MESA SECTORIAL DE PERSONAL DOCENTE. 21-NOVIEMBRE-2023

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21 de noviembre de 2023

TEMAS TRATADOS ENTRE OTROS:
* Regulación de los procedimientos para la acreditación y certificación de la competencia digital docente
* Definición de la plantilla orgánica de profesorado en Centros Educativos
* Apertura del plazo de presentación de solicitudes para participar en los procedimientos selectivos
* Orden de Titulaciones que habilitan el desempeño de puestos en régimen de interinidad
* Ruegos y preguntas de diferentes temas.

Mesa sectorial de personal docente, 21 de noviembre de 2023

ASISTENTES. Secretaria General de Educación, Director General de Personal Docente, Dirección General de FP, Innovación e Inclusión Educativa, Inspector General de Educación, Jefe de servicio de selección y provisión de personal docente, secretaria de la mesa sectorial, CSIF (Cuerpo de Secundaria y Maestro) y otros sindicatos docentes.   

ORDEN DEL DÍA (se altera para pasar el punto 6 al 2):

PUNTO UNO: Lectura y aprobación, si procede, de las actas de la Mesa Sectorial de Personal Docente anteriores.

PUNTO SEIS: Resolución de xx de xxx de xxxx, por la que se regulan los procedimientos para la acreditación y certificación de la competencia digital docente para el personal docente de los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

1. MODIFICACIÓN DEL PUNTO 2: Personas destinatarias y requisitos de participación.

Adicción de las siguientes letras planteadas en el borrador:

C) Ser funcionarios docentes no ejercientes realizando labores de representación en Junta de Personal o aquellos contemplados por la Ley orgánica 11/1985 de 2 de agosto, de libertad Sindical.

D) Ser funcionarios docentes de la Comunidad de Extremadura adscritos a los Programas de Acción Educativa en el Exterior del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

E) Inspectoras e inspectores de Educación de la Consejería de educación de Extremadura

F) Personal docente en situación de excedencia.

Como justificación de esta propuesta, los liberados sindicales no hemos recibido la información enviada al resto de docentes por parte de la Dirección General de FP, Innovación e Inclusión Educativa en relación al nuevo portal de la Competencia Digital Docente y la oferta formativa.

ADMINISTRACIÓN: en el punto A) incluir a todos los que se encuentren en todas las situaciones administrativas en que pueden estar los funcionarios de la ley 13/2015.

En el punto 9º se incluirán a los representantes de las organizaciones sindicales en la comisión.

2. PUNTO 5:

 Solicitamos sea especificada el tipo de prueba a superar y la periodicidad de la convocatoria (al menos una vez al año).

ADMINISTRACIÓN: Se realizará una convocatoria por trimestre, la prueba será de tareas competenciales. La primera convocatoria será este viernes 24, para la formación tutorizada y la prueba específica será del 18 de diciembre al 19 de enero.

Las acreditaciones no tendrán caducidad.

3. PUNTO 17. Acreditaciones de otras Administraciones educativas

CSIF solicita ampliación de la información de este apartado donde se detalle los tiempos y la forma para la solicitud del reconocimiento.

ADMINISTRACIÓN: Se podrán acreditar por niveles completos Desde CSIF solicitamos que no sea más fácil acreditarse en otras CCAA, y no nos encontremos en desventaja con otros docentes en las diferentes convocatorias para las que sea necesaria esta acreditación.

4. ANEXOS.

Solicitamos unificación de los criterios sobre las evidencias que servirán para la acreditación de los distintos niveles. Detectamos grandes diferencias con otras CCAA que podrían perjudicar a nuestros docentes con respecto a otros que pidan el reconocimiento en nuestra CCAA tras haberle sido reconocido en otras o viceversa, incluso anteriores a 2018.

A modo de ejemplo, según el BOE de 12 de julio de 2022 en su Anexo I la Coordinación TIC o puesto equivalente corresponde a la acreditación del nivel C1, sin embargo, en el borrador que se nos presenta solo se acredita con la coordinación hasta el nivel B2, los superiores tan solo con nombramiento de Impulsor. Así lo publica Galicia en su Orden de 1 de junio de 2023.

ADMINISTRACIÓN: se incluirá, pero no con el mismo peso que el coordinador ITED.

En la conferencia sectorial se deberá decidir si se valorará para concursos de traslados u otras convocatorias. En Extremadura actualmente es para coordinador ITED.

