COMISION PARITARIA
- Negociaciones y acuerdos
- CSIF Informa
22 de octubre de 2026
-1º) Criterio de aplicación del artículo 131, del Convenio Colectivo Único, al personal que se jubila parcialmente en virtud del acuerdo de la Comisión Paritaria, de fecha 10 de septiembre de 2026. Propuesta para que se les mantenga la tarjeta de transporte durante el primer año de jubilación parcial y el periodo de tiempo de realización de la jornada de forma acumulada.
La Administración expone que la situación está regulada, tal y como se indica en el artículo 131 del Convenio Colectivo, mediante el pago en nómina y no se va a modificar lo que dice el Convenio.
-2º) Incidencias en la tramitación de la jubilación parcial. Se han detectado diversas incidencias relacionadas con la tramitación de la jubilación parcial. Entre las principales se encuentra el desconocimiento del procedimiento por parte de las unidades de personal, así como la espera de instrucciones concretas por parte de Función Pública. Asimismo, se han identificado incidencias en el aplicativo utilizado para la gestión de estos procedimientos. Estas incidencias se han detectado, entre otras, en las Consejerías de Economía, Hacienda y Empleo; Presidencia; Justicia y Administración Local; Vivienda, Transportes e Infraestructuras; así como en la Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS).
Desde FFPP se informa que se ha informado a todas las Secretarías Generales Técnicas la decisión tomada sobre la jubilación parcia por la Comisión Paritaria.
Para su aplicación existen dos cuestiones importantes, la dotación presupuestaria, que no es un problema, ya que todas las Secretarías Generales están informadas en como tienen que proceder y el aplicativo informático, que es donde ahora mismo está el problema. La Administración está en contacto con Madrid Digital y le ha solicitado de forma urgente que solucione el problema. Si todo va como está previsto en la segunda quincena de noviembre de van a realizar pruebas y se cree que a fecha de 1 de diciembre de 2026 esté en funcionamiento.
-3º) Aclaración y, en su caso, modificación del artículo 121 del convenio colectivo sobre el permiso por enfermedad grave de segundo grado.
Se solicita a la Administración que este permiso sea de 5 días como dice el Estatuto de los Trabajadores y no de 4 como se aplica en nuestro Convenio Colectivo.
CSIF pide que se aclare lo antes posible.
Desde FFPP van a realizar consultas y se comprometen a informarnos en cuanto tengan la respuesta.
-4º) Solicitud de asignación de local adecuado para desarrollo de las actividades propias del Comité de Empresa/Junta de personal en la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
-7º) Disponibilidad de un local adecuado para el Comité de Empresa de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, que permita el desarrollo de sus reuniones y la atención Personal Laboral de su ámbito, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 190. del Convenio Colectivo.
-10º) Incumplimiento del artículo 190, d) (“Derechos y garantías de los delegados de personal y los comités de empresa”) del vigente Convenio Colectivo, al negarse la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo a poner a disposición del Comité de Empresa el local sindical al que tiene derecho.
-11º) Aplicación del artículo 190, d), del Convenio Colectivo Único, al objeto de cumplir con el derecho del Comité de Empresa de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a que se ponga a su disposición un local adecuado y debidamente dotado, que le permita mantener reuniones y atender al personal laboral.
Los puntos 4, 7, 10 y 11 se tratan de forma conjunta.
CSIF solicita a los responsables de esta Consejería un local sindical para el Comité de empresa, ya que al cerrarse el edificio de la Calle Vía Lusitana 21, se han quedado sin el mismo. Desde la Consejería se informa que se han reducido los edificios de esta Consejería, por el actual modelo de trabajo donde prima el teletrabajo. Se ha transicionado a un sistema de salas colaborativas donde los EEPP que asisten en presencialidad, conectan sus equipos en las mesas disponibles. Los locales sindicales de los 4 sindicatos con representación se van a mantener en la sede de la calle Ramírez de Prado y que se va a adjudicar un local conjunto para la Junta de Personal y el Comité de Empresa de esta misma Consejería en el edificio de la Calle Princesa 5, actualmente en obras que finalizaran a primeros de mes de diciembre. Ofrecen la posibilidad de utilizar estas salas colaborativas mientras finalizan las obras, bajo petición de las mismas conforme a los cauces conocidos de solicitud. CSIF solicita información sobre dos locales sindicales que existen en la calle Princesa 5, para que se identifique que sindicatos los está utilizando. La Administración al no disponer de esta información en este momento, queda en facilitarla.
