GUÍA SOBRE HORARIOS - SECUNDARIA

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7 de septiembre de 2023

ELABORACIÓN DEL HORARIO EN SECUNDARIA

En CSIF nos preocupamos por ti y queremos que estés informado, es por ello, que, ponemos en marcha este servicio de asesoramiento para la elaboración de los horarios del profesorado de Secundaria.

Si necesitas cualquier información adicional, no dudes en contactar con nosotros.

 

1.ORIENTACIONES PARA EL DÍA DEL REPARTO

Según la normativa en vigor (ORDEN de 29 de junio de 1994, art. 92 a 98 y la ORDEN ECD/3388/2003, de 27 de noviembre, que modifica el artículo 95), los departamentos didácticos proponen un reparto de materias, siguiendo criterios pedagógicos aprobados en el mismo Claustro de Profesores; el reparto se realizará procurando el acuerdo entre el profesorado del departamento, atendiendo a criterios pedagógicos y a las especialidades del mismo.

Si este acuerdo no llegara a realizarse, los Profesores irán eligiendo en sucesivas rondas, según el orden de prelación establecido en los puntos 95 a 97 de las órdenes citadas, un grupo de alumnos de la materia y curso que deseen impartir hasta completar el horario lectivo de los miembros del departamento o asignar todas las materias y grupos que al mismo correspondan.:

1. En primer término elegirán los funcionarios docentes con destino definitivo en el centro con el siguiente orden de prelación:

a) Catedráticos de Enseñanza Secundaria, con el orden de elección establecido en el artículo 96.

b) Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Profesores especiales de ITEM.

2. En segundo término elegirán horario los funcionarios docentes destinados provisionalmente en dicho centro con el mismo orden de preferencia señalado en el punto anterior.

3. En tercer término los Profesores interinos.

La prioridad de elección vendrá determinada por la antigüedad en el cuerpo (tiempo real de servicios efectivamente prestados como funcionario de carrera del respectivo cuerpo).

Si coincide ésta, se acudirá a la antigüedad en el instituto.

Por último, al último criterio de desempate fijado en la convocatoria de concurso de traslados del Ministerio de Educación y Ciencia. publicada en la fecha más próxima al acto de elección de horario.

IMPORTANTE TENER EN CUENTA:

- Previo al reparto de grupos hay que elegir turno de mañana, vespertino o nocturno (Art. 92.a)

- Los Maestros tendrán prioridad para impartir docencia en el primer ciclo ESO. (Art. 92.f)

- Para la elección de materias afines, la última regulación corresponde al Real Decreto 1834/2008, donde se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia.

2. CARACTERÍSTICAS DEL HORARIO

Según las Instrucciones de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa para el curso escolar 2023-2024, el horario del profesorado estará compuesto por 27 períodos (correspondientes a 25 horas de permanencia semanal) divididos en lectivos y complementarios.

Cada período será de 55 minutos, incluido el cambio de clase

PERIODOS LECTIVOS

- Con carácter general, serán de 2 a 5 diarios y 18 semanales, pudiéndose llegar excepcionalmente a 21. Por cada periodo lectivo que exceda de 18, el horario se compensará con 2 periodos complementarios (CHL en el horario)

- El profesorado que imparta docencia a grupos con FCT debe promediar las horas lectivas semanales a lo largo de todo el curso, por lo que podría tener más de 20 periodos lectivos semanales durante los dos primeros trimestres y menos en el tercero.

- Tipos de periodos lectivos:

  • Docencia directa en las materias correspondientes.
  • Refuerzo y apoyo en la ESO.
  • Desdobles.
  • Laboratorio
  • Docencia a alumnos pendientes o con evaluación negativa.
  • Seguimiento de la FCT (Profesores de F. Profesional)
  • Tutoría con alumnos.
  • Asesoramiento y evaluación de competencias profesionales.
  • Jefatura de Departamento (3 periodos, 1 para departamentos unipersonales)
  • Dedicación a tareas del equipo directivo
  • Prácticas de conversación en lengua extranjera y prácticas de laboratorio.

PERIODOS COMPLEMENTARI0S

- Con carácter general, serán 9, si el horario tiene 18 periodos lectivos.

- Por cada periodo que exceda de 18 (hasta 21) tendrá que haber 2 CHL (Compensación por hora lectiva) en las que la permanencia en el centro no se exige. SI ESTO NO SE CUMPLE EN TU HORARIO, RECLAMA PORQUE HAY JURISPRUDENCIA AL EFECTO (ver punto 4).

