Somos tu sindicato. El sindicato de los funcionarios judiciales.
24 de abril de 2023

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En un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político, como establece el artículo 1.1 de nuestra Constitución, la Administración de Justicia es un servicio esencial para la sociedad y unos de los pilares fundamentales para nuestro Estado de Derecho. En consecuencia, se hace necesario el cumplimiento de los principios siguientes.
- Defensa de una Administración de Justicia gratuita y de calidad.
- Defensa de una Administración de Justicia independiente, y sin injerencias políticas.
- Respeto de la negociación colectiva para la defensa integral de las condiciones de trabajo y peculiaridades de los funcionarios de los Cuerpos de Letrados de la Administración de Justicia, Cuerpos generales (Gestión P y A., Tramitación P y A. y Auxilio Judicial) y cuerpos especiales (Médicos forenses, Facultativos del INTCF, Técnicos de Laboratorio del INTCF y Ayudantes de Laboratorio del INTCF) que legalmente están representados en las diferentes mesas de negociación de la Administración de Justicia.
- El mantenimiento de los cuerpos de la Administración de Justicia como CUERPOS NACIONALES.
- Defensa de los Cuerpos de funcionarios de Justicia como personal especializado en materia procesal y en Registro Civil.
- Potenciación y reconocimiento de las funciones de los funcionarios de Justicia adaptándolas a las modificaciones que está experimentando la Administración de Justicia y la implementación de las nuevas tecnologías.
- Una nueva LOPJ que mejore las condiciones socio-laborales y el reconocimiento laboral y retributivo de su personal acorde con las necesidades de una Administración de Justicia moderna y eficaz al servicio del ciudadano.
- Una negociación colectiva real y efectiva, y cumplimiento de los acuerdos adoptados.
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En CSIF defendemos una Administración de Justicia que sea la única garante de la justicia, de la igualdad y del pluralismo político, así como la titular de la tutela judicial efectiva al ciudadano y colectivos. Consideramos que los distintos poderes políticos del estado central y de las CCAA que tienen competencias transferidas han venido dando la espalda a este modelo y que han ignorado un servicio que es esencial para la sociedad.
- Registro Civil como servicio público y gratuito, dentro de la Administración de Justicia, manteniendo su actual estructura territorial y servido por funcionarios de Justicia. Negociación del reglamento y de las relaciones de puestos de trabajo. Potenciación de los Juzgados de Paz con personal de Justicia u oficina que los sustituya.
- La eliminación, en la jurisdicción contencioso-administrativa de las costas procesales en los asuntos vinculados con la relación estatutaria o funcional de los empleados públicos
- Apoyo y potenciación de los partidos judiciales. Justicia de proximidad.
- Apoyo y defensa y potenciación de los Juzgados de paz, en especial de los que están gestionados por funcionarios de Justicia, que favorecen el acceso de la justicia a la ciudadanía.
- Incremento de los recursos humanos, materiales y tecnológicos.
- Una ley de demarcación y planta que respete los actuales puestos de trabajo.
- Ofertas de Empleo acordes con las necesidades reales.
- Una Oficina judicial que sirva de soporte y apoyo real a la actividad jurisdiccional de jueces y tribunales.
- Puesta en valor del potencial humano que presta sus servicios en esta Administración y en el proceso de transformación de la Administración de Justicia.
- Implantación de relaciones de puestos de trabajo que pongan en valor la necesaria especialización.
- Incremento de puestos singularizados y de responsabilidad para los Cuerpos generales, así como la eliminación de los puestos de libre designación.
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Un buen servicio público de la Administración de Justicia garantiza la seguridad jurídica, el sometimiento de todos los ciudadanos y de los Poderes Públicos al imperio de la ley, el respeto a los derechos de los ciudadanos y la paz social. Todo ello, sin duda, favorece e, incluso, es imprescindible para el desarrollo social económico, político y cultural de un estado moderno del siglo XXI. A su vez, supone un incremento en los índices de litigiosidad y pendencia en los órganos judiciales.
- Medios personales y materiales acordes con los índices de litigiosidad.
- Planes específicos de actuación voluntarios y retribuidos para la reducción de los índices de pendencia.
- Legislaciones menos burocratizadas.
- Aplicaciones informáticas interconectadas en todo el Estado.
- Potenciación de las nuevas tecnologías para las comunicaciones internas y externas.
- Incremento de las funciones de mediación en los propios órganos judiciales.
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El proceso de transformación y de modernización de la Administración de Justicia debe incluir la mejora de las condiciones laborales y retributivas del personal de Justicia Letrados, Cuerpos Generales y Cuerpos especiales. La nueva organización y el nuevo servicio público debe conllevar mejoras en las condiciones de trabajo y, éstas deben ser un elemento de evaluación del éxito del nuevo modelo de Justicia.
Sin un personal funcionario reconocido y valorado profesionalmente y bien retribuido, no se puede mejorar la Administración de Justicia.
