Premios de Bachillerato de Investigación/Excelencia 2025-26 en CyL. convocatoria. BOCYL 25/05/2026.

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25 de mayo de 2026

C. SUBVENCIONES: C.2. Convocatorias

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ORDEN EDU/463/2026, de 19 de mayo, por la que se convocan los «Premios de Bachillerato de Investigación/Excelencia» en la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso académico 2025-2026.

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

C. SUBVENCIONES

C.2. Convocatorias

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
 
 

ORDEN EDU/463/2026, de 19 de mayo, por la que se convocan los «Premios de Bachillerato de Investigación/Excelencia» en la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso académico 2025-2026.

La Orden EDU/277/2018, de 9 de marzo, (B.O.C. y L. n.º 55, de 19 de marzo), establece los «Premios de Bachillerato de Investigación/Excelencia» en la Comunidad de Castilla y León.

El artículo 5 de la citada orden dispone que estos premios serán convocados anualmente mediante orden de la consejería competente en materia de educación que será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones que confiere la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero. Objeto.

La presente orden tiene por objeto convocar los «Premios de Bachillerato de Investigación/Excelencia» en la Comunidad de Castilla y León, correspondientes al curso académico 2025-2026.

Segundo. Requisitos de los aspirantes.

Podrá optar a los premios el alumnado que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden EDU/277/2018, de 9 de marzo, por la que se establecen los «Premios de Bachillerato de Investigación/Excelencia» en la Comunidad de Castilla y León, debiendo tener en cuenta en relación con el requisito establecido en la letra b) del citado artículo que el segundo curso de bachillerato de investigación/excelencia ha de haberse finalizado en el curso académico 2025-2026.

Tercero. Premios.

De conformidad con el artículo 3 de la Orden EDU/277/2018, de 9 de marzo, los premios consistirán en la distinción que se hará constar, mediante diligencia, en el expediente y en el historial académico de bachillerato del alumno o alumna y darán derecho a la exención total de los precios por servicios académicos para el curso 2026-2027, en las universidades públicas de Castilla y León, en los términos que se establezcan en la normativa por la que se fijen los precios públicos por servicios académicos en estudios universitarios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y por servicios complementarios en las universidades públicas de Castilla y León para el curso académico 2026-2027.

Cuarto. Tramitación.

La tramitación para la concesión de los premios se realizará conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Orden EDU/277/2018, de 9 de marzo, teniendo en cuenta los siguientes plazos:

  • a) Una vez celebrada la sesión de evaluación final ordinaria de segundo curso de bachillerato, el plazo de presentación del anexo I de la citada orden finalizará el 3 de junio de 2026. La presentación deberá realizarse de forma electrónica, conforme al modelo por él establecido y disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://educa.jcyl.es).
  • Las calificaciones de los alumnos o alumnas se consignarán de conformidad a las actas de evaluación final ordinaria de segundo curso de bachillerato de investigación/excelencia.
  • b) Las direcciones provinciales de educación remitirán electrónicamente a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Equidad Educativa, antes del 11 de junio de 2026, la documentación proporcionada por los centros y el anexo II de la Orden EDU/277/2018, de 9 de marzo.

Quinto. Resolución.

1. Una vez aplicados los criterios de concesión recogidos en el artículo 4 y de conformidad con el artículo 5, puntos 4 y 5, ambos de la Orden EDU/277/2018, de 9 de marzo, la concesión de los premios se efectuará por orden del titular de la Consejería de Educación, a propuesta de la Directora General de Planificación, Ordenación y Equidad Educativa, que será publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León.

2. De conformidad con el artículo 5.7 de la Orden EDU/277/2018, de 9 de marzo, contra la orden de resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el titular de la Consejería de Educación, para lo que podrá utilizar el modelo disponible en el enlace: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/11/1285028494439/Tramite o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala del mismo nombre del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Sexto. Desarrollo.

Se faculta a la Directora General de Planificación, Ordenación y Equidad Educativa a dictar cuantas resoluciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en esta orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería de Educación en el plazo de un mes conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo que podrá utilizar el modelo disponible en el enlace: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/11/1285028494439/Tramite, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 19 de mayo de 2026.

El Titular de la Consejería de Educación,(P.S. Acuerdo 4/2026, de 13 de abril,del Presidente de la Junta de Castilla y León)La Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades,

Fdo.: María Isabel Blanco Llamas

 

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