ACUERDO 157/2022, de 28 de julio por el que se crean, modifican y suprimen centros públicos educativos. BOCYL 01/08/2022.

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1 de agosto de 2022


CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ACUERDO 157/2022, de 28 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se crean, modifican y suprimen centros públicos educativos.


 

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

D. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ACUERDO 157/2022, de 28 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se crean, modifican y suprimen centros públicos educativos.

La planificación general en materia de enseñanza no universitaria y la previsión de necesidades para el próximo curso escolar, junto con la exigencia de racionalizar el uso de los recursos públicos, conjugando los objetivos de mejorar la calidad y eficiencia del sistema educativo, obligan a la toma de decisiones que afectan a los centros públicos educativos y que se materializan en el presente acuerdo.

En el ámbito de la educación infantil y primaria, el análisis de los datos de escolarización, así como la previsión de necesidades para el próximo curso escolar, requiere la reorganización de determinados centros públicos existentes en la provincia de Valladolid, con el objeto de lograr el mejor aprovechamiento y la eficacia en el uso de los recursos disponibles. Por otro lado, el descenso de natalidad que se produce en ciertas localidades de nuestro medio rural y que conlleva un descenso en la demanda de puestos escolares, hace necesaria la supresión de varios centros en la provincia de León.

Respecto a la educación secundaria, el incremento de la demanda de enseñanzas de educación secundaria postobligatoria y de formación profesional en los municipios de Ólvega (Soria) y Benavente (Zamora), justifican la creación de Institutos de educación secundaria por transformación de los Institutos de educación secundaria obligatoria existentes en dichas localidades. Por otro lado, con la finalidad de atender las necesidades del alumnado cuya asistencia diaria no es posible por razón de la distancia al domicilio, se crea una residencia en el municipio de Ágreda (Soria), por transformación de la Escuela Hogar de la misma localidad.

En el ámbito de la formación profesional, la creación de un nuevo Centro integrado de formación profesional en la provincia de Ávila, responde al esfuerzo por mejorar el ritmo de la implantación de los ciclos de formación profesional inicial y facilitar su impartición, unido al de completar las enseñanzas propias de formación profesional con la oferta de certificados de profesionalidad que faciliten el acceso al mercado de trabajo, las acciones de inserción y reinserción laboral de los trabajadores y las de formación permanente dirigidas a la población trabajadora ocupada.

El artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece que la creación y supresión de centros públicos se efectuará por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Educación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 28 de julio de 2022, adopta el siguiente

ACUERDO:

Primero.– Centros de educación infantil y primaria.

1. Se modifica el Colegio de educación infantil y primaria «Arroyo» (código: 47002369) de San Miguel del Arroyo (Valladolid), que adquiere la condición de Colegio rural agrupado, manteniendo el mismo código y denominación específica, y se integran en él los siguientes Colegios de educación infantil y primaria: «San Roque» (código: 47000798) de Cogeces de Íscar (Valladolid), «El Prado» (47001511) de Megeces (Valladolid) y «de Viloria del Henar» (47005085) de Viloria (Valladolid).

2. Se suprimen los siguientes centros de educación infantil y primaria:

  • a) El Colegio de educación infantil y primaria «Luis del Olmo» (código: 24008253) de Ponferrada (León).
  • b) La Escuela Hogar «Las Encinas» (código: 24016596) de Ponferrada (León).

Segundo.– Institutos de educación secundaria.

Se crean por transformación, los siguientes Institutos de educación secundaria:

  • a) El Instituto de Educación Secundaria «Villa del Moncayo» (código: 42004029) de Ólvega (Soria), por transformación del Instituto de Educación Secundaria Obligatoria, manteniendo el mismo código y denominación específica.
  • b) El Instituto de Educación Secundaria «Los Salados» (código: 49007619) de Benavente (Zamora), por transformación del Instituto de Educación Secundaria Obligatoria, manteniendo el mismo código y denominación específica.

Tercero.– Residencia de educación secundaria.

Se crea la Residencia dependiente del Instituto de Educación Secundaria «Margarita de Fuenmayor» (código: 42003670) de Ágreda (Soria), por transformación de la Escuela Hogar «García Royo» (código: 42000073) de Ágreda (Soria).

Cuarto.– Centro integrado de formación profesional.

Se crea el Centro integrado de formación profesional de Arenas de San Pedro (Ávila) (código: 05009923), por desdoblamiento del Instituto de Educación Secundaria de Arenas de San Pedro (Ávila) (código: 05009871) de la misma localidad.

Quinto.– Cese de los centros suprimidos y finalización del mandato de sus actuales órganos de gobierno.

1. Los centros públicos suprimidos, en virtud de lo establecido en el presente acuerdo, causarán baja en el Registro de centros docentes de la Comunidad de Castilla y León al término de este curso 2021/2022.

2. Con esta misma fecha finalizará el mandato de sus actuales órganos de gobierno.

Sexto.– Nombramiento de director y constitución del consejo escolar.

1. En los centros públicos creados en virtud del presente acuerdo, el nombramiento del director se efectuará de acuerdo con lo establecido en el artículo 137 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2. La constitución del consejo escolar en dichos centros, se realizará una vez se haya desarrollado el procedimiento de elección de los representantes de los distintos sectores de la respectiva comunidad educativa, de acuerdo con la normativa vigente.

Séptimo.– Jefe de residencia.

En la residencia creada en virtud del presente acuerdo, el nombramiento del jefe de residencia se efectuará de acuerdo con lo establecido en el artículo 60, en relación con el artículo 32, del Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de educación secundaria.

Octavo.– Desarrollo.

Se faculta a la Consejera de Educación para adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Junta de Castilla y León, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 28 de julio de 2022.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco

La Consejera de Educación,

Fdo.: Rocío Lucas Navas

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