JUBILACIÓN ANTICIPADA AGENTES DEL MEDIO NATURAL
15 de enero de 2026
JUBILACIÓN ANTICIPADA AGENTES DEL MEDIO NATURAL.
Con la aprobación de la Ley Básica de Agentes Forestales y Medioambientales, fruto del trabajo de organizaciones sindicales como CSIF, que llevamos años trabajando por una ley así, se consiguió que se incluyera la jubilación anticipada para este colectivo.
Posteriormente, mediante el Decreto 919/2025, de 15 de octubre, se estableció el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de agentes forestales y medioambientales al servicio de las administraciones públicas, pudiendo adelantar la edad legal de jubilación en 5 o 6 años, en función de los años cotizados, pero su entrada en vigor estaba supeditada a la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2026 o una norma legal que estableciese la cotización adicional.
Finalmente, esa cotización adicional se reguló en el Real Decreto-Ley 16/2025, por lo que ese derecho ya está plenamente reconocido y podrán optar a la jubilación anticipada todos aquellos que reúnan los requisitos, que serían los siguientes:
- Tener mínimo 15 años cotizados como Guarda/Agente del Medio Natural funcionario.
- Tener la edad legal para poder jubilarse. En el caso de superar los 25 años de servicio, ese adelanto sería de 5 años sobre la edad actual de jubilación (66 años y 10 meses, salvo que se tengan cotizados 38 años y 3 meses, en cuyo caso la edad legal de jubilación serían los 65 años.)
¿Cómo solicitar la jubilación anticipada?
1. Pedir cita en las distintas sedes de la Seguridad Social.
2. Solicitar a la Dirección General de Empleo Público un certificado de servicios prestados, a través de este enlace o mediante solicitar presentada por registro presencial:
https://miprincipado.asturias.es/-/dboid-6269000011850757307573
3. Solicitar a la Secretaría General Técnica un certificado con los días de ausencia al trabajo que no sean computables para el cálculo de la jubilación (licencias sin sueldo, permisos no retribuidos, etc.)
4. El día de la cita con la Seguridad Social, aportar esos dos documentos, junto con el Certificado de Empresa que adjuntará a esos documentos el Principado de Asturias.
Para cualquier otra aclaración, estamos a vuestra disposición.