Se aprueba la convocatoria pública de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género y/o violencia vicaria y a hijas e hijos de víctimas mortales por violencia de género para el ejercicio 2026
30 de junio de 2026
El Principado de Asturias ha aprobado la convocatoria de ayudas 2026 destinadas a:
-
Mujeres víctimas de violencia de género o violencia vicaria, en situación de vulnerabilidad económica.
-
Hijas e hijos de mujeres asesinadas por violencia de género, hasta los 26 años.
Estas ayudas buscan apoyar la recuperación, autonomía y estabilidad económica de las personas afectadas.
🟡 ¿Quién puede solicitar estas ayudas?
1. Hijas e hijos de víctimas mortales
Según el documento: “Ser hija o hijo hasta los veintiséis años de edad, inclusive, huérfana/o de una mujer asturiana o empadronada en el Principado de Asturias en el momento en que se produjo el asesinato.”
Requisitos principales:
-
Tener hasta 26 años.
-
Residencia legal en España y empadronamiento en Asturias.
-
Ingresos mensuales ≤ 3 veces el IPREM.
-
Posibilidad de complemento si existe discapacidad ≥ 65% derivada de la violencia.
2. Mujeres víctimas de violencia de género o violencia vicaria
El documento indica: “Ser víctima de violencia de género y/o violencia vicaria según los criterios explicitados en la base cuarta.”
Requisitos principales:
-
Ser mayor de edad o emancipada.
-
No convivir con el agresor.
-
Empadronamiento en Asturias y residencia legal en España.
-
Ingresos mensuales ≤ 3 veces el IPREM.
-
Informe positivo del Centro Asesor de la Mujer.
🟢 Importe de las ayudas
Hijas e hijos de víctimas mortales
-
9.000 € al año, renovables hasta los 26 años.
-
Si existe discapacidad ≥ 65%: +50% adicional.
Mujeres víctimas de violencia de género o vicaria
-
3.000 € al año, durante hasta 3 años (consecutivos o no).
-
Si existe discapacidad ≥ 65%: +100% adicional.
🔵 Cómo solicitar la ayuda
Según el documento: “La solicitud deberá presentarse a través del correspondiente formulario normalizado… introduciendo el código AYUD0325T01 en el buscador.”
-
Presentación online en la Sede Electrónica del Principado de Asturias.
-
Plazo: 20 días hábiles desde la publicación del extracto en el BOPA. Desde 1/7/2026 hasta 28/7/2026 (ambos incluidos)
-
Se debe aportar la documentación indicada (DNI/NIE, empadronamiento, informe del CAM, renta, etc.).
🟣 Otros aspectos importantes
-
Las ayudas se conceden por orden de llegada de solicitudes completas.
-
Son compatibles con otras ayudas públicas o privadas.
-
El pago se realiza en un único ingreso tras la resolución.
-
Si se reanuda la convivencia con el agresor, la ayuda se revoca.