Se acredita en el nivel superior.

El mapeo de las actividades se ha realizado de aquellas realizadas a partir de 2018. Las anteriores ha sido prácticamente imposible.

PUNTO DOS: Instrucción XX, de XX de noviembre de 2023, por la que se concretan determinados aspectos sobre la presencia de animales de compañía en centros sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma de Extremadura.

Se corresponde con la trasposición de la norma nacional. Valoramos que una norma autonómica puede evitar conflictos en los centros educativos.

PUNTO TRES: INSTRUCCIÓN N.º ___/2023, de ___ noviembre, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, para la definición de la plantilla orgánica de profesorado en Centros Educativos dependientes de la Consejería De Educación, Ciencia y Formación Profesional para el curso escolar 2024/2025

Con carácter general, hacemos constar que somos contrarios a las amortizaciones y supresiones y solicitamos incremento de plazas en las especialidades en las que el cupo supera la plantilla orgánica en cursos sucesivos, es decir, plazas consolidadas. Recordamos el elevado número de funcionarios docentes que tienen destino provisional, situación a la que hay que darle solución dotando a los centros de plantilla estable.

SEGUNDA. Pautas generales.

Con objeto de conseguir una definición ajustada de las plantillas orgánicas que permita cubrir las necesidades reales de los centros educativos se tendrá en cuenta:

Desde CSIF consideramos que debe incluirse en las pautas generales:

f) la calidad de la educación.

g) los derechos del personal docente (por ej. reducción horaria para mayores de 55 años).

h) Impedir como criterio la supresión de plazas públicas en localidades/zonas en las que haya concertación, especialmente en zonas rurales en las que habría

que revisar dichas concertaciones, como viene denunciando CSIF desde hace años.

ADMINISTRACIÓN: no se puede incluir las reducciones por mayores de 55 años, se hace en las plantillas funcionales. No hacen valoraciones de conciertos por no ser detalle de esta mesa.

QUINTA. Plazas Bilingües.

Una vez realizado el proceso de adscripción, las plazas vacantes serán ofertadas en el Concurso de traslados.

Añadir:

No bloquear la creación de plazas orgánicas para el concurso por el sistema de bilingüismo, o cualquier otro proyecto educativo de nuestra comunidad.

ADMINISTRACIÓN: no se puede admitir.

A CSIF nos preocupa que haya docentes que tengan problemas de movilidad

SEXTA. Procedimiento para la propuesta de plantilla orgánica.

6.1. Negociación previa con las organizaciones sindicales

Cada una de las Delegaciones Provinciales de Educación se reunirá con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Personal Docente según se establece a continuación:

Añadir.

e) Facilitar a las organizaciones sindicales la última (o la que se pueda emitir) Circular del Servicio de Inspección General de Educación y Evaluación, sobre criterios de aplicación para la determinación del arreglo escolar en los diferentes niveles educativos de Extremadura. Para una verdadera negociación de plantillas, como legítimos representantes de los trabajadores, debemos disponer de los criterios mencionados.

ADMINISTRACIÓN: no se puede publicar, ya que es una norma aclaratoria interna.

En CSIF consideramos importante tener esos arreglos escolares con los criterios que maneja la inspección.

6.5. Negociación en la Mesa Sectorial de Educación del borrador de propuesta de plantilla orgánica para el curso escolar 2024/2025. Finalizadas las reuniones anteriormente indicadas, el borrador de plantilla orgánica se negociará en la Mesa Sectorial de Educación.

Desde CSIF volvemos a reclamar una vez más iniciar la Negociación de un modelo de plantillas para los centros de Infantil, Primaria, Secundaria y Adultos y medidas de mejora del actual sistema de movilidad de los funcionarios que en el acuerdo del 2007 se contemplaba y no se desarrolló y que desde CSIF venimos solicitando desde las transferencias educativas. (Resolución de 14 de

febrero de 2007, de la Dirección General de Trabajo. DOE N.º 25 de 1 marzo de

2007. Sexto. Movilidad y plantillas. A lo largo de la vigencia de este acuerdo se negociará un modelo de plantillas para los centros de Infantil, Primaria, Secundaria y Adultos y medidas de mejora del actual sistema de movilidad de los funcionarios)

ADMINISTRACIÓN: en Extremadura no hay modelo de plantillas, sino que es la inspección quien decide la plantilla de cada centro. Se delibera con los centros, no se negocia.

