JUBILACIÓN PARCIAL: EL TIEMPO EMPIEZA A DAR LA RAZÓN A CSIF
5 de noviembre de 2026
JUBILACIÓN PARCIAL: EL TIEMPO EMPIEZA A DAR LA RAZÓN A CSIF
CSIF no se inventa nada. Llevamos tiempo advirtiendo de los problemas de la disposición transitoria y ahora otras organizaciones sindicales empiezan a reconocerlos.
Nos alegra comprobar que ISA se pronuncia en la misma línea que CSIF y reconoce que la disposición transitoria no garantiza, en estos momentos, la jubilación parcial a todas las personas que cumplen los requisitos si no existen relevistas suficientes.
Es precisamente lo que venimos denunciando desde el principio.
En Asturias, el retraso acumulado en la ejecución de los procesos selectivos ha limitado la incorporación de personal laboral fijo procedente de ofertas ordinarias desde abril de 2024. A ello se suma otra cuestión que sigue sin ser aclarada: si existe personal suficiente y si se cumple la correspondencia exigida entre las bases de cotización de las personas jubiladas parcialmente y sus relevistas.
¿Qué significa esto? Que la disposición transitoria no garantiza la jubilación parcial para todas las personas que tienen derecho a solicitarla de aquí a abril de 2027.
CSIF lo lleva diciendo desde el primer día.
PERO HAY ALGO EN LO QUE DISCREPAMOS CON ISA
ISA plantea la necesidad de aprobar una OEP extraordinaria para incorporar las plazas de los relevistas.
Desde CSIF defendemos que no es imprescindible aprobar una OEP extraordinaria para poder comenzar a aplicar la jubilación parcial.
¿Y por qué lo decimos? Porque no es una interpretación que nos hayamos inventado. Lo establece el propio Real Decreto-ley 19/2026, de 29 de junio.
Su artículo único, apartado c), contempla expresamente que, si no fuera posible incluir las plazas en la oferta de empleo público del ejercicio correspondiente, se incorporarán a la siguiente.
¿Qué supone esto en Asturias?
Que, si las plazas no han podido incorporarse a la OEP de 2026 ( ya fue aprobada) pueden incluirse en la de 2027.
Y que esa circunstancia no impide, por sí sola, contratar personal relevista temporal a jornada completa, simultáneamente al reconocimiento de la jubilación parcial.
La norma permite precisamente acudir a esta contratación temporal mientras se tramita y resuelve el proceso selectivo que dará cobertura definitiva a las plazas mediante personal fijo.
Por tanto, no es necesario inventar nuevas fórmulas ni exigir una OEP extraordinaria como única salida. La legislación ya contempla una alternativa.
Lo que exigimos es que el Gobierno del Principado aplique el Real Decreto.
CADA VEZ SOMOS MÁS LOS QUE ADVERTIMOS DEL PROBLEMA
Nos alegra que otra organización sindical empiece a reconocer las limitaciones de la disposición transitoria.
Pero reconocer el problema no basta. Hay que evitar que se firme un acuerdo que deje fuera a una parte de las personas que hoy podrían acceder a la jubilación parcial por la vía ordinaria prevista en el Real Decreto-ley.
Por eso, pedimos a quienes tienen intención de respaldar la propuesta del Gobierno que reflexionen antes de firmar.
CSIF seguirá defendiendo la aplicación del Real Decreto-ley 19/2026 que es el que permite a todos los que cumplís los requisitos ahora y a los que los cumpliréis a partir de abril de 2027, jubilaros parcialmente.
Entonces, ¿qué tiene que hacer el Gobierno del Principado para aplicar YA la jubilación parcial?
Pues, aunque parezca increíble, algo tan sencillo como APLICAR EL REAL DECRETO-LEY Y CONTRATAR RELEVISTAS TEMPORALES AL 100 % e incluir esas plazas en la próxima oferta de empleo.
¡Ni fórmulas mágicas, ni inventos, ni más excusas!
La solución está en la ley. Solo falta voluntad para aplicarla.
CCOO y UGT ya pusieron su firma para dejar a los empleados públicos sin jubilación parcial. ¡Que no vuelvan a firmar otro acuerdo que nos la vuelva a arrebatar!