RESUMEN DEL REAL DECRETO 402/2025, DE 27 DE MAYO
28 de mayo de 2025

Este real decreto regula el procedimiento previo para determinar en qué casos puede anticiparse la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores, en actividades u ocupaciones consideradas penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres, con altos índices de morbilidad o mortalidad.
Objetivo
Establecer un marco reglamentario para:
• Identificar profesiones que justifican una jubilación anticipada.
• Regular el procedimiento para aplicar coeficientes reductores.
• Asegurar que dicha reducción solo se permita si no es viable mejorar las condiciones laborales.
Ámbito de aplicación
Afecta a:
• Personas trabajadoras por cuenta ajena o propia.
• Empleados públicos.
• No aplica a actividades que ya tienen un régimen de jubilación anticipada.
Requisitos principales
• Acreditación de un mínimo tiempo trabajado en condiciones penosas.
• No se podrá acceder a la jubilación antes de los 52 años.
• No se permite compatibilizar la jubilación anticipada con el mismo trabajo que originó la reducción.
• La aplicación de estos coeficientes implicará una cotización adicional a la Seguridad Social, compartida entre empresa y trabajador.
Procedimiento
1. La solicitud debe ser presentada por:
- Organizaciones sindicales y empresariales (cuenta ajena).
- Asociaciones profesionales (autónomos).
- Administraciones públicas (empleados públicos).
2. Se elaborarán informes técnicos sobre morbilidad, mortalidad y siniestralidad.
3. Intervendrán:
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
- Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Inspección de Trabajo.
- Ministerio de Transformación Digital (en caso de empleados públicos).
4. La Comisión de Evaluación emitirá un informe final que puede derivar en la aprobación de un nuevo real decreto para aplicar la reducción.
Garantías
• Revisión obligatoria de los coeficientes cada 10 años.
• Audiencia pública y participación de los interesados.
• Recurso de alzada en caso de resolución desfavorable.
Disposiciones adicionales
• Se creará un grupo de trabajo para analizar la dimensión de género y la penosidad asociada a la edad.
• Deroga expresamente el Real Decreto 1698/2011.
Entrada en vigor
• A los 20 días desde su publicación (BOE n.º 128, 28 de mayo de 2025).