Campaña de Renta 2023

  • Empleo
  • Otros Empleo
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Cuerpos Especiales de Justicia
  • Cuerpos Generales de Justicia
  • Otros Cuerpos de Justicia

22 de marzo de 2024

-La campaña comienza el próximo 3 de abril, y se extenderá hasta el 1 de julio
-Recuerda que puedes deducir tu cuota de afiliación a CSIF

Desde CSIF os dejamos el calendario de la declaración de la renta 2023.

RECUERDA QUE TU AFILIACIÓN A CSIF DESGRAVA: marca la casilla 14.  Pregunta a tu delegado CSIF por nuestros servicios para afiliados.

Como en las pasadas campañas se podrá acceder al borrador o a los datos fiscales, a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración del portal de la Agencia Tributaria en la sede electrónica, utilizando certificados electrónicos reconocidos y el sistema Cl@ve PIN, y mediante la aplicación para dispositivos móviles.

Asimismo, os recordamos que aquellas personas, titulares o interinos, que se encontrasen inscritos como demandantes de empleo y al conseguir trabajo hayan trasladado su residencia a otra localidad podrán beneficiarse de la deducción por movilidad geográfica contemplada en el artículo 19.2.f de la Ley del IRPF.

Dicho gasto será aplicable solo en los rendimientos del trabajo obtenidos en el año que hayan sido generados por dicha movilidad, por lo que el resto de rendimientos no podrán disfrutar de dicho beneficio (rendimientos anteriores a la movilidad, rendimientos obtenidos si cambia de trabajo, rendimientos obtenidos después de ser despedido...).

Requisitos:

  1. Que se trate de desempleados inscritos en la oficina de empleo.
  2. Que acepten un puesto de trabajo situado en un municipio distinto al de su residencia habitual.
  3. Que el nuevo puesto de trabajo exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio.

Cuantía:

  • 2.000 € con carácter general
  • Para trabajadores activos con discapacidad:
    • 3.500 €: Igual o superior al 33 por 100 e inferior al 65 por 100
    • 7.750 €: Igual o superior al 65 por 100 o que acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, aunque no alcancen el 65 por 100 de discapacidad

Se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.

  • Si en tributación conjunta hay más de un contribuyente con derecho a aplicar el gasto deducible por ese concepto, el importe total que podrá ser objeto de deducción será de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto.

Acreditación:

Certificado de la inscripción como demandante de empleo y los correspondientes certificados de empadronamiento.

El grado de discapacidad exigido deberá acreditarse conforme a lo previsto en el artículo 72 del Reglamento del IRPF.

INFORMA

Otra información:

Imputación incrementos retribución del personal al servicio del sector público (art. 19.Dos.2.b) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre) a incluir en Renta 2024 (a declarar en 2025)

 

Cita Previa:  para que la Agencia Tributaria te confeccione tu declaración de Renta 2023 es necesario solicitar cita previa.

  • Desde el 29 de abril para confeccionártela por TELEFONO.
  • Desde el 29 de mayo para confeccionártela en OFICINA.
  • Fin solicitud cita: 28 de junio

 

CALENDARIO PRINCIPAL

  • 3 de abril: inicio presentación renta por internet 
  • 7 de mayo: Inicio presentación Renta WEB atención telefónica (PLL)
  • 29 de mayo: Inicio solicitud de cita para atención presencial
  • 3 de junio: Inicio presentación renta atención presencial (oficinas)
  • 26 de junio: Ten en cuenta que la fecha límite para efectuar la domiciliación bancaria del pago si la declaración resulta a ingresar es el 26 de junio.
  • 1 de julio: último día para la presentación de la declaración de la renta.

ARCHIVOS ADJUNTOS

GALERÍA

COMPARTIR