Adquisición de la condición de desplazados. Curso 2025/2026. Convocatoria.

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28 de mayo de 2025


CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca, para el curso escolar 2025/2026, el procedimiento específico para la adquisición de la condición de personal desplazado regulado en la Orden EDU/454/2012, de 19 de junio, por la que se establecen los criterios aplicables a los funcionarios de carrera de determinados cuerpos en los que se ordena la función pública docente, afectados por los procesos de redistribución o recolocación de efectivos en los centros docentes públicos dependientes de la consejería competente en materia de educación de la Comunidad de Castilla y León.

 

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

B. AUTORIDADES Y PERSONAL

B.2. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, por la que se convoca, para el curso escolar 2025/2026, el procedimiento específico para la adquisición de la condición de personal desplazado regulado en la Orden EDU/454/2012, de 19 de junio, por la que se establecen los criterios aplicables a los funcionarios de carrera de determinados cuerpos en los que se ordena la función pública docente, afectados por los procesos de redistribución o recolocación de efectivos en los centros docentes públicos dependientes de la consejería competente en materia de educación de la Comunidad de Castilla y León.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, contempla en el apartado 4 de la disposición adicional sexta, la posibilidad de que las diferentes Administraciones educativas puedan realizar, en cualquier momento, procesos de redistribución o de recolocación de sus efectivos.

Mediante la Orden EDU/454/2012, de 19 de junio, se establecen los criterios aplicables a los funcionarios de carrera de determinados cuerpos en los que se ordena la función pública docente, afectados por los procesos de redistribución o recolocación de efectivos en los centros docentes públicos dependientes de la consejería competente en materia de educación de la Comunidad de Castilla y León.

La disposición final primera de la citada orden establece que anualmente y antes del comienzo de cada curso escolar, la dirección general competente en materia de recursos humanos de la consejería competente en materia de educación determinará el procedimiento específico para la aplicación de lo establecido en esta orden, y la disposición final segunda faculta al titular de esa dirección general para dictar cuantas resoluciones e instrucciones fueran precisas en su aplicación y desarrollo.

Por otra parte, en la presente convocatoria se ha tenido en cuenta la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, tras la modificación efectuada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, en la que se declara a extinguir el cuerpo de profesores técnicos de formación profesional, así como la Ley orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional, en la que se crea el cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de la formación profesional.

De acuerdo con lo expuesto anteriormente y en función de las atribuciones conferidas en el artículo 9 del Decreto 14/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación,

RESUELVO

Primero.– Objeto.

1. La presente resolución tiene por objeto convocar, para el curso 2025/2026, el procedimiento específico para la adquisición de la condición de personal desplazado regulado en la Orden EDU/454/2012, de 19 de junio, por la que se establecen los criterios aplicables a los funcionarios de carrera de determinados cuerpos en los que se ordena la función pública docente, afectados por los procesos de redistribución o recolocación de efectivos en los centros docentes públicos dependientes de la consejería competente en materia de educación de la Comunidad de Castilla y León.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 1.2 de la Orden EDU/454/2012, de 19 de junio, los procesos de redistribución o recolocación de efectivos en los centros docentes públicos serán motivados por los siguientes cambios derivados de la planificación educativa:

  • a) Desglose, desdoblamiento, fusión, transformación, integración o supresión de un centro.
  • b) Traslado o supresión de enseñanzas que no fuesen sustituidas por otras equivalentes.
  • c) Amortización de plazas desempeñadas con carácter definitivo, siempre que implique desplazamiento.
  • d) Reducción horaria de la correspondiente especialidad, de más del 50 por ciento del horario lectivo conforme a la normativa vigente.

Segundo.– Ámbito subjetivo.

La presente resolución se aplicará al personal funcionario de carrera de los siguientes cuerpos docentes que encontrándose en servicio activo posea destino definitivo o que no encontrándose en servicio activo tenga derecho a la reserva de destino definitivo, en ambos casos, en alguno de los centros públicos docentes dependientes de la Consejería de Educación de la Comunidad de Castilla y León:

  • a) Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria.
  • b) Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
  • c) Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional (cuerpo a extinguir).
  • d) Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
  • e) Cuerpo de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas.
  • f) Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
  • g) Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
  • h) Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.
  • i) Cuerpo de Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño.
  • j) Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
  • k) Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
  • l) Cuerpo de Maestros que imparten docencia en Educación Secundaria Obligatoria.

Tercero.– Inicio del procedimiento en los centros educativos.

1. La dirección provincial de educación comunicará a los centros de su provincia la plantilla funcional del personal docente para su funcionamiento durante el curso 2025/2026.

2. El director o la directora del centro convocará a la comisión de coordinación pedagógica y comunicará la plantilla funcional asignada. Asimismo, el jefe o la jefa de estudios informará del número de grupos previstos para el próximo curso escolar y la asignación horaria por departamentos.

Cuarto.– Tramitación de la propuesta del centro educativo.

1. Los jefes o las jefas de los departamentos afectados por los cambios de la planificación educativa convocarán a una reunión, antes del 27 de junio de 2025, a todo el personal docente con destino definitivo, incluyendo al que por cualquier motivo no esté ocupando un puesto docente en dicho centro en el presente curso 2024/2025.

En dicha reunión se estudiará la asignación horaria del departamento y se levantará acta, que será entregada al jefe o a la jefa de estudios. Esta incluirá qué posibles materias asumen, y/o la propuesta de qué profesorado, en su caso, debe ser desplazado. Para realizar dicha propuesta se seguirán los criterios que establece el artículo 4 de la Orden EDU/454/2012 de 19 de junio, así como lo dispuesto en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria, teniendo en cuenta las modificaciones del mismo efectuadas por el Real Decreto 665/2015, de 17 de julio, el Real Decreto 800/2022, de 4 de octubre y el Real Decreto 286/2023, de 18 de abril.

En caso de desacuerdo y oídos los departamentos afectados, resolverá la situación el director o la directora del centro teniendo en cuenta la normativa vigente y notificará al profesorado afectado su propuesta de resolución.

2. La propuesta de resolución será remitida por el director o la directora del centro a la dirección provincial de educación correspondiente para su resolución y a los efectos de su inclusión como profesorado desplazado en el correspondiente grupo de participación en el proceso de adjudicación informatizada de destinos provisionales para el curso 2025/2026, que se convocará mediante resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, en la que se establecerán las prioridades de adjudicación para este grupo, así como la posibilidad de confirmación del destino actual en su caso.

Quinto. Resolución del procedimiento.

Las resoluciones serán dictadas por las personas titulares de las direcciones provinciales de educación, por delegación de la Directora General de Recursos Humanos efectuada mediante Resolución de 4 de julio de 2012, y serán publicadas en los tablones de anuncios de las direcciones provinciales de educación, siendo objeto de publicidad en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (https://www.educa.jcyl.es/es) en las mismas fechas.

Contra estas resoluciones, que pondrán fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Directora General de Recursos Humanos en el plazo de un mes, o bien directamente recursos contencioso-administrativos ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo nombre de Valladolid, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de conformidad con los artículos 8.2, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Con carácter previo y potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante la Directora General de Recursos Humanos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 20 de mayo de 2025.

La Directora Generalde Recursos Humanos,

Fdo.: Teresa Barroso Botrán

 

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