Concurso de Traslados. Curso 2025/2026. PES y O.C. Adjudicación definitiva de destinos.

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8 de mayo de 2026

RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se publica la parte dispositiva de la Orden de 6 de mayo de 2026, de la Consejería de Educación, por la que se adjudican con carácter definitivo los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito autonómico entre el personal funcionario de carrera y en prácticas perteneciente a los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional a extinguir, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos y profesores de música y artes escénicas, catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño, maestros de taller de artes plásticas y diseño e inspectores de educación, convocado, en el curso 2025/2026, por la Orden EDU/1197/2025, de 22 de octubre, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León.

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

B. AUTORIDADES Y PERSONAL

B.1. Nombramientos, Situaciones e Incidencias

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
 
 

RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se publica la parte dispositiva de la Orden de 6 de mayo de 2026, de la Consejería de Educación, por la que se adjudican con carácter definitivo los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito autonómico entre el personal funcionario de carrera y en prácticas perteneciente a los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional a extinguir, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos y profesores de música y artes escénicas, catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño, maestros de taller de artes plásticas y diseño e inspectores de educación, convocado, en el curso 2025/2026, por la Orden EDU/1197/2025, de 22 de octubre, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León.

Mediante Orden de 6 de mayo de 2026, de la Consejería de Educación se adjudican con carácter definitivo los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito autonómico entre el personal funcionario de carrera y en prácticas perteneciente a los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional a extinguir, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos y profesores de música y artes escénicas, catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño, maestros de taller de artes plásticas y diseño e inspectores de educación, convocado, en el curso 2025/2026, por la Orden EDU/1197/2025, de 22 de octubre, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León.

Por lo expuesto,

RESUELVO

Hacer pública la parte dispositiva de la Orden 6 de mayo de 2026, de la Consejería de Educación, por la que se adjudican con carácter definitivo los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito autonómico entre el personal funcionario de carrera y en prácticas perteneciente a los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional a extinguir, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos y profesores de música y artes escénicas, catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño, maestros de taller de artes plásticas y diseño e inspectores de educación, convocado, en el curso 2025/2026, por la Orden EDU/1197/2025, de 22 de octubre, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Primero.– Adjudicación definitiva de destinos.

Se adjudican con carácter definitivo, los destinos correspondientes al concurso de traslados de ámbito autonómico, entre el personal funcionario perteneciente a los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional a extinguir, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos y profesores de música y artes escénicas, catedráticos y profesores de artes plásticas y diseño, maestros de taller de artes plásticas y diseño e inspectores de educación, para la provisión de plazas en la Comunidad de Castilla y León, convocado, en el curso 2025/2026, por la Orden EDU/1197/2025, de 22 de octubre, en los siguientes términos:

  • a) En el anexo I se exponen las adjudicaciones definitivas de las personas participantes, ordenadas por cuerpos y especialidades y dentro de ellos por puntuación, de mayor a menor, a las que se les ha concedido destino.
  • b) En el anexo II se expone el listado alfabético general de las personas participantes con las puntuaciones obtenidas y el destino concedido o denegado.

Segundo.– Alegaciones, desistimientos y modificaciones de oficio.

Las alegaciones presentadas contra la adjudicación provisional, los desistimientos y las modificaciones de oficio quedan resueltas en los términos comprendidos en los siguientes anexos:

  • a) El anexo III contiene las alegaciones estimadas, las alegaciones desestimadas, con indicación de la causa de su desestimación, y las modificaciones efectuadas de oficio, con indicación de su causa.
  • b) El anexo IV contiene la relación de las personas participantes que han presentado escrito de desistimiento indicando si ha sido o no aceptado, así como la causa de su no aceptación.

Los desistimientos aceptados supondrán dar por concluso el procedimiento respecto de los mismos.

Tercero.– Toma de posesión y cese.

1. De conformidad con el apartado vigesimotercero.2 de la Orden EDU/1197/2025, de 22 de octubre, las plazas adjudicadas por esta orden son irrenunciables.