- Tipos de periodos complementarios:

  • Guardias (1 a 3) y funcionamiento de biblioteca.
  • Actividades de tutoría (Atención a padres y madres, colaboración con Jefatura de Estudios y atención individualizada de alumnos). Mínimo 1 hora.
  • Reuniones de órganos de coordinación didáctica (Departamento, tutores, etc.)
  • Actividades de jefatura de Departamento. (1 ó 2)
  • Preparación de prácticas de laboratorio.
  • Tutorías de profesores en prácticas.
  • Representación del Consejo Escolar (2)
  • Participación en proyectos institucionales o proyectos de innovación (2)
  • Colaboración con el Departamento de Actividades Extraescolares
  • Atención a la Plan Digital de Centro (sólo para Coordinadores de CCD)
  • Coordinación de Proyectos Europeos (máximo 3)
  • En FP, programación de módulos en modalidad dual, de SKILLS, y de puesta en marcha de proyectos de innovación autorizados, así como las aulas de emprendimiento.
  • Otras que pueden consultarse en las instrucciones o que el equipo directivo determine.

HORARIO COMPUTABLE MENSUALMENTE

- Para cumplir las 30 horas presenciales, cada horario debe incluir, fuera del cómputo semanal, 5 horas que resultan computables mensualmente. Según el artículo 73 de la Orden de 29 de junio de 1994, estas horas corresponden a:

  • Asistencia a reuniones de Claustro.
  • Asistencia a sesiones de evaluación.
  • Períodos de recreo de los alumnos.
  • Otras actividades complementarias y extraescolares.

3. REDUCCIONES HORARIAS A CONTEMPLAR

Según las Instrucciones de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa para el curso escolar 2023-2024, se contemplan las siguientes reducciones de horas lectivas:

- Mayores de 55 años (cumplidos a 31 de agosto de 2023). Podrán cambiar horas lectivas por complementarias y otras funciones especiales recogidas en las instrucciones, siempre que ello no suponga un incremento de la necesidad de recursos humanos asignados al centro.

- Entre 55 y 58 años: 2 horas lectivas

- Entre 59 y 64 años (si no han podido acogerse a la jubilación voluntaria): 3 horas lectivas

  • Están excluidos de esta reducción:
  • Los que ya dispongan de una reducción igual o mayor en su horario.
  • Los que ejerzan compatibilidad con otra actividad.
  • Los que están en Comisión de Servicios.
  • Los que impartan docencia a grupos con FCT.
  • Los miembros de equipos directivos.▪ Las personas de edad superior a 65 años que hayan decidido voluntariamente mantener su actividad laboral.

- Los miembros del equipo directivo y los titulares del equipo de orientación impartirán de 6 a 9 periodos lectivos semanales. Los miembros de la Jefatura de Estudio Adjunta de 9 a 12 periodos.

- Los asesores lingüísticos del Programa Educativo Bilingüe tendrán 10 periodos de función en el aula y 8 periodos de asesoramiento, planificación y elaboración de recursos.

- Los coordinadores/as de Competencia Digital tendrán reducción de 4 a 6 periodos lectivos en función del número de unidades del centro.

- Los coordinadores de biblioteca, de bienestar y de PROA+ tendrán reducción de 2 periodos lectivos.

- Los encargados de actividades deportivas, artísticas y culturales en horario extraordinario tendrán reducción de 1 periodo lectivo.

- Funcionarios y funcionarias con derecho a lactancia: 1 hora (lectiva o complementaria) al principio o al final de la jornada hasta que hijo/a tenga 12 meses. Estas horas pueden acumularse y sumarse al final de la licencia por maternidad.

4.PROTOCOLO EN CASO DE DISCONFORMIDAD CON EL HORARIO

1. Revisar el horario con la jefatura de estudios o con la dirección del centro, y consensuar los puntos en los hayan podido surgir discrepancias. Dialogar. Es importante comparar tu horario, con el de los demás miembros de tu departamento. El hecho de no firmar el horario no exime de la obligatoriedad de cumplirlo, siempre puedes reclamar a instancias superiores con posterioridad.

2. Si persiste el problema, contactar con el servicio de inspección asignado al centro y presentarle los puntos que consideremos anómalos. Una de las tareas de la inspección es el asesoramiento al profesorado.

EN CSIF ESTAREMOS A TU DISPOSICIÓN PARA ASESORARTE E INFORMARTE SOBRE LA NORMATIVA VIGENTE Y EL CAMINO A SEGUIR PARA GARANTIZAR SU RESPETO.

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