Medidas extraordinarias para el personal de Justicia afectado por los incendios en Ávila, Castellón, Madrid y Toledo
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28 de julio de 2026
La Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia ha dictado una resolución con medidas extraordinarias para garantizar la continuidad del servicio público de Justicia ante los incendios que afectan a las provincias de Ávila, Castellón, Madrid y Toledo y las restricciones de movilidad derivadas de esta emergencia.
La resolución establece que el personal de las oficinas judiciales que resida en municipios afectados por confinamientos deberá comunicar su situación a la Secretaría de Coordinación Provincial o a la Gerencia Territorial correspondiente, indicando los medios de que dispone para poder desempeñar sus funciones a distancia. Esta medida también será de aplicación al personal destinado en las Oficinas de Justicia en el Municipio de Ávila y Toledo.
Asimismo, cuando una Oficina Colaboradora del Registro Civil no pueda prestar servicio como consecuencia de los incendios, la Oficina General de la que dependa garantizará la atención a la ciudadanía y la tramitación de los expedientes, pudiendo los usuarios acudir a la oficina cabecera o a la Oficina General correspondiente.
Por último, el personal de la Administración de Justicia que tenga dificultades para desplazarse a su centro de trabajo debido a evacuaciones o a limitaciones de la red viaria deberá comunicar esta circunstancia a la Secretaría de Coordinación Provincial o a la Gerencia Territorial para que puedan adoptarse las medidas organizativas oportunas. El objetivo de todas estas actuaciones es mantener, en la medida de lo posible, la prestación del servicio público de Justicia durante la situación de emergencia.
Os recordamos que CSIF viene reclamando la implantación efectiva del teletrabajo en la Administración de Justicia como una modalidad de organización del trabajo integrada en la regulación de la jornada laboral. Asimismo, hemos defendido que esta herramienta pueda activarse de forma específica en situaciones extraordinarias, como la actual, cuando circunstancias excepcionales impidan o dificulten la prestación presencial del servicio.
Emergencias como los incendios, fenómenos meteorológicos adversos o cualquier otra situación que limite o imposibilite el desplazamiento al centro de trabajo ponen de manifiesto la necesidad de contar con un marco regulador que permita la prestación de servicios a distancia cuando las funciones del puesto lo hagan posible, garantizando tanto la continuidad del servicio público como la seguridad del personal.
En este sentido, CSIF logró incorporar el teletrabajo en el Acuerdo de 8 de enero, lo que permitió la posterior modificación de la LOPJ para dar cobertura legal a esta modalidad de prestación de servicios. Sin embargo, su aplicación sigue pendiente del necesario desarrollo. Por ello, CSIF exige que se impulse de forma inmediata su regulación.