FIESTAS LOCALES DURANTE EL AÑO 2027
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27 de octubre de 2026
Hoy se ha publicado en el DOE, la Resolución de 15 de octubre de 2026, de la Dirección General de Trabajo, por la que se hace público el calendario laboral oficial de fiestas locales para la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2027.
El Decreto 119/2026, de 2 de junio (DOE núm. 108, de 8 de junio), fija las doce fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2027. En su artículo 3 establece que serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables –con el carácter de fiestas locales-, otros dos días que serán determinados por resolución de la Dirección General competente en materia de trabajo adscrita a la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento respectivo.
La resolución determina para el año 2027 como días inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, con el carácter de fiestas locales en los respectivos municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los que se relacionan en anexo de la resolución.