Hoy más que nunca se hace necesaria la dignificación de la labor del personal funcionario de justicia.
- Reforma de la LOPJ que adapte los perfiles profesionales a las necesidades de la Justicia y que mejore las condiciones laborales y retributivas, adecuando las retribuciones a las funciones y tareas que, efectivamente, se desarrollan
- Defensa del Registro Civil como servicio público prestado por funcionarios de Justicia aprovechando el capital humano que trabaja en sus oficinas.
- Defensa de las unidades administrativas como apoyo a la gestión de personal y de medios materiales servidas por funcionarios de los cuerpos de la Administración de Justicia.
- Implantación de la Nueva Oficina Judicial y Fiscal y de las reformas organizativas que se pretendan poner en marcha, de forma negociada y con plantillas homogéneas en todo el territorio nacional, con un proceso de acoplamiento voluntario, sin pérdida de retribuciones, sin amortización de plazas y sin movilidades forzosas.
- Desarrollo de la carrera profesional en la administración de justicia para todos los Cuerpos.
- Recuperación de condiciones laborales perdidas en los últimos años, así como el poder adquisitivo del personal de Justicia.
- Eliminación de las costas procesales en las reclamaciones de personal en el orden contencioso.
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La Administración de Justicia solo podrá ser cubierta por personal de los Cuerpos Nacionales de funcionarios al servicio de ésta. Este personal posee la formación y preparación necesaria para el desarrollo de la actividad jurisdiccional de jueces y tribunales, por la especialidad de sus funciones.
En las mejoras del estatuto profesional juega un papel clave la revisión de los reglamentos de carácter básico que han quedado desfasados por el paso del tiempo y las reformas de la LOPJ que no se han trasladado a los mismos.
- Aprovechamiento del capital humano que representa el personal de la Administración de Justicia en el procedimiento judicial o extrajudicial. Reorganización y adaptación de las funciones dentro de la oficina judicial. No a la externalización de la Administración de Justicia. Potenciación de sus funciones incluyendo por ejemplo tareas de mediación dotándolas de valor añadido dentro del procedimiento judicial y revisión del reconocimiento por el trabajo real y efectivo que desarrollan. Apoyo y potenciación de las funciones y características esenciales de los funcionarios de justicia.
- Reconocimiento laboral y retributivo de las funciones que realmente se realizan para los Cuerpos de Letrados, Cuerpos Generales y Cuerpos especiales.
- Defensa del personal funcionario de la Administración de Justicia como cuerpos nacionales pertenecientes a un servicio público esencial.
- Mantenimiento de la reserva de función en los puestos de oficina judicial y fiscal por las especiales características del servicio público que desarrollamos en la Administración de Justicia.
- Mantenimiento de la reserva de función en los puestos de trabajo del Registro civil como servicio público esencial.
- Preferencia absoluta del personal de justicia para ocupar las Unidades Administrativas.
- Necesidad y exigencia de la dotación de medios legales, personales y materiales suficientes para la mejor prestación del servicio público esencial de la Administración de Justicia.
- Defensa de los Cuerpos de Justicia como Cuerpos Nacionales.
- Homogeneidad de los cuerpos de funcionarios judiciales garantizada a través de la LOPJ y normativa básica de desarrollo.
- Estatuto jurídico y normativa común, sin perjuicio de la gestión de medios que corresponda al Ministerio de Justicia y a las CCAA que hayan recibido traspasos de gestión.
- Defensa del desarrollo de la carrera profesional y recuperación del 50% mínimo de la promoción interna ligada a OEP de los cuerpos Generales y Especiales, al servicio de la Administración de Justicia.
- Defensa del establecimiento regular de sistemas de promoción interna independiente de la OEP.
- Defensa de los principios de participación y consulta de los funcionarios de Justicia en la nueva organización de la Administración de Justicia y en el desarrollo y la implantación de las nuevas tecnologías. Por una negociación real y efectiva, participativa como mejor instrumento de implicación y motivación del personal de Justicia.
- Recuperación de derechos perdidos en los últimos años con la excusa de la crisis económica.
- Reordenación de los sistemas de acceso a los Cuerpos de funcionarios y concurso de traslados para garantizar un desarrollo ágil, predecible y seguro durante cada año natural para la cobertura de todas las vacantes existentes.
- Eliminación de la tasa de reposición.
- Negociación e implantación de sistemas de acceso que favorezcan la promoción interna e impida el abuso en la contratación temporal.
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Condiciones retributivas.
- Recuperación del poder adquisitivo de los funcionarios de justicia.
- Establecimiento de la carrera profesional de carácter personal sobre criterios objetivos y programas concretos en los términos establecidos en la LOPJ a través de un Real Decreto de carácter básico como paso previo a su implantación en todos los ámbitos de competencia.
- Establecimiento de la cláusula de revisión salarial con carácter permanente.
- Reintegro de las pagas extra suprimidas y, todavía, no recuperadas.