En infantil se añade un docente por cada 6 unidades.

Desde CSIF solicitamos que se comience a negociar el modelo de plantillas.

ANEXO I Criterios para la modificación o el mantenimiento de plantillas orgánicas de Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria, Escuelas Infantiles, Colegios de Educación Primaria y Colegios Rurales Agrupados.

4. Toda modificación tanto en la plantilla orgánica como en el régimen de las itinerancias tendrá que ir debidamente motivada. No se aceptará ninguna modificación que no lo esté.

Reclamamos que se consideren modificaciones del puesto de trabajo (para que los afectados puedan acogerse a escuela suprimida) las modificaciones originadas en el ámbito de itinerancia de la plaza.

AÑADIR:

5. Negociación de la plantilla para el curso 2024/2025 considerando un máximo de 20,5 horas de docencia – directa y compartida -  y 2,5 horas de recreos (concretándose un máximo de 23 horas lectivas para el Cuerpo de Maestros, de acuerdo a la recomendación de la Ley 4/2019, de 7 de marzo, de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria (BOE nº. 58, de 8 de marzo de 2019).

Si no pudiera contemplarse en la presente negociación de plantilla orgánica, consideramos que debería negociarse de cara a la plantilla de funcionamiento.

ADMINISTRACIÓN: no se acepta.

En CSIF consideramos que el cambio de itinerancia afecta directamente a las condiciones del docente.

ANEXO II Criterios específicos para Institutos de Educación Secundaria, Institutos de Educación Secundaria Obligatoria, Centros de Educación de Personas Adultas y Enseñanzas de Régimen Especial.

1.3. Creaciones.

1.3.2. Para el resto de las plazas se utilizará la ratio 1/18

Proponemos “Para el resto de las plazas se utilizará la ratio 1/15”

ADMINISTRACIÓN: no se acepta.

1.4. Supresiones

1.4.1. Cuando se trate de la única plaza creada para la especialidad, se podrá mantener con 8 horas lectivas de esa especialidad.

No podrá suprimirse si se mantienen las enseñanzas.

ADMINISTRACIÓN: no se acepta.

1.4.3. En el resto de los casos, se amortizará la plaza cuando el número de horas sea 10 o inferior a 10.

Proponemos en el resto de los casos, se amortizará la plaza cuando el número de horas sea 4.

ADMINISTRACIÓN: no se admite.

OTROS CRITERIOS A AÑADIR EN LA INSTRUCCIÓN MEDIANTE UN ANEXO IV

Relacionamos ENTRE OTROS los siguientes criterios genéricos de CSIF que consideramos deben incluirse mediante un ANEXO IV:

RATIOS ALUMNO/UNIDAD: Desde CSIF consideramos que hace ya tiempo que es necesario abordar una REDUCCIÓN REAL DE RATIOS empezando por la etapa de Educación Infantil y extendiéndose progresivamente esta reducción al resto de etapas educativas. En línea con lo establecido por la LOMLOE (por ej.: doce bises. Se añade un artículo 20 bis nuevo que queda redactado en los siguientes términos: «Artículo 20 bis. Atención a las diferencias individuales. Y cincuenta y ocho. Se modifica el apartado 3 y se añade un nuevo apartado 6 al artículo 112.)

Cumplir con la Disposición adicional cuarta de la Ley 4/2011 (LEEX):

La Comunidad Autónoma de Extremadura destinará al servicio público educativo una cuantía económica anual no inferior al seis por ciento del Producto Interior Bruto regional y que represente, al menos, el veinte por ciento del importe total de los Presupuestos Generales para la Comunidad Autónoma de Extremadura.

PROTECCIÓN DE LA ESCUELA RURAL. Tal y como regula la LEY 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura (entre otros, art

2.p, 14, 90, 139, 161.3 LEEX). En este sentido, también debemos hacer mención a la LEY 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto

demográfico y territorial de Extremadura (artículo 61.- Permanencia de la escuela rural)

ESTABILIZACIÓN: Procedimiento selectivo extraordinario de estabilización mediante concurso de méritos. Se han ofertado 322 plazas, de 79 especialidades, de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, lo cual requiere la creación de plantilla orgánica para que obtengan destino definitivo los nuevos funcionarios.