No obstante y de acuerdo con lo establecido en el citado apartado, en el caso de participar simultáneamente por el mismo o diferentes cuerpos docentes no universitarios en este concurso y en otros convocados, en el curso escolar 2025/2026, por esta u otras administraciones educativas y obtener más de un destino definitivo, entre ellos en la Comunidad de Castilla y León, se deberá optar por un único destino en los cinco días hábiles siguientes a la publicación definitiva del último destino obtenido, mediante escrito dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos, que se presentará en los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

De no realizarse dicha opción en el plazo indicado, se deberá tomar posesión en la plaza obtenida correspondiente al cuerpo desde el que se ha participado en situación de servicio activo o, en su defecto, en la del último cuerpo y administración educativa en el que estuvo en esa situación y, en el caso de obtener destino asimismo en otra administración se entenderá que renuncia al destino obtenido en la Comunidad de Castilla y León.

Las plazas no adjudicadas tendrán la consideración de vacantes desiertas y serán ofertadas al personal funcionario de carrera o en prácticas o, en su caso, interino por los diferentes medios de provisión de puestos que se establezcan.

2. De conformidad con el apartado vigesimocuarto de la Orden EDU/1197/2025, de 22 de octubre, la toma de posesión del nuevo destino tendrá lugar el 1 de septiembre del 2026, y se cesará en el de procedencia el 31 de agosto de 2026.

No obstante, quienes hayan obtenido destino deberán permanecer en su centro de origen, cuando así se establezca por la dirección provincial de educación desde la que participaban, hasta que concluyan las actividades imprescindibles previstas para la finalización del presente curso escolar 2025/2026.

Cuarto.– Anulación de destinos.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado vigesimosexto de la Orden EDU/1197/2025, de 22 de octubre, podrá ser anulado el destino obtenido por cualquier participante que no se haya ajustado a las normas de la convocatoria o no coincida con las características declaradas en su solicitud y la documentación correspondiente.

Asimismo, en el supuesto de que se provean vacantes o resultas inexistentes o si como consecuencia de la estimación de recursos en vía administrativa o contencioso-administrativa se anulasen las adjudicaciones de puestos, los afectados que hayan concursado voluntariamente participarán en los próximos concursos como obligatorios en la modalidad de cumplimiento de sentencia o resolución de recurso, teniendo derecho preferente a la localidad de su destino de origen desde el que concursaron o, de haber tenido derecho a la obtención de otro destino definitivo, de la que le hubiese correspondido, conforme dispone el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.

En los casos de estar afectados quienes hayan participado de forma obligatoria deberán asimismo participar en los próximos concursos como obligatorios, pudiendo tener derecho preferente a la localidad del destino al que, en su caso, hubieran tenido derecho.

Quinto.– Adjudicación de destinos provisionales.

1. Mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos se declarará en situación de expectativa de destino en la correspondiente provincia a las personas que, habiendo participado con carácter obligatorio, no hayan obtenido destino definitivo.

La citada resolución se publicará en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad, en la misma fecha, en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es), en el plazo máximo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la presente orden.

2. Quienes sean declarados en situación de expectativa de destino deberán participar en el proceso de adjudicación informatizada de destinos provisionales para el curso 2026/2027, que se convocará mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos a la finalización del presente curso. En caso de no realizar petición de puestos o haciéndolo no consignen suficientes peticiones, se les adjudicará destino de oficio en centros ubicados en la provincia en la que hayan quedado pendientes de destino provisional.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición, ante el titular de la Consejería de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.»

Valladolid, 6 de mayo de 2026.

La Directora General de Recursos Humanos,

Fdo.: Teresa Barroso Botrán

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2025/2026

MAESTROS 2025-26

PES Y O.C. 2025-26

RESUMEN DE LAS ADJUDICACIONES DEFINITIVAS
ADJUDICACIÓN DEFINITIVA ADJUDICACIÓN DEFINITIVA
VACANTES DEFINITIVAS VACANTES DEFINITIVAS
ADJUDICACIÓN PROVISIONAL ADJUDICACIÓN PROVISIONAL
LISTADO DEFINITIVO DE PARTICIPANTES LISTADO DEFINITIVO DE PARTICIPANTES
VACANTES PROVISIONALES VACANTES PROVISIONALES
LISTADO PROVISIONAL DE PARTICIPANTES    LISTADO PROVISIONAL DE PARTICIPANTES
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