La Justicia protege la conciliación de los trabajadores del Ayuntamiento de Bargas tras una demanda de CSIF
11 de mayo de 2026
-El Consistorio toledano limitó los permisos y licencias y la compensación de horas extra de la plantilla mediante una circular ilegal que contravenía el propio convenio colectivo
La Plaza nº2 de la Sala de lo Social del Tribunal de Instancia de Toledo ha logrado una sentencia contundente a favor de los trabajadores del Ayuntamiento de Bargas tras estimar la demanda de conflicto colectivo presentada por CSIF contra el Consistorio toledano.
La resolución judicial, de 10 de abril de 2026, anula la circular de 1 de enero de 2024 por la que el Consistorio pretendía regular de forma unilateral el disfrute de horas extraordinarias y licencias, vulnerando así derechos fundamentales de la plantilla recogidos en el convenio colectivo (artículos 27.3 y 46.1.2).
La normativa del personal laboral señalaba que el Ayuntamiento debía comunicar la concesión o denegación de permisos y licencias con 24 horas de antelación (con silencio positivo si no hay respuesta), pero la circular pretendía imponer un sistema de fiscalización previa que dilataba la respuesta hasta los dos meses.
El fallo subraya que aplicar un plazo tan extenso “deja sin contenido” el derecho de los trabajadores a conciliar su vida familiar y laboral, puesto que la administración debe notificar su decisión a la mayor brevedad posible.
Asimismo, la circular fijaba en dos meses el plazo para compensar en tiempo libre las horas extraordinarias, por debajo del máximo legal de cuatro meses establecido en el Estatuto de los Trabajadores y el propio convenio.
CSIF censura la actitud del Ayuntamiento de Bargas al denegar derechos ya reconocidos que permiten conciliar la vida laboral y familiar sin depender de una fiscalización de dos meses para un simple permiso y celebra una sentencia que restablece las garantías del convenio colectivo.