"Adelanta tus trienios y sexenios: revisa tu hoja de servicios y recupera tu dinero"
11 de diciembre de 2025
En los últimos días, la Administración ha procedido por fin a actualizar la hoja de servicios de miles de docentes, incorporando como tiempo efectivamente trabajado los periodos de vacaciones retribuidas y no disfrutadas tras sustituciones. Hasta ahora, esos días se abonaban económicamente, pero no se reconocían como servicios prestados, generando un agravio que durante años ha afectado al personal interino.
La inclusión de estos periodos en la hoja de servicios supone un avance importante, pero también revela una nueva carencia: la falta de regularización del devengo de trienios y sexenios. Aunque los servicios ya aparecen registrados, en muchos casos no se ha actualizado la fecha real de antigüedad ni se han abonado las diferencias retributivas que se derivan del adelanto de dichos complementos.
Esta situación afecta directamente a la carrera profesional del personal docente:
- Retrasa indebidamente el reconocimiento de antigüedad.
- Genera pérdidas económicas acumuladas.
- Distorsiona la igualdad de trato entre profesionales con trayectorias similares.
Por ello, resulta imprescindible que cada docente revise su hoja de servicios y solicite la regularización correspondiente, ya que la normativa permite reclamar hasta cuatro años de cantidades no percibidas. No hacerlo supondría renunciar a derechos económicos y profesionales derivados de tiempo trabajado y ya reconocido administrativamente.
Ejemplo práctico
Un docente tenía reconocidos inicialmente:
- Primer trienio: 1 de octubre de 2023
- Segundo trienio y primer sexenio: 1 de octubre de 2026
Tras incluirse cuatro meses adicionales de servicios previamente no computados, las fechas reales pasan a ser:
- Primer trienio: 1 de junio de 2023
- Segundo trienio y primer sexenio: 1 de junio de 2026
Este adelanto genera diferencias retributivas que deben ser abonadas, incluidas las partes proporcionales de pagas extraordinarias.
Un llamamiento necesario
La actualización de la hoja de servicios es un paso obligado, pero insuficiente mientras no se regularice el devengo de antigüedad y no se abonen las cantidades atrasadas. Quienes han trabajado esos días tienen derecho a que su trayectoria se compute en su totalidad y a que se les retribuya conforme a la realidad de los servicios prestados.
Reclamar no es una opción: es la vía para garantizar que la Administración cumpla con su obligación de reconocer y retribuir adecuadamente el trabajo realizado.