EL ERA TIENE QUE PUNTUAR LO MISMO QUE EL SESPA
24 de mayo de 2024

Reciente sentencia del Tribunal Supremo de fecha 22 de abril de 2024 reconoce que:
Los servicios sanitarios prestados en residencias de mayores pueden alcanzar la categoría de institución sanitaria.
Un servicio sanitario puede estar integrado en una organización cuya actividad principal puede ser no sanitaria.
La unidad de asistencia médica de una residencia de mayores puede tenerse, a estos efectos, como institución sanitaria porque en ella se presta “actividad sanitaria”. Es un servicio sanitario prestado fuera de un “centro sanitario”.
CSIF ya ganó sentencia en el año 2007, tras ir al Juzgado de lo Contencioso contra el SESPA y todos los sindicatos. Luego recurso al Tribunal Superior de Justicia, y luego al Supremo ( 4 años de pleitos) y lo conseguimos.
El SESPA se vio obligado a rebaremar todo y seguidamente, presionado por los sindicatos fuertes en sanidad, volvieron a cambiar el pacto de contrataciones, para que la sentencia ya no fuera de aplicación, pues se trataba de un pacto nuevo.
En esta ocasión, la sentencia del Tribunal Supremo es mucho más clara, concisa y concreta, y deja claro que los servicios de las residencias son servicios sanitarios.
CSIF defiende la legalidad, ayer, hoy y siempre.
Otros, sin embargo, van contando cuentos, en el SESPA, ojito que vienen los del ERA y en el ERA diciendo que es el SESPA el que no quiere.
Los que no quieren son los sindicatos que están en el pacto de contrataciones: USIPA, UGT, CORRIENTE, SATSE, USAE Y CCOO.
CSIF entrará en sanidad, en la Mesa Sectorial el próximo noviembre, gracias a vuestros votos en las últimas elecciones.
Es el momento de modificar el pacto ya, el pacto de contrataciones no está por encima de las sentencias del Supremo.
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