- Negociación de las retribuciones por guardias para todos los cuerpos.
- Negociación de un sistema de productividad real y efectivo que al que tenga acceso toda la oficina, servicio, unidad o instituto en la Administración de Justicia.
- Negociación de complementos en los juzgados especializados (VSM)
- Actualización de la cuantía del complemento de destino.
- Supresión de los grupos de población del complemento de destino.
Condiciones laborales.
- Establecimiento de la jornada laboral de 35 horas conforme al acuerdo suscrito por CSIF con Función Pública el 9 de marzo de 2018.
- Regulación del servicio de guardias y libranzas que permita la conciliación familiar.
- Desarrollo de permisos por razones objetivas para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar.
- Regulación del teletrabajo voluntario, sin coste para el trabajador, reversible, controlado de forma objetiva y autorizado por la Administración competente.
- Constitución de la bolsa de horas para la conciliación familiar conforme al acuerdo suscrito por CSIF con Función Pública el 9 de marzo de 2018
- Mantenimiento de los centros de destino
- Establecimiento de los planes de igualdad en toda la Administración de Justicia.
Salud laboral.
- Negociación de acuerdo específico de Prevención de Riesgos laborales y salud laboral
- Dotación de medios personales y materiales suficientes a los servicios de prevención de las Administraciones con competencias en la materia.
- Creación y puesta en funcionamiento de los Comités de Salud.
- Adaptación de los puestos de trabajo por razones de salud.
- Catálogo de enfermedades profesionales.
- Implantación de Clínicas en todos los centros de trabajo
- Desarrollo de la coordinación de actividades empresariales con el CGPJ, FGE y CCAA para una protección integral de la salud de los trabajadores con independencia de dónde tienen su destino.
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La formación continua del funcionario de la Administración de Justicia, es uno de los hechos diferenciadores de la calidad de la justicia.
- Diseño y programación de actividades formativas por la propia Administración con el CEJ como referente de formación en la Administración de Justicia para todos los Cuerpos.
- Acuerdos que favorezcan el diseño y programación de las actividades formativas.
- Homologación de las actividades formativas impartidas por las organizaciones sindicales.
- Concesión de permisos retribuidos para la asistencia a congresos, seminarios, ponencias, etc.
- Convocatoria anual de becas para la preparación de la Promoción Interna.
- Planes de formación inicial y contínua orientados a la carrera profesional, bolsas de trabajo y promoción interna prestados directamente por la Administración y/o a través del sistema universitario español.
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- Mantenimiento de la jubilación actual de clases pasivas (anticipada con 60 años, forzosa a los 65 y posibilidad de prórroga incentivada hasta los 70 años).
- Mejora de la jubilación reduciendo la diferencia entre la última nómina y la primera paga, estableciendo la jubilación con 30 años de servicios, sin límite de edad y con el 100% del haber regulador del Cuerpo en que se hace efectiva la jubilación e incentivos a la prórroga de la jubilación de 60 a 65 años con un 5% de incremento por cada año que se prorrogue.
- Equiparación al alza de la pensión de clases pasivas con la de régimen general.
- Restablecimiento de la competencia al Ministerio de Justicia para declarar la jubilación
- Supresión de la reducción salarial a los jubilados forzosos que no han trabajado 20 años o más.
- Recuperación de la jubilación anticipada incentivada.
- Reconocimiento del servicio militar y social a efectos de tiempo computable para la jubilación.
- Establecimiento del complemento por maternidad para mujeres con 1 hijo, adopción homoparental, familias monoparentales y en la jubilación voluntaria
- Garantizar la prórroga voluntaria de la jubilación hasta los 70 años en la línea de lo establecido para otros cuerpos de la Administración de Justicia, al menos cuando, al cumplir la edad de jubilación forzosa, no se tengan los años necesarios de servicios efectivos para acceder a la pensión máxima.
- Eliminación de los recortes en materia de pensiones de régimen general.
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- Mantenimiento y potenciación de la MUGEJU y del mutualismo administrativo.
- Reforma negociada de la MUGEJU para garantizar la participación real de los mutualistas.
- Reforzamiento del carácter democrático de la MUGEJU.
- Garantía de la atención médica a todos los mutualistas, en especial a los que residen en localidades de menos de 20.000 habitantes, se firme o no el convenio con las CCAA para el uso de los medios públicos del sistema de salud.
- Alargar la duración de los conciertos y potenciar los recursos dedicados a la asistencia sanitaria.
- Reducir el diferencial de las aportaciones del Estado entre el Régimen General de la Seguridad Social y el Mutualismo.
- Aumento de las aportaciones del presupuesto público para garantizar una asistencia médica de calidad y prestaciones adecuadas.
- Creación de ayudas para acceso a residencias de la tercera edad.
- Gratuidad de medicamentos para jubilados.
- Creación de delegaciones, al menos, en cada sede de TSJ, como mínimo una por comunidad autónoma.
- Implantación de Clínicas en todos los centros de trabajo
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