CUANDO SE PIERDE LA BRÚJULA… BASTA CON MIRAR EL BOPA
- Asesoría Jurídica
- Boletines y publicaciones CSIF
- Elecciones Sindicales
- Otros artículos
14 de enero de 2026
En las últimas fechas nos están llegando avisos sobre campañas que parecen emprendidas sin brújula, sin mapa y, sobre todo, sin haber mirado el boletín oficial correspondiente.
Una de estas iniciativas, presentada como una “reivindicación urgente”, pretende arreglar o vender una supuesta solución cuando, en realidad, la cuestión ya está resuelta por ley desde hace casi dos años.
La insistencia en presentarlo como novedad invita, cuanto menos, a la reflexión.
Cuando uno se siente perdido, siempre hay dos opciones: buscar un explorador improvisado… o abrir el boletín oficial.
Y en este caso no hace falta ir muy lejos. Basta con consultar el BOPA de 24 de marzo de 2023 (BOPA n.º 58), donde se publica la Ley del Principado de Asturias 2/2023, de Empleo Público.
En su artículo 128, la ley establece de forma clara y literal que el personal docente no universitario contará con DOS JUNTAS DE PERSONAL DIFERENCIADAS:
-
Una Junta de Personal para el Cuerpo de Maestros (Educación Primaria).
-
Otra Junta de Personal para el resto de cuerpos docentes no universitarios, incluyendo Secundaria, FP, Enseñanzas Artísticas y enseñanzas de régimen especial.
Es decir, la división de los ámbitos de representación docente ya está aprobada, vigente y publicada desde marzo de 2023.
No es una propuesta, no es una negociación pendiente ni una conquista futura: es derecho positivo en vigor.
Conviene recordar, que la Ley de Empleo Público del Principado de Asturias se aprobó cuando ya existían órganos de representación docente válidamente constituidos. Por este motivo, y conforme a las reglas básicas de la representación sindical, el nuevo modelo de Juntas de Personal se aplicará en el momento en que se celebren las próximas elecciones sindicales, sin que ello afecte a los mandatos actualmente en vigor.
Conforme al Real Decreto 1844/1994, el mandato de los representantes electos se mantiene hasta la finalización del período legal o la celebración de nuevas elecciones válidamente convocadas. Por tanto la puesta en funcionamiento de dos Juntas de Personal diferentes no depende de peticiones, campañas, ni nuevas reivindicaciones, sino del cumplimiento normal de los plazos legales, ya que se trata de una previsión ya aprobada por ley que simplemente requiere tiempo para hacerse efectiva.
Por eso resulta llamativo que ahora se presente como si hubiera que “descubrir” algo que lleva tiempo perfectamente cartografiado en la normativa autonómica.
En ocasiones, no hace falta ni una brújula nueva ni una expedición épica: basta con leer la ley ya publicada.
Desde CSIF Asturias consideramos fundamental ofrecer al profesorado información clara, contrastada y jurídicamente sólida, evitando confusiones innecesarias. Todo el mundo puede equivocarse —también nosotros—, pero la representación sindical debe apoyarse en el conocimiento riguroso del marco legal, no en relatos que ignoran lo que ya está escrito en el boletín oficial.
Desde CSIF Asturias seguiremos defendiendo una representación eficaz, transparente y ajustada a derecho para todo el profesorado asturiano, con la convicción de que la mejor orientación siempre empieza por saber dónde estamos… y por conocer las normas que YA nos marcan el camino.