-5º) De acuerdo con el artículo 131 del Convenio Colectivo, derecho del personal fijo y temporal, sin perjuicio de las excepciones establecidas, a que se les proporcione y renueve la tarjeta de transporte de manera gratuita.
Desde la Administración se informa que tanto la nueva tarjeta como las renovaciones anuales son gratuitas y no se cobra ninguna tasa. En caso de pérdida actualmente tienen un coste de 6 euros que asume el trabajador.
-6º) Información sobre las convocatorias correspondientes a la oferta de empleo 2025 que aún no han sido convocadas.
La Administración tiene previsto convocar en 2027 todas las plazas de ofertas de empleo de 2025 que no estén afectadas por concurso de traslados.
-8º) Solicitud de Local Sindical en el ámbito de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales en las dependencias de C/ Manuel de Falla, 7 como al resto de organizaciones sindicales presentes en Convenio y Acuerdo.
Desde CSIF se solicita un local sindical en la sede de la DG del Menor, como el que ya disponen el resto de organizaciones sindicales representadas. La Administración informa que ante la imposibilidad de realizar obras en un edificio que es de alquiler y al cual se le acaba el contrato el próximo año lo siguiente, proponen: 1. Uso compartido como un sólo local para todas las OOSS. 2. Uso compartido de 1 local sindical por las OOSS que tengan menor representación en el ámbito de Convenio y Acuerdo. Se pide una votación sobre este tema, CSIF se acoplaría a las dos posturas, pero prefiere compartir, a esta misma postura se añade CSIT. CCOO y UGT no quieren ninguna de las dos propuestas y prefieren que se haga otro local sindical para CSIF, aunque la Administración ya ha informado de que es imposible y que dilataría en exceso el legítimo derecho de CSIF a concurrir en las mismas condiciones que el resto de OOSS.
-9º) De acuerdo con lo previsto en el artículo 45 del vigente Convenio Colectivo Único, considerando la carencia de candidatos en el primer bloque de la Bolsa Única Permanentemente Abierta y la necesidad urgente e inaplazable de cobertura temporal de vacantes, así como sustituciones del personal en el centro de atención de llamadas de emergencias Madrid 112, se propone priorizar la convocatoria para la constitución del segundo bloque de la de la BUPA de la categoría profesional de Gestor de Emergencias.
La Administración nos recuerda que actualmente no está en disposición de poder llevar a cabo y gestionar los Bloques II de las Bolsas de empleo de ninguna categoría. Así mismo pone a disposición de los gestores de ASEM la posibilidad de ceder la gestión de la bolsa de Operador de Emergencias y que sean ellos las que las pongan en funcionamiento.
Dese ASEM debido al volumen de trabajo que tienen actualmente rechaza la propuesta recibida y van a seguir utilizando el Bloque I de la Bolsa y cuando esta se acabe acudirán como dice el Convenio Colectivo al SEPE.
ASEM considera más efectivo realizar más convocatorias de OPE, pero mantienen el compromiso de cubrir de forma urgente todas las necesidades de puestos que se reciban.
DACIÓN DE CUENTAS COMISIÓN PARITARIA 12.2026
-Información sobre la previsión de convocatoria del Concurso de Traslado Abierto Permanentemente. Posibles plazos.
-Situación del concurso de traslados abierto y permanente, y solicitud de información sobre el desarrollo y disponibilidad de la aplicación informática necesaria para la gestión del concurso, así como sobre las previsiones de la Administración respecto a la fecha de inicio del proceso (Convocatoria).
La Administración informa que continúan con problemas en el aplicativo informático por parte de Madrid Digital, pero creen que a finales de diciembre de 2026 puede estar operativo.
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