CSIF gana una sentencia a la Junta que impedía elegir plaza y tomar posesión a un empleado público tras haber cumplido los 65 años
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6 de febrero de 2026
La organización sindical recuerda que todos aquellos que estén participando o quieran participar en futuras oposiciones pueden incorporarse a la plaza obtenida, incluso después de cumplir los 65 años si no han llegado a la jubilación forzosa
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) en Extremadura ha ganado una sentencia, en nombre de un trabajador afectado, a la Junta de Extremadura que le impedía elegir plaza y tomar posesión de la misma tras haber cumplido los 65 años de edad.
CSIF ya advirtió a la Junta de Extremadura que se estaba obrando de manera ilegal con todos aquellos trabajadores a los que se les estaba negando la posibilidad de tomar posesión de la plaza por haber traspasado la edad de 65 años, considerando que esta edad era la forzosa para la jubilación. Sin embargo, la administración no estaba teniendo en cuenta el Decreto Legislativo 8/2015 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Este decreto legislativo dispone que la edad legal de jubilación forzosa del beneficiario se producirá cuando se alcance la edad y periodo de cotización establecidos para cada ejercicio.
El fallo de esta reciente sentencia estima el recurso presentado por la asesoría jurídica de CSIF y revoca la resolución por la que se desestimaba el Recurso de Alzada interpuesto por el trabajador.
Desde CSIF se recuerda a todos aquellos que estén participando o quieran participar en futuras oposiciones que, cumpliendo los requisitos de la convocatoria, podrían incorporarse a la plaza obtenida, incluso después de cumplir los 65 años, siempre y cuando no hayan llegado a la edad de jubilación forzosa establecida en la Ley General de la Seguridad Social.