CSIF interpone un contencioso contra el modelo de priorización de plazas de Catedrático/a de la Universidad Autónoma de Barcelona

  • Prensa y Comunicación

11 de diciembre de 2025

 

• El acuerdo de la UAB altera un criterio objetivo como la antigüedad en la acreditación, introduciendo puntos de gestión y otros factores no previstos en el sistema de promoción en la función pública docente


• CSIF denuncia que el modelo contraviene los principios de legalidad, transparencia e igualdad de trato en los procesos de promoción en las Universidades Públicas

Barcelona, 10 de diciembre de 2025.— La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) en Cataluña ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra el modelo y los criterios de priorización de las plazas de Catedrático/a de Universidad (CU), así como de las Cátedras Contatadas (CC), aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) el pasado 25 de septiembre de 2025.

CSIF considera que el acuerdo impugnado vulnera la Ley Orgánica del Sistema Universitario y contraviene la normativa aplicable a los procesos de promoción profesional en el sector público, así como los propios Estatutos universitarios. En concreto, el sindicato denuncia que la UAB modifica la fecha efectiva de acreditación de las personas candidatas mediante la aplicación de los denominados puntos de gestión y otros factores no previstos en los sistemas de acceso y promoción de la función pública docente, vulnerando el principio de legalidad recogido en los artículos 23.2 y 103 de la Constitución Española.

El modelo aprobado indica inicialmente que “las plazas de CU y CC se priorizarán en una única lista atendiendo a la antigüedad en la obtención de la acreditación”. Sin embargo, añade posteriormente criterios que alteran dicha antigüedad, como la atribución de puntos de gestión, lo que —según CSIF— vulnera los principios básicos de igualdad, mérito y capacidad.

CSIF denuncia que el hecho de haber ejercido cargos de gestión pueda suponer ahora “ganar años de antigüedad”, cuando además dichos cargos son, en su mayoría, de libre designación. Esto introduce —según el sindicato— subjetividad, aleatoriedad y arbitrariedad en un proceso que, por ley, debe ser estrictamente objetivo y reglado.

El sindicato solicita la nulidad de la normativa, al considerar que distorsiona de forma deliberada un criterio objetivo, como es la antigüedad en la acreditación. A juicio de CSIF, esta modificación implica una discriminación indirecta hacia quienes, pese a haber obtenido la acreditación antes que otros aspirantes, no han ejercido cargos de gestión por no haber sido designados, quedando relegados en la lista de priorización frente a quienes sí contaban con la “confianza” del Rectorado.

Asimismo, CSIF critica la falta de transparencia en la publicación de las listas de priorización. Ni en la lista provisional del 17/11/2025 ni en la definitiva del 25/11/2025, la UAB especifica:

  • la fecha real de acreditación de cada una de las 113 personas candidatas,
  • el número de puntos de gestión asignados,
  • los cargos evaluados,
  • ni los periodos concretos que dan lugar a dichos puntos.

Una opacidad que, según el sindicato, es incompatible con cualquier proceso de promoción en el ámbito de las Universidades Públicas.

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