ESTABILIZACIÓN: Procedimiento selectivo extraordinario de estabilización por el sistema de concurso-oposición. Se han ofertado 819 plazas, de 49 especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Maestros y Profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, lo cual requiere la creación de plantilla orgánica para que obtengan destino definitivo los nuevos funcionarios.

REPOSICIÓN: Oferta de Empleo Docente para 2023. Se ofertaron 509 plazas, de 48 especialidades, de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, lo cual requiere la creación de plantilla orgánica para que obtengan destino definitivo los nuevos funcionarios.

Participación sindical en la distribución del cupo para completar las plantillas funcionales de los centros educativos extremeños. En este sentido, recordamos que deberá contemplarse la reducción de jornada lectiva para los docentes mayores de 55 años con la dotación de plantilla que resulte necesaria, conforme al Acuerdo Junta de Extremadura -Sindicatos con representación en la Mesa General de Negociación de la Junta de Extremadura para la recuperación de derechos, para la extensión de medidas de flexibilización y para la profundización en las políticas de igualdad del conjunto de empleados y empleadas públicas de la Administración autonómica extremeña, de 20 de junio de 2018, así como en el artículo 30 de la Orden de 19 de agosto de 2022 por la que se regula el régimen de permisos del personal docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el ámbito de gestión de la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Extremadura (DOE Nº 165, de 26 de

agosto de 2022).

PUNTO CUATRO: RESOLUCIÓN de xx de xxx de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se acuerda la apertura del plazo de presentación de solicitudes para participar en los procedimientos selectivos para ingreso extraordinario convocados por Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente.

APORTACIÓN 1.

Falta referencia a la corrección de errores recientemente publicada que modifica la Resolución de 27 de diciembre de 2022.

ADMINISTRACIÓN: se incorporará.

APORTACIÓN 2:

Base1.3.2. Cuantía de la tasa por derechos de examen

La cuantía por cada especialidad vendrá definida conforme a la Resolución por la que se publiquen las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo que se disponga en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año en el que se celebre el proceso selectivo de ingreso.

Volvemos a solicitar que la apertura del plazo para presentación de solicitudes se produzca en 2024 para cumplimento de la base 6.2.5.2. de la Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso extraordinario, para la estabilización del empleo docente de acuerdo a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

Cuantía de la tasa por derechos de examen.

La cuantía por cada especialidad vendrá definida conforme a la Resolución por la que se publiquen las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en virtud de lo que se disponga en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año en el que se celebre el proceso selectivo de ingreso.

ADMINISTRACIÓN: el adelanto es por la planificación de los procesos de los dos cuerpos docentes convocados, se supone la participación de más aspirantes y por ser los ejercicios no eliminatorios. Planteamientos variados: Hay conversaciones para realizar la primera prueba en universidades. Para la segunda sería en centros educativos.

ADMINISTRACIÓN: la tasa será la del año 2023.

APORTACIÓN 3: Segundo. Baremación parcial de méritos referidos al resultado de oposición

Solicitamos aclaración en mesa de este párrafo:

“La Administración procederá a regularizar el apartado con los méritos aportados, aplicando una baremación parcial del apartado sin establecer período de actualización de méritos este caso.”

ADMINISTRACIÓN: la idea es que el baremo se base en los datos que aporta el docente. En secundaria este apartado es el único que no está rebaremado.

A los nuevos aspirantes se les dejará incluir este mérito conseguido con anterioridad.

Se mostrarán todos los resultados de oficio y se podrá incluir otros. Nadie debe verse perjudicado.

PUNTO CINCO: Resolución de xx de xx por la que se actualizan la Orden de Titulaciones que habilitan el desempeño de puestos en régimen de interinidad.

1. Incluir los Grados de Educación Social y de Terapia Ocupacional para las especialidades del Cuerpo de Secundaria de:

- Orientación Educativa.

- Formación y Orientación Laboral.

La especialidad de Terapia Ocupacional se incluye en la mayoría de las convocatorias de otras comunidades autónomas.

Los planes de estudio de Terapia Ocupacional son similares a los de otras especialidades que sí aparecen recogidas en la convocatoria.

2. Incluir Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos para las especialidades del Cuerpo de Secundaria de:

- Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos

- Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica.

Y para la especialidad de Soldadura el Cuerpo 0598

Estando recogida la Ingeniería Técnica de Obras Públicas, en todas sus especialidades, procede incluir la Ingeniería Superior correspondiente.

