CSIF EXIGE A LA CONSEJERIA DE JUSTICIA CONTRATAR UNA EMPRESA DE MUDANZAS CON LOS MEDIOS ADECUADOS PARA EL TRASLADO DE EXPEDIENTES JUDICIALES
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20 de junio de 2025

CSIF JUSTICIA COMUNIDAD DE MADRID solicita la contratación de una empresa de mudanzas o profesionales cualificados que cuenten con los medios adecuados para el porteo y traslado de expedientes judiciales en todas las sedes de los 14 partidos judiciales afectados por la implantación de la fase 1 de la LOMESPJ en la Comunidad de Madrid
Ante la inminente puesta en marcha del nuevo diseño de las Oficinas Judiciales, derivado de la implantación de la LOMESPJ, en su fase 1 (que afecta a 14 partidos judiciales de la periferia de la Comunidad) y, dado que supone una nueva distribución de las actuales dependencias judiciales al diseño de los nuevos Servicios Comunes y demás dependencias derivadas de su puesta en marcha, por medio del registro del correspondiente escrito desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid hemos requerido a la Dirección General de Infraestructuras Judiciales y a la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia para que se proceda a contratar a profesionales cualificados en labores de porteo de expedientes, o a empresas de mudanzas (que cuentan con las herramientas adecuadas) para llevar a cabo con todas las debidas garantías el traslado de la gran cantidad de expedientes en formato papel que se ven afectados por dichos cambios en todas las dependencias judiciales.
De no hacerse así, resultará imposible llevar a cabo dichos traslados de expedientes en formato papel con todas las garantías de protección de la salud de los funcionarios judiciales destinados en los órganos judiciales afectados, dado que además no corresponde a sus funciones llevar a cabo labores de carga de cajas de elevados pesos; ni el porteo de grandes cargas sin los instrumentos adecuados; ni el traslado masivo a su nueva ubicación de grandes cantidades de pesados expedientes judiciales.
El artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales dispone que, “Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Este deber de protección constituye, igualmente, un deber de las Administraciones públicas respecto del personal a su servicio.”
“...el empresario (en este caso la Administración pública) deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores…”
También el Real Decreto 600/2002, de 1 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia, las funciones que, entre otras, corresponde a la Comunidad de Madrid es, “La preparación, elaboración y ejecución de los programas de construcción, reparación y conservación de los edificios judiciales y subinspección en la Comunidad de Madrid”.
A la vista de todo lo anterior, desde CSIF Justicia Comunidad de Madrid hemor requerido por escrito a ambas Direcciones Generales para que se proceda a contratar a profesionales cualificados en labores de porteo de expedientes, o a empresas de mudanzas (que cuentan con las herramientas adecuadas) para llevar a cabo (con todas las debidas garantías) el traslado masivo de la gran cantidad de expedientes en formato papel que se ven afectados por dichos cambios en dichas dependencias judiciales.