CONVOCATORIA CONCURSO MÉRITOS INSPECTORES

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25 de noviembre de 2025

RESOLUCIÓN de 17 de noviembre de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se hace pública la convocatoria de concurso de méritos para la provisión con carácter temporal de puestos de trabajo en la Inspección Educativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Uno. Objeto, estructura del procedimiento

1. El objeto de esta resolución es convocar un procedimiento para la constitución de una bolsa de trabajo extraordinaria para la provisión de puestos de trabajo de carácter temporal en la Inspección Educativa.

2. El procedimiento se desarrollará en dos fases: Fase A. Valoración de la memoria y de la defensa de ésta (hasta un máximo de 20 puntos). Fase B. Valoración de méritos aportados (hasta un máximo de 10 puntos).

Dos. Requisitos para participar en el procedimiento.

a) Estar en posesión del título de Doctorado, Máster Universitario, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o títulos declarados legalmente equivalentes. A estos efectos, se considerarán títulos equivalentes a los primeros todos aquellos para los que se haya determinado la correspondencia al nivel 3, o superior, del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES); todo ello, de acuerdo con lo previsto en el capítulo IV del Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores. En el caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero, deberá haberse obtenido la correspondiente declaración de equivalencia de conformidad con lo establecido en el antes citado Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre.

b) Pertenecer a alguno de los cuerpos que integran la función pública docente con una experiencia mínima de ocho años.

c) Acreditar una experiencia docente mínima de ocho años, tal y como establece la disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción actual.

Se considerará como experiencia docente los servicios prestados realizando funciones docentes en centros docentes, programas y servicios educativos.

Todos los requisitos deberán poseerse en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión del puesto de trabajo.

Tres. Procedimiento de inscripción y documentación.

1. Cumplimentación, registro de la solicitud de participación y acreditación de requisitos. Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar una única solicitud de forma telemática en la sede electrónica de la Junta de Extremadura a través de la plataforma Tramita, disponible en la dirección https://tramites.juntaex.es/ , conforme a lo expresado en el artículo14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si existieran dos o más solicitudes registradas telemáticamente por el mismo participante, será válida la última de ellas que hubiera sido registrada dentro del plazo de presentación de solicitudes.

2. Las solicitudes deberán cumplimentarse, según el modelo del anexo II y registrarse, obligatoriamente, en la sede electrónica utilizando cualquiera de los sistemas de identificación o firma electrónica admitidos.

En este mismo trámite se aportará telemáticamente la siguiente documentación en pdf:

— Memoria.

— Relación indexada de méritos que aporta (en el anexo II).

3. El modelo de solicitud según anexo II estará disponible en versión pdf editable en la dirección weB https://www.educarex.es/inspeccion/inspectores-inspectoras-accidentales.html

Cuatro. Plazo de presentación.

1. El plazo de presentación de solicitudes y documentación será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución.

2. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, no será tenida en cuenta ninguna solicitud ni ninguna modificación de ésta.

3. Los aspirantes deberán concretar en su solicitud la provincia o provincias en las que están dispuestos a formar parte de la bolsa que se constituya tras la resolución de este procedimiento.

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