, recalculando el tiempo de servicios conforme al nuevo criterio.
  3. Cuantía del complemento de quinquenio: A efectos de determinar el importe, la figura de referencia pasa a ser la del profesorado permanente laboral a tiempo completo, aplicándose después la proporcionalidad según la dedicación del profesorado asociado o sustituto. 
  4. Compromiso de negociación futura: Se prevé la constitución, antes del 30 de septiembre de 2026, de una comisión técnica en el seno de la Mesa General de Negociación de la Universidad de Murcia para seguir abordando la situación del profesorado asociado y la regulación de los quinquenios. Durante los ejercicios 2026 y 2027 se aplicará el esquema retributivo acordado, sin perjuicio de que pueda ser mejorado en futuros acuerdos. 

IMPORTANTE: Aprobación en el Consejo de Gobierno y protección de derechos individuales

Tal y como se establece en el propio documento, el acuerdo requiere para su plena eficacia la aprobación por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia. Aunque es razonable pensar que dicha aprobación se producirá, no se ha materializado todavía

En paralelo, la Universidad ha venido notificando en las últimas semanas resoluciones individuales sobre reconocimiento de quinquenios (especialmente durante el mes de diciembre), en las que se aplican determinados criterios de cómputo y de cuantía.

Por ello, aquellas personas afectadas que deseen resguardarse y preservar sus derechos frente a una eventual no aprobación del acuerdo y/o la imposición de estas resoluciones, pueden:

  • Presentar recurso de reposición contra la resolución recibida, o
  • Registrar un escrito ante la Universidad manifestando su disconformidad y dejando constancia de que se reservan las acciones que pudieran corresponderles.

La interposición de estos escritos no es incompatible con las mejoras introducidas por el acuerdo; al contrario, puede reforzar la posición jurídica de cada afectado ante eventuales discrepancias futuras.

CSIF se pone a disposición del profesorado asociado y sustituto para:

  • revisar individualmente las resoluciones recibidas,
  • asesorar sobre la conveniencia de presentar recurso o escrito, y
  • acompañar en todo el proceso de defensa de sus derechos retributivos.

Compromiso de CSIF

Desde CSIF entendemos este acuerdo como un paso adelante importante, fruto de la presión sindical y de la claridad de la jurisprudencia, pero no como el punto final:

  • seguiremos trabajando para que se corrijan definitivamente las desigualdades que aún persisten en las condiciones laborales y retributivas del profesorado asociado y sustituto;
  • y velaremos porque la Universidad aplique en todos sus términos la doctrina del Tribunal Supremo y del Derecho de la Unión Europea en materia de igualdad y no discriminación del personal a tiempo parcial.

 

Agradecer la predisposición de la Universidad a través del  Vicerrectorado de Profesorado y la Asesoría Jurídica, y a las Secciones Sindicales (CSIF, CCOO, y UGT) que han participado en la conclusión de este acuerdo.

 

Para cualquier consulta, puedes contactar con la sección sindical de CSIF Universidad de Murcia 

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