Tras las gestiones de CSIF con la Gerencia y el Ministerio, la Gerente revoca 21 de los 27 ceses de interinos en la AN
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9 de enero de 2026
Para CSIF no es suficiente y, además, exige que la Gerente aplique la normativa establecida para el acoplamiento tras el acuerdo firmado el 8 de enero de 2025. El Ministerio de Justicia, ha reiterado a CSIF que en el caso de los interinos el acuerdo es claro:
- El proceso de acoplamiento tiene sus propias reglas contenidas en la Resolución de la Secretaria General de 5 de marzo en la que, claramente, se expresa la voluntad de que se continue trabajando bien en el puesto en el que se acople el titular a quien se está cubriendo; bien en alguna de las vacantes existentes.
- Los interinos cesan (en realidad todo el personal de Justicia cesa pues los puestos de trabajo se cambian), pero se trata de un cese sin interrupción (sin pasar por la bolsa como se empeña la Gerente). Es decir, un cese en el que se mantenga la antigüedad, las vacaciones y los días de asuntos propios.
- Que el nombramiento en otro puesto, en el caso de interino de vacante, se produce siempre y cuando no se produzca una causa de cese ordinaria (salvo claro está el acoplamiento) que hubiera motivado el cese en el modelo organizativo anterior.
En la reunión de ayer, y previamente también al Ministerio de Justicia, CSIF ha exigido a la Gerencia la revocación de los ceses y nombramientos con fecha de 31 de diciembre para los nuevos puestos que queden vacantes tras el acoplamiento, sin merma de retribuciones ni de otros derechos como vacaciones y días de asuntos propios. Todo ello en cumplimiento del acuerdo firmado el 8 de enero de 2025 y recogido en la normativa aplicable al proceso de acoplamiento. Todo ello se hará realidad para 21 de las 27 personas afectadas en estos días, tras la rectificación de la Gerencia en el día de ayer.
No obstante, la Gerencia sigue equivocándose gravemente al interpretar la Resolución de la Secretaria General de Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia de la que depende la Gerencia. En consecuencia, tras la reunión, CSIF se ha vuelto a poner en contacto con el Ministerio para reclamar que cumpla con lo que se ha acordado en relación con el proceso de acoplamiento. El Ministerio se ha comprometido a hablar de nuevo con la Gerente.
CSIF va a seguir peleando para conseguir que los 6 compañeros/as que faltan por ubicar en la nueva organización puedan seguir trabajando dando continuidad a la prestación de servicios. No obstante, frente a determinadas manifestaciones. CSIF reitera que el acuerdo de 8 de enero de 2025 significó la obligación del Ministerio de Justicia de negociar las relaciones de puestos de trabajo y el mantenimiento de las plantillas sin reducción alguna. Antes de ese acuerdo el Ministerio mantenía que las rpts no se negociaban y había una intención clara y manifiesta de reducir el número de efectivos de las plantillas.
En esa negociación, CSIF:
- se opuso, como lo hemos hecho siempre, a la existencia de puestos de libre designación y;
- advirtió del problema de falta de efectivos que iba a suponer la proliferación de los mismos en la Audiencia Nacional entre otras razones por la conversión de puestos de Tramitación en puestos de Gestión.
A este respecto, conviene aclarar que la posibilidad de conversión de puestos de trabajo de un cuerpo a otro no es consecuencia del acoplamiento. Se trata de una medida que siempre se ha podido adoptar conforme a la LOPJ y, de hecho, hay varios ejemplos de esa conversión en puestos de trabajo antes de este proceso de acoplamiento. Quien dice lo contrario sabe que es así y, en consecuencia, no dice la verdad porque no le viene bien decirla.
Además, no es cierto que haya pérdida de retribuciones ni totales ni parciales. Existe una cláusula de mantenimiento del derecho a realizar guardias y cobrarlas, siempre que se hagan por el personal que venía realizándolas, aunque su nuevo puesto no tenga el código de guardia correspondiente.
Además, se garantizan las retribuciones complementarias fijas en todo caso, incluso en aquellos compañeros/as que venían cobrando un complemento específico superior, aunque en su nuevo puesto no venga consignado ese complemento superior. (es lo que se conoce como “mochila”)
Es más, en la Audiencia Nacional, se han incluido en el complemento específico la penosidad, que no era un complemento fijo sino productividad, y que se venía cobrando en determinados destinos y, en otros casos, esa penosidad se sigue cobrando como mochila.
Además, se ha conseguido en la negociación que se mantenga una retribución que no era fija ni mucho menos como son las prolongaciones de jornada. Es cierto, que se han visto interrumpidas porque el aplicativo AINOA debía ser adaptado a los nuevos destinos. En cuanto saltó la noticia de la interrupción CSIF se puso en contacto con el Ministerio quien nos confirmó ese extremo, y nos comunicó que, una vez solventado ese asunto, ya se podían volver a registrar dichas prolongaciones.
Finalmente, en relación con la movilidad. La voluntad inicial de TODAS las administraciones era aplicar los modelos organizativos de forma forzosa. Sólo la negociación permitió introducir elementos de voluntariedad en la adjudicación de puestos dentro del proceso de acoplamiento y consiguió que los nuevos destinos no afectaran a los periodos de congelación o descongelación.
A partir de aquí, no vamos a entrar en descalificaciones ni en discusiones estériles. Seguimos defendiendo TODOS los intereses y derechos de TODO el personal de Justicia mientras, otros viven del conflicto permanente.