3. Incluir Título Superior de Arte dramático, especialidad interpretación, para

la espacialidad de Caracterización e indumentaria del Cuerpo de profesores de Música y artes escénicas:

- Caracterización e indumentaria (442).

El título de la especialidad de escenografía, que sí aparece, tiene los mismos créditos y el mismo temario en caracterización e indumentaria que en interpretación. Además, esta titulación aparece recogida en la norma respectiva en otras comunidades autónomas.

4. Incluir Título Superior de Arte dramático, especialidad interpretación, para la espacialidad de Caracterización e indumentaria del Cuerpo de profesores de Música y artes escénicas:

     - Dirección escénica (445).

5. Incluir los Títulos de Ingeniero Aeronáutico y Agrónomo para la especialidad de Soldadura del Cuerpo 0598.

Estando recogidas la Ingeniería Técnica de Obras Públicas, especialidad en Construcciones Civiles, Ingeniería Técnica Aeronáutica, especialidad en Equipos y Materiales Aeroespaciales, Ingeniería Técnica Agrícola, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales, procede incluir las Ingenierías Superiores correspondientes.

ADMINISTRACIÓN: Se han recogido las aportaciones y se están estudiando para poder ser incorporadas.

PUNTO SIETE: Ruegos y Preguntas.

- Desde CSIF solicitamos que se realice el pago a Tribunales de Oposiciones 2023.

ADMINISTRACIÓN: Están todos los expedientes de Cáceres finalizados, Badajoz va con retraso, y se está esperando para abonar todos a la vez.

- Solicitamos aclaraciones sobre la plantilla orgánica publicada en el DOE del 18 de septiembre de 2023 que cercena el derecho de funcionarios a optar a plazas de Apoyo al Área Práctica en el Concurso de Traslados.

- Manifestamos nuestro rechazo a la falta de información previa a los representantes del profesorado ante acciones de la Consejería que afectan a la mayoría de docentes (deducción de haberes en nómina de octubre, publicación de convocatorias sin aviso previo, falta de negociación de algunos aspectos de la convocatoria de oposiciones, etc.).

  • Programa conecta2

Desde CSIF solicitamos hacer pública las puntuaciones de cada centro del Programa Conecta-2.

Se podrá conceder algún programa de conecta2 a partir de enero 2024. Ha habido 193 centros no seleccionados.

El número de docentes es limitado. No se va a publicar ningún listado con el baremo. Se estudiará para próximas ediciones. 172 docentes en 171 centros. No se les debía avisar a los centros no seleccionados. Dijeron en mesa que se contrataría hasta 130 docentes, y el equivalente ha sido de 125, lo cual se aproxima mucho, no estamos de acuerdo en ello, ya que se dijo que se contratarían 130 docentes a jornada completa o equivalentes.

  • Desde CSIF hemos reclamado la peligrosidad de las nuevas Pizarras digitales, y nos contestan que están en contacto con riesgos laborales para intentar dar una solución a su aparatosidad.
  • El centro de ESHAEX es un centro integrado perteneciente a la Consejería de Empleo, de momento solo será plantilla funcional. En un futuro se estudiará que pase a plantilla orgánica.
  • CSIF ha solicitado que se mejoren las condiciones de los tribunales, por su difícil tarea y que incluso se puedan liberar de sus tareas en los centros para poder preparar bien el proceso de oposición. Nos comentan que han comenzado ya con la búsqueda de los posibles presidentes de tribunales y de sedes para las oposiciones.
  • Ante nuestras reiteradas peticiones de que se abone el kilometraje realizado por los docentes a 0.26 € por kilómetro según consta en normativa nacional, nos contesta la administración que aún se están abonando los kilometrajes a 0.22 € por kilómetro porque no hay normativa autonómica en el que ampararse. Están exentas de IRPF.
  • Con respecto a la fecha de publicación de solicitudes de oposiciones 2024 se estima que será en la segunda o tercera semana de diciembre.
  • A la consulta de cuándo se va a abonar el 2% pendiente, y nos dicen que se está pendiente de ser regulado.
  • En cuanto a las declaraciones de la Consejera referente a la dificultad de contratar a algunos docentes para especialidades de formación profesional, CSIF EXIGE que toda decisión que se tome al respecto de contratación al margen de las habituales deben pasar por mesa y que se negocien.

 

CSIF EDUCACIÓN EXTREMADURA

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